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Dolores Morondo (jurista): "La reforma de la ley del 'solo sí es sí' es poner soluciones erróneas a un problema mal planteado"

Dolores Morondo
Dolores Morondo, Investigadora Principal del Instituto de Derechos Humanos, Universidad de Deusto. Cedida por DM

Dolores Morondo es jurista e Investigadora Principal del Instituto de Derechos Humanos, Universidad de Deusto. También es miembro de la Red Europea de expertos legales en igualdad y no discriminación, un grupo de expertos cuya función es analizar cómo se cumplen las directivas europeas en cada país miembro. Dirigida por la Universidad de Utrech (Países Bajos), estos informes se envían a la Comisión Europea. En 2021 Morondo realizó un informe sobre los progresos de lo que entonces era el proyecto de ley de Libertad Sexual. Hace unos días, envió otro explicando que nuestro país podría ser el primero que, tras haber introducido en la ley una de las exigencias del Convenio de Estambul, podría dar un paso atrás y retractarse. Tal como comenta esta investigadora a Público, las consecuencias de esta acción son graves, especialmente en un momento en el que los derechos sexuales de las mujeres y el propio tratado internacional está siendo atacado y fuertemente cuestionado por países como Polonia, Hungría o Turquía, que recientemente abandonó el tratado internacional sobre los derechos de las mujeres.

Morondo afirma en esta entrevista que la reforma express que propone el PSOE es "poner soluciones erradas a un problema mal planteado" y que se está intentando poner un parche sobre un problema del que "prácticamente no tenemos datos". "Y no sabemos nada porque nadie lo ha investigado", añade. Un medida que considera más electoralista que jurídica.

Desde hace unos meses las rebajas de condenas a violadores han centrado la actualidad política, mediática y social. Según el CGPJ, se han producido cerca de 1.000 rebajas de condenas y casi un centenar de excarcelaciones. ¿Qué falla en la ley?

Seguir mirando el tema desde este ángulo es lo que nos ha llevado al punto en el que estamos. La proposición de ley [de reforma de la norma presentada por el PSOE] y lo que se está diciendo sobre la ley de solo sí es sí, sobre cómo reformarla o cómo mejorarla, es poner soluciones erradas a un problema mal planteado. Seguimos hablando del problema de la ley en base al número de rebajas y de excarcelaciones, cuando en realidad sobre ese problema sabemos poquísimo. Nadie tienen ningún pudor en reconocer que ni siguiera sabemos cuál es el porcentaje de rebajas en relación al total de revisiones, ni hay ningún pudor en reconocer que no sabemos cuál es la cuantía de esas rebajas. Si son de tres meses en sentencias de 14 años, por ejemplo, o el hecho de que se ignora respecto a qué delitos se han producido dichas rebajas o excarcelaciones. Es decir, nadie parece tener ningún pudor en reconocer que existe una absoluta ignorancia sobre qué estamos diciendo realmente cuando decimos que el problema son las rebajas y las excarcelaciones.

Tal como se está planteando, el problema de las revisiones de penas y excarcelaciones es un caso de pánico moral de libro. Se usa este lenguaje de "violadores libres" o de "excarcelación de violadores" cuando existe un conocimiento muy fragmentario sobre qué tipo de sentencias se están rebajando o qué características tenían esas sentencias o los delitos.

Es decir, que se está planteando reformar una ley por un procedimiento de urgencia sobre un problema del que prácticamente no tenemos datos más allá de lo que van sacando los medios, con titulares como "otro violador excarcelado", cuando no sabemos si había sido condenado por violación, es decir una agresión con intimidación y penetración del viejo Código Penal o si se está llamado violador a alguien que había cometido una ofensa sexual.

Y no sabemos nada porque nadie lo ha investigado. Pero seguimos diciendo que hay que modificar la ley a partir de esta falta de datos. Nadie tiene ningún pudor en reconocer que no conocemos los datos, que es lo que más me asombra. Porque es tanto como decir: esto es un problema, del cual yo no se nada, pero aquí está la solución. Cuando planteamos mal un problema, que la solución sea acertada es bastante improbable.

¿Hay una dejación del Gobierno o del Estado en investigar o hacer un análisis de las sentencias que rebajan las condenas?  Sólo ahora conocemos números totales de supuestas rebajas que aún no son firmes, porque muchas han sido recurridas.

Hay cientos de recursos en este momento. No se sabe cuántos casos han sido revisados. Porque muchas veces se confunde cuántos casos han sido revisados con cuántos han sido rebajados. Hay casos que han sido revisados, pero no rebajados. La verdad es que yo hubiera esperado que antes de decir que aquí hay un problema y esta es la solución; ese problema debería haber sido diseccionado hasta tener una comprensión clara. Y así es cómo alegremente hemos entrado en un procedimiento de urgencia a solucionar un problema, que es el que los medios y la opinión pública identificamos con el problema. Es decir, el hay un problema con la ley por las rebajas de penas.

Es decir, que cuando la proposición de ley del PSOE nos dice que tenemos que hacer frente a los "efectos indeseados" de la aplicación de la ley, pensamos inmediatamente que ese es el problema y que la proposición de ley viene a resolverlo. Pero el mismo texto de la proposición de ley afirma que esa proposición no puede resolver ese problema. Es decir, que la propuesta del PSOE no sirve para resolverlo, porque no puede detener la revisión de sentencias. Sabemos por el preámbulo de la proposición que se trata de una propuesta de futuro. O sea que sobre las rebajas y excarcelaciones no se puede hacer nada, y lo saben. Por lo tanto, la rebajas de penas no es el problema a resolver.

Si las rebajas y revisiones no se pueden frenar con el cambio propuesto por el PSOE ¿Qué viene a solucionar la proposición de ley que se quiere votar este jueves?

Creo que esto debería haber sido investigado más y de otra manera. Que en la transición de una norma a otra puede haber ajustes, es algo que se tiene que dar por descontado cuando hay reformas de derecho penal. Que las rebajas y revisiones se deban a un problema de la nueva ley, no está tan claro. No sabemos si la revisión a la baja de las condenas se debe, por ejemplo, a que tradicionalmente en España muchas condenas eran por la aplicación de la pena mínima de forma casi automática. Cuando llega la nueva norma los juzgados vuelven aplicar el mínimo de la pena, sin tener en cuenta todo el Código Penal. Pero esto ¿es un problema de la nueva ley o era un problema de cómo se estaba juzgando, sentenciando y castigando las agresiones hasta ese momento? Quiero decir que todo esto habría merecido un estudio y un análisis más serio y detallado. Sobre todo si el objetivo de la reforma era dar seguridad y proteger a la población o a las víctimas, ¿Qué menos que mirar con un poco más de atención cuáles eran las diferentes dimensiones del problema que estamos abordando?.

Un procedimiento de urgencia para cambiar la ley no augura nada bueno y sobre todo si el propio texto de la reforma dice que el problema de los "efectos indeseados" de la norma, que todo el mundo entiende que son las revisiones de penas, no se pueden solucionar. 

El Tribunal Supremo anunció que a principios de junio sentará jurisprudencia sobre el derecho transitorio y la aplicación de la nueva ley. ¿Se debería haber esperado a esta resolución antes de cambiar la ley?

Creo que el Gobierno debería haber tomado la decisión de que no se podía hacer nada hasta que no se pronunciara el Tribunal Supremo. Este es el único órgano que puede marcar jurisprudencia, y sorprende que se acometa una reforma antes de que se haya pronunciado. 

¿El Supremo se podía haber pronunciado antes?

Sí. Técnicamente, sí.

¿Qué persigue la proposición del PSOE para cambiar la ley?

No lo sé. Pero hay dos cosas que deja meridianamente claras: que se vuelve a calcar el cuadro de penas del Código Penal anterior a la aprobación a la ley y que reintroduce en la norma los conceptos de violencia e intimidación que se habían eliminado en favor del consentimiento. 

En España está extendidísima la idea de que se castiga poco, o sea que las penas son bajas y hay que subirlas para los delitos de violencia sexual. Pero hay toneladas de estudios ya que demuestran que penas más altas en el Código Penal no implican mayor protección contra las violencias sexuales y tampoco es cierto que las penas en España sean bajas comparadas con el entorno con el entorno europeo. Es decir, estas dos cosas son ambas falsas: que las penas más altas sean mayor protección o que las penas en España sean bajas. Otra de las afirmaciones que hemos oído en los últimos meses es que la ley del solo sí es sí bajaba las penas. Sin embargo, esta es una afirmación que no se ha podido constatar, puesto no se ha dejado a la norma desplegar su capacidad para demostrarlo. De hecho, se está planteando la reforma de la ley antes de que se haya podido aplicar el nuevo código. ​

Usted informó a la red y la Comisión Europea de las modificaciones que el socio mayoritario del Gobierno quiere introducir en la norma. ¿Qué percepciones tienen sobre el cambio tan rápido de una ley que apenas se ha aplicado?

En Europa están siguiendo esto con bastante dificultad, porque el debate estaba muy embarrado. A nosotros en la red nos piden actualizar regularmente aspectos como cambios legislativos o de políticas de igualdad. En este caso he informado a la Comisión sobre la proposición de ley del PSOE, y el GREVIO [un órgano de expertos que vigila el cumplimiento por parte de los Estados del Convenio de Estambul] también lo está siguiendo. Este aspecto es uno de los menos debatidos de la ley de solo sí es sí. Porque una de las cosas a las que obliga el Convenio de Estambul, ratificado por España, es que las agresiones sexuales se juzguen por un sistema basado solo en el consentimiento.

Por este motivo, el cambio que hizo la ley del solo sí es sí puso a nuestro país en línea con el tratado y nos convirtió en el décimo país que cumplía con Estambul en este aspecto. Con España, hoy hay diez países europeos que han ratificado el tratado y que tienen esta definición alineada con el artículo 36 del convenio de basar sus códigos en el consentimiento. Hay otros nueve países que también lo ratificaron pero no han cambiado su legislación hacia el consentimiento a la hora de juzgar delitos sexuales. De estos nueve países algunos de ellos están ya discutiendo la modificación del Código Penal para alinearse con Estambul. Luego hay países que juegan totalmente en contra del tratado, como Turquía, que lo abandonó, o Polonia, que lo ha ratificado pero con una reserva general que lo convierte en papel mojado

¿Esto significa que si España aprueba la reforma estaría dando un paso atrás en sus compromisos europeos sobre derechos de las mujeres?

Si. España es el único país de la UE que habiéndose alineado con el tratado de Estambul al reconocer que los delitos sexuales deben ser juzgados en base a la existencia de consentimiento, decide dar un paso atrás y retractarse. Es decir, salirse del consenso para volver a una definición de agresión sexual basada en otros elementos extra, como la violencia o la intimidación. Esto tiene un gran valor simbólico. El tratado de Estambul está bajo una gran presión, con unos cuantos países que lo critican y que están cuestionando el consenso sobre la violencia contra las mujeres.

Está siendo acosado. Era un momento para protegerlo. Polonia lo ratificó, pero puso una reserva general, por lo que es una ratificación que no tiene valor. Materialmente no vale. Muchos países están haciendo frente ante un instrumento específico sobre violencia contra las mujeres, porque no quieren oír hablar del tema. Que España justo en este tema se retracte, es muy grave. Y que lo haga justo en el momento en que se está debatiendo la directiva en Europa en esta materia manda un mensaje terrible. El artículo cinco de esa directiva europea debe decidir si la violencia sexual se basa solamente teniendo en cuenta el consentimiento, como dice el tratado de Estambul, o deja que países que no lo han ratificando, que lo han hecho con reservas, o que cuestionan el concepto de violencia sexual y de género dicten cuáles son los requisitos en Europa para legislar sobre esta violencia. Muy peligroso. 

Cree que la reforma de la ley responde a una medida más electoralista que jurídica?

No soy una politóloga, pero sin duda. Si no hubieran elecciones convocadas, al menos no se habrían planteado cambios por el procedimiento de urgencia. Para un problema para el que hay tan pocos datos y tan poco análisis, el procedimiento de urgencia es como meter a un elefante en una cacharrería. Se dice que la ley del solo sí es sí se hizo rápido, pero tuvo más de dos años de tramitación. ¿Qué podemos esperar de la contrarreforma de la ley hecha por procedimiento de urgencia en prácticamente un mes? Creo que esto es porque hay elecciones a la vista. Porque como dije antes, para mi lo fundamental es que el problema está mal planteado. La solución errada a un problema mal planteado.

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