España podría pagar hasta 300 millones de euros de multa a la UE por el plan de Moreno Bonilla en Doñana
Una estimación de técnicos del Parlamento Europeo de IU basada en las reglas publicadas en el DOUE y en el BOE para el cálculo de las sanciones da una horquilla de entre 16 millones y más de 300. En 2014, el Estado ya recibió una multa de 30 millones por no cumplir una sentencia del TJUE.
Sevilla--Actualizado a
Una estimación de técnicos del Parlamento Europeo de IU basada en las reglas publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) y en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para el cálculo de las sanciones que puede pedir la Comisión Europea ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por incumplimiento de sentencias da una horquilla de entre 16 millones de euros y más de 300 si los comisarios llevaran el caso de Doñana y el deterioro de sus acuíferos hoy a la justicia. El tribunal debe valorar las pruebas que se le presenten y es libre de decidir si es necesaria una multa o no y el importe final de la sanción, que cobraría la UE, independientemente de lo que le reclame la Comisión.
El TJUE condenó a España en junio de 2021 por no cuidar de manera suficiente el acuífero de Doñana. Y ahora, tras la presentación de una proposición de ley de PP y Vox en el Parlamento de Andalucía que aumentará, de aprobarse como está hoy, el volumen de suelos agrícolas regables en el entorno del Parque Nacional, en un contexto de escasez y de sequía, ha generado una inmensa duda en las instituciones europeas sobre el compromiso del Estado con el cumplimiento de esa sentencia. No sería la primera vez que España incumple un fallo del tribunal europeo y recibe por ello una sanción. Ya fue condenada, por ejemplo, hace nueve años, en 2014, a pagar 30 millones de euros por no adoptar dentro del plazo previsto todas las medidas destinadas a recuperar ayudas de Estado en el País Vasco.
En la carta que la directora general de Medio Ambiente de la Comisión Europea, Florika Fink-Hooijer, envió hace unas semanas al embajador español ante la UE, Marcos Alonso Alonso, decía textualmente: "La Comisión ha tenido conocimiento de que el pasado 3 de marzo de 2023 se presentó ante el Parlamento de Andalucía una nueva proposición de ley [planteada por el PP de Juan Manuel Moreno Bonilla de la mano de Vox], para ser tramitada por el procedimiento de urgencia, que pretende la regularización de cultivos de regadío ilegales en el entorno de Doñana. En mi anterior carta de 31 de enero de 2022 ya le transmití la inquietud y estupefacción de la Comisión por el riesgo que una propuesta similar planteaba para la ejecución de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 24 de junio de 2021".
El TJUE condenó a España, según se lee en la sentencia, entre otras razones y asuntos, porque "es necesario evaluar con mayor exactitud la importancia del riesgo de que se trata, en particular de las extracciones ilegales y de las extracciones para la producción de agua potable, para determinar con mayor precisión las medidas que se deben adoptar. Sin tal evaluación, el estado de la masa de agua subterránea no podría apreciarse correctamente y, por consiguiente, sería difícil determinar si las medidas adoptadas para alcanzar un buen estado cuantitativo de las aguas subterráneas de que se trata, en particular las medidas destinadas a luchar contra las extracciones de agua ilegales, son suficientes".
Así las cosas, combatir el robo de agua, a través del que hoy en día se riegan más de mil hectáreas –el 15% del total– de cultivos bajo plástico, es para la Comisión prioritario y así lo deja claro Fink-Hooijer en la carta al embajador Alonso Alonso: "Mis servicios están analizando la repuesta de sus autoridades para cerciorarse de que las medidas previstas son adecuadas y suficientes para cumplir la sentencia del Tribunal de Justicia. Revisten particular importancia aquellas medidas encaminadas a acelerar las acciones de control e inspección que aseguren el cierre y sellado de todos los pozos ilegales que persisten en el entorno de Doñana".
La Comisión Europea está habilitada por el Tratado de Funcionamiento de la UE –artículo 260– para pedir al TJUE multas para los Estados que no cumplan con las sentencias. El Gobierno de España, de momento, está en comunicación con la Comisión para dar las explicaciones pertinentes y evitar las sanciones: La vicepresidenta Teresa Ribera, que ya anunció que llevará la norma al Tribunal Constitucional si se aprueba tal y como está hoy redactada, estuvo este martes con el comisario europeo de Medio Ambiente, Virginijus Sinkevicius.
Los criterios para una sanción
En una comunicación de la Comisión Europea, publicada el pasado mes de enero en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) y recogida en la web del BOE, se explica con detalle el procedimiento a seguir para poder imponer una multa y, sobre todo, se deja claro que estas deben tener un enfoque "proporcionado" y un efecto "disuasorio": "A fin de garantizar –comunica la Comisión– la eficacia de las sanciones, es importante fijar importes lo suficientemente elevados como para producir un efecto disuasorio. La imposición de sanciones meramente simbólicas privaría de utilidad al mecanismo sancionador".
En ese DOUE y ese BOE se fijan los "tres criterios fundamentales" a tener en cuenta para imponer una "sanción financiera", que son "la gravedad de la infracción", "su duración" y "la necesidad de garantizar el efecto disuasorio de la sanción financiera para evitar la reincidencia". Así lo explica la Comisión: "Se propone sistemáticamente al Tribunal de Justicia que imponga tanto una suma a tanto alzado como una multa coercitiva al Estado miembro".
La multa coercitiva se define como una sanción que deben pagar los Estados miembros "calculada, en principio, por día de retraso —sin perjuicio de que pueda haber un período de referencia diferente en casos concretos— a partir de la fecha en que el Tribunal de Justicia dicte sentencia hasta la fecha en que el Estado miembro ponga fin a la infracción. La multa coercitiva tiene por objeto inducir al Estado miembro de que se trate a poner fin al incumplimiento de sus obligaciones lo antes posible después de que el Tribunal dicte sentencia".
Y la suma a tanto alzado mínima "refleja el principio según el cual todo caso de incumplimiento persistente de una sentencia del Tribunal por parte de un Estado miembro, con independencia de las circunstancias agravantes, vulnera el principio de legalidad en una comunidad regida por el Estado de Derecho y requiere una sanción efectiva. La suma a tanto alzado mínima también evita la propuesta de importes meramente simbólicos que no tendrían efecto disuasorio y podrían menoscabar, en lugar de reforzar, la autoridad de las sentencias del Tribunal".
Las horquillas
En esa comunicación de la Comisión publicada en ese DOUE y ese BOE se especifican con todo detalle las fórmulas de cálculo de ambas sumas. Estas recogen un coeficiente de gravedad de la infracción, que va del 1 al 20 y que define, entre otras variables, el importe a pagar. A partir de ellas, los técnicos de IU en el Parlamento Europeo han estimado el importe de la multa que la Comisión podría pedir hoy al TJUE en diferentes escenarios, desde el más suave –gravedad 1– hasta el más extremo –gravedad 20–. Cada día que pasa, sería más fuerte la multa porque la Comisión toma en consideración "el plazo comprendido entre la fecha de la primera sentencia del Tribunal de Justicia [en este caso la de junio de 2021] y la fecha en que la Comisión decide remitir el asunto al Tribunal [algo que aún no ha sucedido]". El Tribunal es libre de decidir el importe final de la sanción, independientemente de lo que le reclame la Comisión.
En el escenario más suave de todos, el grado 1, la multa sería, según estos cálculos, de 16 millones de euros. En el caso de que la gravedad se fijara en el grado 5, la multa coercitiva podría ascender a los 72,7 millones de euros, a lo que se sumarían otros 8 millones a tanto alzado: en total 80,8 millones de euros. Un escenario medio, con un coeficiente de gravedad medio, en el 10, daría como resultado, según las cuentas de los técnicos de IU, 145,5 millones de euros de multa coercitiva, a los que habría que añadir 16 millones a tanto alzado: 161,7 millones en total. Y el escenario más extremo, con un 20 de gravedad, la multa coercitiva ascendería a 291 millones más otros 32,3 millones a tanto alzado para un montante total de 323 millones de euros.
Según la vicepresidenta Ribera, en el encuentro con el comisario se le manifestó la preocupación por "el potencial riesgo adicional" que supondrá la ley de ampliación de regadío que está tramitando el Parlamento de Andalucía. "La Comisión Europea todavía está esperando la respuesta formal a [la carta de la directora general] y nosotros, el Gobierno de España, vamos a intentar redactarla teniendo en cuenta las explicaciones y los informes que está enviando el Gobierno regional de Andalucía. Creo que es imposible responder sin tomar en consideración sus explicaciones sobre lo que están haciendo", dijo Ribera.
El Gobierno andaluz y el PP, que es quien ha llevado la proposición al Parlamento, argumentan que su ley contribuye al "cumplimiento" de las directivas de la UE y de la sentencia emitida por el TJUE y que por tanto, no tendría por qué haber sanciones. Aseguran también que es "mentira" que se declare una "amnistía a los pozos ilegales".
Con la norma, aún en trámites, según ha venido defendiendo el PP, se le da una solución a cultivos ya existentes, que sólo pueden ser regados con aguas superficiales –algo que no recoge exactamente así la proposición de ley en su redacción actual, porque aunque sí hace referencia a las aguas superficiales, deja la decisión final en manos de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir– para lo que es necesario que se completen una serie de infraestructuras, que permitan en efecto movilizar esas aguas.
Se trata, según dijo este miércoles el portavoz parlamentario del PP, Toni Martín, de "preservar todavía más el parque de Doñana, sus intereses y futuro" y de llevar a cabo una ordenación de un territorio agrícola, recoge Europa Press. Es "mentira", según Martín, que la iniciativa plantee "nuevas captaciones de agua" en Doñana, y quiso dejar claro que tampoco se plantea ninguna "amnistía" para los agricultores que han sacado agua del subsuelo, sino que los expedientes sancionadores seguirán su tramitación.
Nota final
Estas son las fórmulas recogidas en el DOUE y el BOE sobre las que los técnicos de IU han basado sus cálculos y que se pueden consultar con todo detalle aquí. Para la multa coercitiva es Dp = (F-Rap × Cs × Cd) × n, donde: Dp = multa diaria; F-Rap = tasa fija «multa coercitiva»; Cs = coeficiente de gravedad; Cd = coeficiente de duración; n = factor que refleja la capacidad de pago del Estado miembro de que se trate.
Y esta fórmula resume el método de cálculo de la suma a tanto alzado: LS = F-Rals × Cs × n × dy, donde: LS = suma a tanto alzado; F Rals = tasa fija «pago de la suma a tanto alzado»; Cs = coeficiente de gravedad; n = factor que refleja la capacidad de pago del Estado miembro de que se trate; dy = número de días en que persiste la infracción.
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