Este artículo se publicó hace 4 años.
La Constitución y el déficitSánchez e Iglesias se topan con la austeridad: entra en vigor la reforma del artículo 135
Para desarrollar sus políticas económicas y sociales, el nuevo Ejecutivo deberá lidiar con el escollo de la reforma que transformó en inconstitucional el déficit superior a cuatro décimas del PIB y el endeudamiento que rebase el 60% de la riqueza nacional
Zaragoza-
El nuevo Gobierno de Pedro Sánchez será el primero de la historia de España que además de cuadrar sobre el papel los Presupuestos Generales del Estado vaya a verse obligado a hacer casar en la práctica el resultado de gestionar esas cuentas con los límites que impone la ley: el pasado 1 de enero entró en vigor la polémica, por austericida, reforma del artículo 135 de la Constitución por la que el PSOE de José Luis Rodríguez Zapatero y el PP de Mariano Rajoy impusieron, con el único apoyo de los foralistas de UPN, topes al déficit y al endeudamiento de las administraciones.
La aplicación de la reforma incluye la paradoja de que en el primer Ejecutivo que va a tener que asumirla, que afronta retos como reducir el desfase presupuestario en más de 25.000 millones de euros y rebajar la deuda pública en más de medio billón, vaya a haber ministros de Podemos y de IU, las dos formaciones políticas que mayor oposición han mostrado a ese cambio de normas: los morados abogan por suprimirla e Izquierda Unida por que el gasto social pase a ser prioritario frente a la amortización y el pago de intereses de la deuda.
La modificación de la Carta Magna, la segunda que sufre el texto tras la que en 1992 reconoció a los ciudadanos comunitarios el derecho a votar y ser votados en las elecciones locales, fue aprobada en un vertiginoso proceso de apenas dos meses entre julio y septiembre de 2011, aunque con dos condiciones temporales: una moratoria de nueve años que establecía que “los límites de déficit estructural establecidos en el artículo 135.2 de la Constitución Española entrarán en vigor a partir de 2020” y un plazo de nueve meses para que la ley orgánica que debía desarrollarla, la de Estabilidad Presupuestaria, estuviera vigente antes de que terminara junio de 2012.
Esa reforma, además de obligar a ayuntamientos, comarcas y diputaciones a “presentar equilibrio presupuestario”, imponía a la Administración central del Estado y a las comunidades autónomas el “principio de estabilidad presupuestaria”, que consiste en limitar el “déficit estructural máximo permitido” y en poner un tope al endeudamiento público que solo pueden superar en caso de “catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados”. Todo, sin referencias a los eventuales efectos que una regulación de ese tipo pueda tener en los servicios públicos que costean los ciudadanos con sus impuestos.
"Ninguna Administración podrá incurrir en déficit"
La ley que desarrolla la reforma indica que a partir del 1 de enero de 2020 “ninguna Administración Pública podrá incurrir en déficit estructural”, aunque, en la práctica, permite alcanzar “en el conjunto” de ellas un desfase del 0,4% del PIB, “o el establecido en la normativa europea cuando este fuera inferior”, al que, en todo caso, habría que restarle el que pueda arrojar la Seguridad Social.
Y, paralelamente, limita al 60% del PIB el nivel de endeudamiento que pueden soportar las instituciones con un reparto de topes que sitúa en el 44% el de la Administración central, en un 13% el de las comunidades y en un 3% el de las entidades locales. Las autonomías que superen ese límite en relación con la riqueza de su territorio “no podrá(n) realizar operaciones de endeudamiento neto”.
Esas reglas, teniendo en cuenta las magnitudes oficiales del PIB, tanto el estatal como los autonómicos que marca el INE (Instituto Nacional de Estadística), y su cruce con los registros del déficit que ofrece la IGAE (Intervención General de la Administración del Estado), indican que en 2018 el Gobierno central habría rebasado su límite de descuadre (0,4% del PIB) en 25.687 millones de euros, lo que le obligaría a reducirlo a menos de la sexta parte.
Eso, para el 2018, que fue el último ejercicio con los datos cerrados. En los tres primeros trimestres pasados, entre enero y septiembre de 2019, el déficit acumulado alcanzó los 50.067 millones de euros.
El descuadre sigue creciendo
En cuanto a las comunidades autónomas, el cruce de esos mismos datos dibuja tres grupos claramente diferenciados en el que destacan las cinco que cerraron el 2018 con superávit, caso de Asturias, Canarias, Galicia, Navarra y Euskadi.
Por el contrario, otras ocho (Aragón, Baleares, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Madrid y La Rioja) lo cerraron con déficit, aunque inferior al que permite la nueva norma, mientras las cuatro restantes rebasaban ese tope: Andalucía por 171 millones, Catalunya por 91, la Comunitat Valenciana por 1.131 (lo triplicó con creces) y Murcia por 292.
Varias comunidades seguían superando los niveles vigentes desde el comienzo de 2020 al cierre del mes de octubre de 2019, en algunos casos con peores registros que los del año anterior.
Los 420.000 millones de Rajoy
La homogeneidad es mayor en el apartado de la deuda: tanto la Administración central como las 17 comunidades autónomas superaban con claridad los límites que marca la reforma del 135 al finalizar 2018, según los datos del Banco de España.
El desfase superaba el medio billón de euros (518.286 millones) en el Gobierno central, donde los equipos económicos de Mariano Rajoy dejaron una profunda huella de 422.930 millones de endeudamiento (pasó de 743.043 a 1.165.973 entre el cierre de 2011 y la primavera de 2018), mientras rondaba los 15.000 millones en Andalucía, pasaba de 30.000 en la Comunitat Valenciana y se acercaba a los 50.000 en Catalunya.
La evolución del endeudamiento ha sido diferente en los nueve primeros meses de este año en función del tipo de Administración, ya que mientras la del Gobierno aumentaba en casi 27.000, la de las comunidades crecía en cerca de 5.000 (solo Baleares, Catalunya y Navarra la reducían ligeramente) y la de la Seguridad Social se incrementaba en más de 11.000, el de las entidades locales bajaba en más de 500.
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