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Actualizado:La jueza del Tribunal Supremo, Ana Ferrer, ha propuesto este jueves juzgar al senador del PP, José Manuel Baltar, por un delito contra la seguridad vial. Baltar habría conducido su vehículo, presuntamente, a 215 kilómetros por hora en la autovía A-52 al volante de un coche de la Diputación de Ourense, en un tramo en el que la velocidad máxima era 120 kilómetros por hora.
La magistrada sostiene que, aún aplicando el margen de error del 5% que establece la normativa sobre control metrológico del Estado, el resultado arrojado es de 204 kilómetros por hora, lo que sigue estando por encima de la velocidad máxima permitida en ese tramo de la autovía.
La magistrada adopta esta decisión después de que Baltar compareciera voluntariamente ante el Supremo el pasado 19 de diciembre para negar que condujera a esa velocidad. "No existió en ningún momento una velocidad superior a 200 kilómetros por hora", alegó su letrado, Ramón Montero, en declaraciones a la prensa.
En un auto, la instructora ha trasladado las actuaciones al Ministerio Fiscal para que, en el plazo de diez días, esta institución solicite la apertura del juicio oral, formulando escrito de acusación o el archivo de la causa.
Ferrer ha concluido que los hechos podrían ser constitutivos de un delito contra la seguridad vial, que el Código Penal castiga con pena de prisión de tres a seis meses, con la de multa de seis a 12 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días. En cualquier caso, ha señalado, si fuese condenado se le quitaría el carnet de conducir de uno a cuatro años.
Antes de que el caso llegara al Supremo, el Ministerio Fiscal ya había presentado ante los juzgados de Galicia un escrito de acusación contra Baltar, considerándolo autor de un delito contra la seguridad vial. La Fiscalía pidió una pena de seis meses de multa a razón de cuota diaria de diez euros, lo que se traduciría en unos 1.800 euros. El Ministerio Público también reclamó un año y un día de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores para el dirigente del PP.
Posteriormente, el juzgado de instrucción acordó la apertura del juicio oral contra Baltar por hechos supuestamente constitutivos de un delito de conducción de velocidad. Pero, una vez acreditada la condición de senador designado por el Parlamento de Galicia, se inhibió y envió las actuaciones al Supremo.
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