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La exministra González Laya dice al juez que Ghali entró en España "de acuerdo con la ley"

La exministra de Asuntos Exteriores afirma que quiere que la instrucción se desarrolle con "transparencia" y ha insistido en que "todo se ha hecho conforme a la ley".

La exministra de Exteriores, Arancha González Laya (c) a su llegada al juzgado de Instrucción número 7 de Zaragoza este lunes 4 de octubre de 2021.
La exministra de Exteriores, Arancha González Laya (c) a su llegada al juzgado de Instrucción número 7 de Zaragoza este lunes 4 de octubre de 2021. Toni Galán / EFE

Fue el Gobierno de Argelia el que pidió al español ayuda para tratar al líder del Frente Polisario, Brahim Ghali, la pasada primavera, en una solicitud a la que, al tener su origen en "motivos humanitarios", el ejecutivo "no podía negarse", según declaró este lunes la exministra de Asuntos Exteriores, Arantxa González Laya, en su interrogatorio como imputada ante el magistrado del Juzgado de Instrucción número 7 de Zaragoza, Rafael Lasala.

"Todo se ha hecho conforme a la ley", afirmó tras salir de la declaración, que aseguró haber realizado con "mucha tranquilidad". "Hemos aportado todas las explicaciones y pruebas", dijo, antes de añadir que "espero que el juez llegue a la misma conclusión" y de mostrar su confianza en que este "tome una decisión pronto" en la dirección del sobreseimiento de la causa.

El magistrado investiga, en un asunto en el que también está encartado Camilo Villarino, su jefe de gabinete cuando tuvieron lugar el viaje y el ingreso de Ghali en un hospital de Logroño, si algún miembro de la Administración pudo cometer un delito de prevaricación o de encubrimiento, además de otro de falsedad documental que, en todo caso, sería ajeno al traslado ya que se habría producido al ingresar el saharaui en el centro sanitario bajo una identidad que no se correspondía con la suya.

La filtración de la presencia de Ghali en España, a donde llegó en estado grave tras haberse contagiado de la covid, provocó una crisis diplomática con Marruecos en la que se enmarca la entrada de cerca de 10.000 de niños marroquíes en Ceuta a mediados de mayo.

Un acuerdo de secreto no publicado pero sí transcrito

Durante un interrogatorio que se prolongó cerca de una hora, y en el que contestó a las preguntas del juez, el fiscal y la abogada del Estado pero no a las de las acusaciones, González Laya admitió que conocía la identidad de las personas que estaban siendo trasladadas (Ghali y uno de sus hijos) y explicó que no se les solicitó ningún tipo de documentación ni, en consecuencia, se investigó si pesaba sobre ellos alguna reclamación judicial o policial.

Sin embargo, eludió ofrecer detalles acerca de las identidades de quien formuló la petición desde Argelia y de quienes fueron tomando las decisiones en España alegando que la confidencialidad de esos datos está protegida por la Ley de Secretos Oficiales, una norma franquista con un retoque preconstitucional cuya reforma sigue atascada, y por un acuerdo del Consejo de Ministros de octubre de 2010 sobre la confidencialidad de algunas materias diplomáticas que nunca llegó a ser publicado

Fuentes judiciales ponen en duda la vigencia de una norma que nunca ha sido publicada

Fuentes judiciales ponen en duda la vigencia de una norma que nunca ha sido publicada, aunque lo cierto es que han apelado a ella para negarse a dar información los gobiernos tanto de José Luis Rodríguez Zapatero como de Mariano Rajoy y Pedro Sánchez.

Ese acuerdo, según la transcripción difundida hace unos años por el parlamentario del PNV Iñaki Anasagasti, declara secreta la información relativa a "contactos de mediación o buenos oficios [...] con terceros países y con grupos y líderes de oposición" y la relacionada con la "protección de Derechos Humanos", algo que supone un claro escollo para la viabilidad de las pesquisas.

Los pasaportes y las nacionalidades

El caso Ghali, según explicaron fuentes judiciales, se centra en dos ejes: la presunta prevaricación tiene que ver con el cumplimiento de las normas sobre control de pasaportes, mientras que el encubrimiento se vincula al hecho de que si pesaba o no sobre Ghali una requisitoria policial o judicial.

En el primer caso resulta clave el hecho de que Ghali tenga la nacionalidad española, tal y como ha certificado el Cuerpo Nacional de Policía, con lo que su llegada a España pasaría a ser la repatriación de un español enfermo: habría necesitado pasaporte para salir de Argelia pero no para entrar en España.

No ocurre lo mismo con su hijo, aunque la denuncia no se centraba en la situación documental de este, que en todo caso supondría una infracción administrativa de la Ley de Extranjería, sino en el traslado de su padre.

¿Había alguna requisitoria contra Brahim Ghali?

El segundo fleco resulta más enrevesado. Cuando Ghali llegó a España tenía abiertas dos causas en la Audiencia Nacional, aunque no está tan claro que estuviera "reclamado internacionalmente  por causas criminales" o que su presencia en España supusiera "un peligro para (…) la seguridad nacional o las relaciones internacionales de España o de otros Estados con los que España tenga un convenio en tal sentido", mientras queda descartado que tuviera "prohibida la entrada de forma expresa por actividades contrarias a los intereses de España o a los derechos humanos o por su notoria conexión con organizaciones delictivas", motivos por los que Exteriores deniega la entrada a ciudadanos de otros países.

De hecho, el juez ha pedido al Ministerio del Interior que le aclare si alguno de los 26 países que conforman el espacio Schengen había lanzado alguna alerta para detener al líder de Polisario, para llevarlo ante un tribunal o para comunicarle alguna resolución judicial.

Otro aspecto de compleja resolución jurídica se deriva de la consistencia de las causas. Estaban abiertas, aunque una de ellas ha sido ya archivada por la inconsistencia de los cargos y de los supuestos vínculos de Ghali con los mismos mientras que en la segunda el supuesto torturado a manos del Polisario niega haberlo sido.

De hecho, el propio juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz rechazó decretar medidas cautelares sobre el líder del Frente Polisario tras interrogarlo este verano.

Más declaraciones y una petición de 'desimputación'

La instrucción del caso, que incluyó este martes la declaración como testigo de José María Muriel Palomino, secretario general técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores cuando se produjo el traslado de Ghali, seguirá el próximo 18 de octubre con al testimonio, en este caso por videoconferencia, de la directora general de la Fábrica Nacional de Moneda, María Isabel Valldecabres, y de la jefa de gabinete del Ministro de Interior, Susana Crisóstomo

Para más adelante está prevista la comparecencia, también como testigo, de la responsable del gabinete de la entonces vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo.

El juez tiene sobre la mesa una petición de la Abogacía del Estado para ‘desimputar’ a Villarino, una decisión que tanto la Fiscalía como el juez podrían ver precipitada ya que lo habitual es, salvo en episodios como el de Cristina Borbón en el ‘caso Noos’ y pocos más, que la formulación de cargos y la propuesta de exoneraciones se haga en los escritos de conclusiones provisionales con los que se cierra la instrucción de las diligencias.

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