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Confirman el archivo de la querella de los hermanos Ferrándiz por torturas en la Via Laietana de Barcelona en el franquismo

Fueron detenidos el 1971, en plena dictadura, cuando apenas tenían 17 años y se pasaron 32 días en la comisaría, donde fueron torturados. La Audiencia provincial interpreta que los hechos están cubiertos por la amnistía de 1977, mientras Irídia anuncia que recorrerá la decisión, porque los crímenes de lesa humanidad "no prescriben nunca".

25/01/2024 - Josep i Maribel Ferrándiz, supervivents de tortures durant el franquisme, a Nou Barris.
Los hermanos Josep y Maribel Ferrándiz, supervivientes de torturas durante la dictadura franquista.  M. Font

La Audiencia de Barcelona ha confirmado el archivo de la querella presentada por los hermanos Maribel y Josep -Pepus- Ferrándiz por las torturas sufridas en la Jefatura de la Policía Nacional de la Via Laietana de Barcelona en 1971, en plena dictadura franquista. La decisión llega seis meses después de que el juzgado de instrucción número 3 de la ciudad tomara esta misma decisión, con el argumento que los hechos estaban amparados por la ley de amnistía de 1977.

La Audiencia provincial no ha estimado el recurso presentado por el Centro para la Defensa de los Derechos Humanos Irídia, que se encarga de representar a los hermanos, que argumentaba que la no investigación de los hechos implicaba vulnerar la vigente ley de memoria democrática.

Activistas antifranquistas desde la adolescencia, los dos hermanos -que son gemelos- fueron detenidos por agentes de la temible Brigada Político-Social cuando apenas tenían 17 años y militaban en la Joven Guardia Roja. Pasarían 32 días en la jefatura de la Via Laietana donde fueron torturados y al salir fueron enviados a prisión, donde se estarían un año. 

En una larga entrevista con Público relataron su experiencia, a la vez que subrayaron que ni la tortura ni la represión franquista "consiguieron doblegarnos". De hecho, siempre han mantenido su compromiso por un mundo más justo y las últimas décadas se han implicado en la lucha para convertir la jefatura de Via Laietana en un espacio de memoria.

Irídia ha anunciado que volverá a recorrer el archivo, con el argumento que la gravedad de los hechos demanda una respuesta judicial "que cumpla los estándares internacionales de justicia transicional". Estos establecen que hay que abordar los crímenes del pasado a través del acceso a la justicia y el logro de la verdad, la reparación y las garantías de no repetición, derechos que en este caso no se respetan, según la entidad. 

La abogada Laura Medina considera que la interpretación de la Audiencia vulnera los derechos de las víctimas del franquismo

Para la abogada Laura Medina la interpretación de la Audiencia vulnera nuevamente los derechos de las víctimas del franquismo y contradice el derecho internacional, "que establece que los crímenes de lesa humanidad no prescriben nunca, no son susceptibles de amnistía y ya estaban penalizados por los tratados y normas internacionales vigentes en el momento en que fueron cometidos".

"Inviable" definirlos como "crímenes de lesa humanidad"

En la resolución de la sección segunda de la Audiencia de Barcelona se argumenta que en el momento en el que se habrían cometido los delitos "no existía en el ordenamiento jurídico-penal español la figura del crimen contra la humanidad" y, por lo tanto, el tribunal considera que la definición de los hechos como crímenes de lesa humanidad es "inviable". A partir de aquí, establece que si no se pueden considerar crímenes de este tipo, no se puede entender que no prescriben. En todo caso, para la Audiencia, "no es procedente otorgar una interpretación retroactiva" a que haya tratados internacionales que hayan fijado la imprescriptibilidad de los delitos contra la humanidad.

Aunque la sala defiende la importancia de velar para que se conozca la verdad y se haga justicia tutelando víctimas de hechos delictivos, añade que "no puede ser a expensas de contravenir principios tan esenciales como el de legalidad penal y romper la necesaria seguridad jurídica". Por todo ello, apunta que el derecho en la investigación a la que hace referencia la ley de memoria democrática se puede satisfacer fuera del ámbito de un proceso penal "que no puede conducir a condena alguna".

Críticas de 'Via Laietana 43'

Irídia, Òmnium Cultural y las entidades que impulsan la campaña Via Laietana 43: hagamos justicia, hagamos memoria han criticado que este caso se enmarca en un patrón recurrente de archivo de querellas sobre los crímenes del franquismo, pese a la vigencia desde hace dos años de la ley estatal de memoria democrática. De hecho, consideran que el mandato de esta normativa no se ha aplicado de manera efectiva.

El presidente de Òmnium, Xavier Antich, ha afirmado que no puede haber normalidad democrática "con un Estado que no depura responsabilidades de los crímenes del franquismo y con un poder judicial en rebelión contra las leyes aprobadas".

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