El juzgado otorgó el régimen de visitas para el asesino de las dos niñas de Almería pese a lo que dicta la ley
El juzgado de violencia sobre la mujer número 1 de Almería mantuvo el régimen de visitas tras un acuerdo alcanzado en el procedimiento civil entre el padre y la madre de las niñas. Las expertas ponen en duda este tipo de acuerdos.
Madrid--Actualizado a
En la madrugada de este domingo, un hombre ha asesinado a sus dos hijas, de dos y cuatro años de edad, en un cortijo de Alboloduy (Almería). Según fuentes policiales, la hipótesis principal es que envenenó a las niñas y después se suicidó. Pasadas las 22:30 horas, la madre de las niñas llamó a los agentes para alertar de que su expareja y sus hijas habían ingerido una sustancia venenosa. Poco más tarde, los agentes de la Guardia Civil se desplazaron al lugar y encontraron fallecidos a los tres.
La investigación se centra en un posible caso de violencia vicaria. Una forma de violencia machista ejercida por padres y parejas o exparejas que instrumentaliza los hijos o hijas para hacerle daño a la madre. Casos extremos como este pueden acabar con el asesinato de los menores. Aún así, los hijos son instrumento del maltratador desde mucho antes y los utiliza para ejercer maltrato psicológico, amenazas y coacción, con las consecuencias que eso ocasiona para los niños y niñas.
La madre había interpuesto denuncia por violencia machista contra el padre, que tenía en vigor una orden de alejamiento de 500 metros establecida hace dos años. El juicio por malos tratos estaba fijado para el próximo 10 de abril en el Juzgado de lo Penal 2 de Almería.
En marzo de 2023 se llegó a un acuerdo entre las partes y se estableció el régimen de visitas
Asimismo y por orden judicial, se había colocado una pulsera de seguimiento al agresor (un dispositivo que alerta a las autoridades y a la víctima cuando este se salta la orden de alejamiento). El juzgado no determinó ningún régimen de visitas al padre maltratador y entregó cautelarmente la custodia de las niñas a la madre, a instancias del fiscal.
Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) informaron de que la mujer se habría negado en varias ocasiones a denunciar a su expareja y que solicitó que se levantaran las medidas cautelares mencionadas. Pese a ello, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Almería continuó con el proceso a solicitud de la Fiscalía.
Los acuerdos en los procedimientos civiles
Nueve meses después, en marzo de 2023, el procedimiento civil abierto para dilucidar la guarda y custodia de las niñas estableció un régimen de visitas a favor del progenitor, según el acuerdo al que habían llegado el padre y la madre, consistente en los fines de semanas durante cuatro horas cada día.
"En mi opinión, en situaciones de negociación, las víctimas de violencia de género están en una situación de inferioridad. Debería replantearse la eficacia de este recurso procesal de mutuo acuerdo en procedimientos de familia y violencia de género", explica Teresa Peramato, fiscal de Sala Delegada de Violencia sobre la Mujer.
"Quizá haya que plantear modulaciones para que podamos contar con pruebas que nos ayuden a valorar si se adecua al interés de los menores y a la protección que requieren junto a sus madre", insiste la fiscal.
Peramato: "Debería replantearse la eficacia de este recurso procesal de mutuo acuerdo en procedimientos de familia y violencia de género"
"Si no hubiera existido ese acuerdo, habría habido un informe del equipo técnico que hubiera explorado a las niñas y que hubiera mostrado muchos datos necesarios", explica Peramato, que subraya que la Fiscalía mantuvo durante dos años su oposición al régimen de visitas impuesto al padre.
Además, el caso estaba activo en el sistema VioGén, la herramienta policial para hacer el seguimiento y protección a víctimas de violencia machista (tanto las mujeres como sus hijos). "Por ley, en cuanto se activa un caso en VioGén, las niñas deben estar también dentro del sistema para protegerlas", explica Francisca Granados, directora de igualdad y asesora jurídica del centro de la mujer del Ayuntamiento de Maracena (Granada).
Desde 2015, el Estatuto de la víctima de delito considera a los menores en contextos de violencia machista como víctimas en sí mismas de la violencia. Asimismo, la ley de infancia, aprobada en 2021, ordena suspender las visitas cuando se dicte una orden de protección por violencia machista o haya indicios de que los hijos han presenciado o sufrido maltrato.
"La no suspensión del régimen de visitas es excepcional y tiene que ser motivada y supervisada", explica Francisca Granados, a quien le gustaría ver las razones de los jueces para continuar con las visitas del padre. A su juicio, el acuerdo está "viciado" porque muchas mujeres incluso desconocen que la ley las ampara para suspender el régimen de visitas.
"La jurisdicción civil no es tan rígida como la penal. Ha pasado un tiempo desde que se interpuso la denuncia; se puede valorar la evolución y se cuenta con unos elementos de prueba que no existían en la orden de protección", incide la fiscal Peramato, que recalca también que por ley el régimen de visitas tiene que ser explicado.
"En este caso el legislador lo estableció en periodos cortos y mediante el Punto de Encuentro y con seguimiento. Después se modificaron las entregas en el Punto de Encuentro a petición de la madre para eliminar la intermediación y no había constancia de incumplimientos de la orden de alejamiento", amplía la fiscal.
Mantener las visitas como lo "cotidiano"
"El problema es que no romper el régimen de visitas es cotidiano", explica la experta. En este sentido, para Granados sigue operando el principio del "pater familias" (del latín 'el padre de familia') en lo jurídico. Para entenderlo la experta traza un paralelismo con la buena fe que se presumen al padre de familia en el derecho contractual.
"Se entiende que el vínculo padre-hijo es sagrado", explica Francisca Granados
"¿Qué es la buena fe contractual? ¿Cómo se calibra la buena fe? Pues aún se considera la buena fe aquella por la que actúa el hombre de la familia. Lo mismo pasa con los hijos. El sistema judicial sigue teniendo en cuenta la valoración del padre de familia y mantiene el orden patriarcal. ¿Cómo es posible que no se proteja a las niñas y se mantengan las visitas? Pues porque se entiende que el vínculo padre-hijo es sagrado", comenta Granados.
Para romper con esta visión, Granados reclama mayor formación de los profesionales y una estrategia estatal que atienda a la violencia vicaria. "La violencia contra los menores es el agujero jurídico de la violencia machista en nuestro país. Además del mayor daño todavía sin reparar", apunta.
El próximo viernes y sábado tendrá lugar el III Encuentro Institucional de Violencia Vicaria y Género en España con la presencia de la ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, entre otras. Un encuentro del que se espera salgan diversas medidas para resolver la ineficacia del sistema en estos casos.
La separación como un momento crucial
Para Granados "la verdadera pesadilla" empieza cuando hay una orden de alejamiento pero los menores siguen expuestos al maltratador. "Ahí comienza el pico de la violencia vicaria. Al no poder acercarse a la madre, se ensaña con los hijos. Si el sistema judicial paralizará de inmediato el régimen de visitas, evidentemente se pararía la violencia contra los hijos. Pero el sistema judicial potencia su funcionamiento", argumenta.
El establecimiento de las visitas es más sangrante en casos en los que ya existe una condena por violencia machista. En este caso reciente, a una mujer que vivía en Gijón, un juez la obligaba a retornar a la casa familiar en Vitoria-Gasteiz donde se producían las agresiones para que sus hijos continuaran viendo a su padre. Todo a pesar de que existía sentencia en firme por tres delitos de violencia machista y amenazas por parte del padre.
Francisca Granados: "Hay una falta de credibilidad de las instituciones judiciales a las madres"
"Hay una falta de credibilidad de las instituciones judiciales a las madres", explica la experta. Al entender el vínculo padre-hijo como sagrado, "se entiende a la madre como la perversa que quiere romperlo". Para Granados no es hasta que se consuma la violencia directa, "hasta que le dé una paliza a los hijos" cuando se rompe con esa visión.
"Lamentablemente no se está aplicando la ley en nuestro país", explica Francisca Granados. "Aquí entra en escena la impunidad del sistema jurídico para tomar estas decisiones. Si fueran médicos y no jueces habría consecuencias", argumenta. Por eso, en su examen de la problemática, cree conveniente legislar sobre las posibles negligencias del sistema en estos casos.
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