Opinión
Conquistar el derecho a la huelga de alquileres
Por Jordi Bonshoms Guzmán
Sindicato de Inquilinos de Catalunya
-Actualizado a
Desde que el Sindicato de Inquilinas de Madrid convocara la manifestación por la vivienda el pasado 13 de octubre, suena un murmullo de fondo: la posibilidad de que muchas familias inquilinas se organicen para dejar de pagar el alquiler a sus propietarios.
He ahí la definición de la huelga de alquiler: dejar de abonar el alquiler mensual a la propiedad durante un periodo de tiempo, siempre y cuando se realice de forma colectiva y con unas demandas políticas dirigidas a mejorar la situación residencial de los inquilinos.
Históricamente, las huelgas de alquiler han sido una forma de protesta frecuente para responder a tres cuestiones claves: el aumento del precio del alquiler, los desahucios injustificados y las malas condiciones de habitabilidad. A principios del siglo XX, la mayoría de huelgas de alquiler se realizaban por las malas condiciones de salubridad de las viviendas. El aumento sostenido de los alquileres también fue uno de los principales motivos de las huelgas de alquiler durante el periodo de posguerra, debido a la inflación general de la economía.
Pero, ¿es legal realizar una huelga de alquileres en España? Esta es la cuestión que centra el debate actual. La respuesta es sencilla: la huelga de alquiler no es un derecho reconocido por el ordenamiento jurídico español (no está reconocida ni por la Ley de Arrendamientos Urbanos, ni por la recién aprobada Ley de Vivienda). Si alguien deja de pagar el alquiler un solo mes se enfrenta a una posible demanda por impago del alquiler de su casero, que en última instancia podría finalizar en desahucio.
En otros países, tal y como se analiza en esta investigación científica, la huelga de alquileres es un derecho formalizado. En muchas legislaciones europeas, los inquilinos pueden reducirse el alquiler cuando su propietario incumple el contrato. Por ejemplo, cuando el propietario no repara desperfectos graves de la vivienda, los inquilinos pueden dejar de pagar aquel importe que han debido de invertir en reparaciones. En Estados Unidos, Estados como el de Nueva York entre otros, también tienen reconocido este derecho.
Entonces, en la actualidad: ¿los inquilinos no pueden declararse en huelga? Legalmente, como decíamos, no disponen de ese derecho. Sin embargo, las condiciones políticas actuales permiten el ejercicio de una protesta colectiva que reclame la legitimidad de la huelga de alquiler. La historia nos enseña que solo a través de la protesta se amplían y formalizan los derechos civiles.
La pregunta que quizás debiera incorporarse al debate jurídico es de cariz político: ¿qué condiciones existen hoy para pensar de forma pragmática el acontecimiento de una huelga de alquileres? A mi juicio, son varias las razones que se cumplen hoy y que se cumplen en la mayoría de huelgas de alquiler históricas.
En primer lugar, un agravio social compartido por toda una generación tanto de jóvenes como de mayores. Los precios de alquiler no han dejado de subir después de la crisis de 2007. En ciudades como Madrid y Barcelona los precios del alquiler han subido más de un 50% desde 2013.
En segundo lugar, la concentración del agravio en grandes urbes y por grandes propietarios. En España existe una concentración del agravio (alquileres y desahucios disparados) en las grandes ciudades, donde muchas familias inquilinas viven en edificios de propiedad vertical, normalmente propiedad de un banco, de un fondo de inversión de una empresa inmobiliaria, o de una persona rica. El descontento concentrado contra un gran propietario, junto con la posibilidad de los inquilinos que habitan el mismo bloque de generar espacios de solidaridad cotidiana, suele ser caldo de cultivo para producir un impago colectivo.
En tercer lugar, existen Sindicatos de Inquilinas e Inquilinos ofreciendo recursos (económicos, humanos, legales, etc.) para facilitar la organización de una huelga. El papel de los Sindicatos es clave para pensar estrategias de defensa ante una demanda por impago del alquiler.
Las condiciones políticas del presente ofrecen muchos ingredientes para que acontezca una huelga de alquileres. Un ejemplo reciente de este potencial es la manifestación convocada el próximo 23 de noviembre en Barcelona, bajo el lema "Se acabó: abajo los alquileres". Este acto no solo está ampliando un mensaje claro contra el rentismo, sino que los comités organizativos que la preparan han tejido un escenario propicio para plantear huelgas allí donde existe un fuerte tejido vecinal y presencia sindical. La huelga de alquiler todavía no es un derecho, pero y por eso mismo hay que salir a conquistarlo.
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