Hoy comienza el primer juicio al que se enfrenta Baltasar Garzón. También será la primera vista oral en la que se juzgará a un magistrado por haber ordenado la intervención de las comunicaciones de unos imputados. Hasta hoy esta conducta nunca había sido examinada bajo la lupa de la responsabilidad penal. Ningún juez se había sentado en el banquillo por ordenar unas escuchas que por unas u otras razones acaban siendo anuladas, una circunstancia que afectaba al caso pero que nunca había acarreado un juicio por prevaricación contra los magistrados que las ordenaron. El caso de Garzón es distinto. En la vista que comienza hoy se enfrentará a una pena que puede ascender hasta los 17 años de inhabilitación.
Garzón es consciente de que se juega mucho, porque cualquier condena, aunque fuera muy inferior a la solicitada por las acusaciones, le acarreará ser apartado de la carrera judicial. Ahora goza de un prestigio internacional a pesar de su suspensión cautelar por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), lo que le ha permitido reciclarse en asesor de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional, de la OEA, para el desarme en Colombia, y hasta para remodelar la Justicia en Ecuador. Si es condenado, se convertirá en exmagistrado con una condena a sus espaldas por el delito más grave que puede cometer un juez, el de prevaricación.
La acusación la ejerce Correa, su lugarteniente y un abogado
Cuando hoy se siente en el banquillo de los acusados, tendrá enfrente como acusadores a dos excompañeros de la Audiencia Nacional: Ignacio Peláez, que era fiscal y que fue quien interpuso la querella que dio origen al procedimiento, y José Antonio Choclán, que fue uno de los magistrados de ese tribunal. Ahora es el abogado de Francisco Correa, el presunto cabecilla de la Gürtel, que, junto con el considerado su lugarteniente, Pablo Crespo, ejerce la acusación contra el primer magistrado que investigó la trama corrupta.
Las tres acusaciones solicitan respectivamente, 10, 17 y 15 años de inhabilitación para Garzón por los delitos de prevaricación y uso de artificios de escucha y grabación con violación de las garantías constitucionales. La Fiscalía, como en las otras dos causas abiertas contra el magistrado, pide su libre absolución al entender que no cometió delito.
La Fiscalía siempre ha pedido la libre absolución del juez al no ver delito
El Ministerio Público y la defensa de Garzón coinciden en que Garzón acordó la intervención de las comunicaciones para evitar que se siguiera cometiendo el delito de blanqueo de capitales que investigaba y por el que estaban imputados en el caso los abogados que entonces representaban a los imputados.
En su escrito de defensa, el abogado del juez en este caso, Francisco Baena Bocanegra, recordaba que la trama investigada por Garzón operaba a través de sociedades, constituidas 'por medio de testaferros' en paraísos fiscales. Concluía: 'La solidez de los indicios, singularmente aquellos que venían a revelar que algunos abogados aparecían interviniendo en operaciones de blanqueo de dinero, la acreditada estructura societaria y sus ramificaciones asentadas en paraísos fiscales y territorios no cooperantes, hacía de todo punto evidente que los imputados en prisión preventiva continuaran su actividad delictiva para la consecución de nuevos blanqueos'.
Las acusaciones que ejercen Pelaéz que argumenta que se entrevistó con los imputados presos para preparar la defensa de uno de sus clientes, el imputado en la Gürtel José Luis Ulibarri, Correa y Crespo sostienen que el juez utilizó la intervención de las comunicaciones para conocer su estrategia de defensa, lo que supone una vulneración de ese derecho fundamental. Se centran, por ejemplo, en los comentarios que el presunto cabecilla hizo a su abogado sobre el pen drive con los datos contables de la red.
Cualquier condena supondrá que quede apartado de la carrera judicial
La defensa, en cambio, asegura: 'No existe un solo dato objetivo que permita sostener, sospechar o simplemente conjeturar que el acusado, en su condición de instructor, utilizara datos exclusivamente obtenidos de las intervenciones, ni menos aún resulta mínimamente probado el alcance, la incidencia o influencia, cualquiera que fuera su naturaleza, que la medida de intervención de sus comunicaciones pudo tener respecto de los sujetos que fueron objeto de las mismas'.
Los magistrados del Supremo Joaquín Giménez, como presidente, Andrés Martínez Arrieta, Francisco Monterde, Juan Ramón Berdugo, Luciano Varela, Manuel Marchena y Miguel Colmenero (ponente de la sentencia que se dictará) tendrán en sus manos, según condenen o absuelvan al juez, fijar los límites de la actuación de los instructores en las investigaciones que les correspondan y en el propio derecho de defensa.
Lo que está claro es que Garzón no logró nada personal con haber ordenado la medida por la que se sentará en el banquillo, salvo, para sus detractores, en su ambición por demostrar que es mejor juez que nadie, aunque para ello deba recurrir a métodos poco ortodoxos. Sus partidarios, en cambio, creen que de lo único que se puede acusar al magistrado es de haber actuado con exceso de celo en su afán por desentrañar la trama corrupta.
La vista oral, que está previsto que dure tres días, comenzará con las cuestiones previas que quieran plantear las partes y está previsto que dé tiempo a que declare el propio Garzón. Mañana les llegará el turno a los testigos, que el Tribunal Supremo ha dejado reducidos a seis: el propio Peláez, tres agentes de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) y otros dos policías.
La defensa intentó en vano que declararan otros testigos, como el juez del Tribunal Superior de Justicia de Madrid Antonio Pedreira, que instruyó el caso mientras hubo aforados imputados. Este magistrado prorrogó la intervención de las comunicaciones acordadas por Garzón cuando le llegó el caso, y fue la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid la que anuló las conversaciones. Las fiscales del caso Gürtel nunca se opusieron a la intervención, aunque sí pidieron que se extremara el cuidado con la estrategia de defensa. Garzón incluyó esta salvaguarda en sus autos, pero para el Supremo lo hizo como una 'vana coletilla literaria'.
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