Madrid
Actualizado:La patronal CEOE y CEPYME y los sindicatos UGT y CCOO han ratificado el acuerdo para un nuevo acuerdo para el empleo y la negociación colectiva (AENC) que establece una subida de salarios del 4% en 2023 y del 3% en 2024 y también 2025.
Un acuerdo que además del aumento de los salarios incluye toda una serie de recomendaciones a los negociadores de convenios colectivos.
Además de un alza salarial del 10% hasta 2025, también se han aprobado otras cuestiones relacionadas con la contratación, los procesos de incapacidad temporal, la jubilación parcial, formación e igualdad, entre otras claves del acuerdo.
Subidas salariales sin perder poder adquisitivo
Sindicatos y patronal recomiendan subidas salariales del 4% en 2023 y del 3% tanto para 2024 como para 2025. Un 10% en tres años. Para no perder poder adquisitivo, se incluye una cláusula de revisión salarial que, en caso de desviación de la inflación, podría implicar alzas adicionales de hasta el 1% para cada uno de los años del acuerdo (2023-2025), que se aplicarían al inicio del siguiente ejercicio.
Por ejemplo, si finalizado este año, el IPC interanual de diciembre de 2023 fuera superior al 4% de subida salarial recomendada, se aplicará un aumento adicional máximo del 1% con efectos desde el 1 de enero de 2024. Lo mismo ocurriría en los años 2024 y 2025 si el IPC fuera superior al 3% de subida salarial pactada para esos dos años.
¿Subidas para todos?
Según UGT, este nuevo pacto salarial "debe servir para impulsar la negociación colectiva de los 1.400 convenios pendientes" y llegará a las empresas y sectores "donde hay menos fuerza sindical".
En principio, el acuerdo llama a que los salarios suban en todos los sectores. La idea es que las directrices contenidas en el acuerdo puedan adaptarse en cada sector o empresa, cuyas situaciones son "muy desiguales" en crecimiento, resultados o incidencia del salario mínimo interprofesional (SMI), todo ello con el objetivo del mantenimiento y la creación de empleo.
De hecho, el acuerdo especifica que los negociadores de convenios colectivos deberán tener en cuenta las circunstancias específicas de su ámbito para fijar las condiciones salariales.
Sin embargo, este acuerdo salarial sirve de guía a empresarios y sindicatos pero no es de obligado cumplimiento. Por lo tanto, el acuerdo no garantiza una subida de sueldo para todos los trabajadores a los que ampara.
Perspectiva de género
Al mismo tiempo, los agentes sociales abogan por promover en los convenios una "racionalización" de las estructuras salariales, integrando los principios de transparencia retributiva y de igual retribución por trabajos de igual valor.
A tal fin, consideran "deseable" ordenar y simplificar los complementos salariales teniendo en cuenta la perspectiva de género. Asimismo, instan a que los sistemas de retribución variable cuenten con criterios objetivos y se establezca su peso en el conjunto de la retribución. Igualmente, apuntan que se podrán tener en cuenta fórmulas de retribución flexible en la negociación colectiva.
Teletrabajo, desconexión e inteligencia artificial
El acuerdo también se detiene en el teletrabajo e insta a los acuerdos o convenios colectivos a que lo desarrollen en las empresas. También le da un capítulo a la desconexión digital y pide que se regule este derecho en la negociación entre empresas y comités.
Y otra cuestión que está muy de moda ahora: los representantes de los empleadores y los trabajadores hacen un llamado a la contención en lo que respecta a la inteligencia artificial. "El uso de sistemas de IA en las empresas debe seguir el principio de control humano sobre la IA y ser seguro y transparente", dice el texto de la AENC.
Desarrollo de la reforma laboral
El acuerdo también contiene recomendaciones en materia de contratación que hacen los agentes sociales están directamente ligadas a la reforma laboral que acordaron con el Gobierno.
De este modo, tras constatar los "buenos resultados" de la reforma laboral hasta la fecha, consideran que los convenios colectivos deben contribuir a seguir en esta dirección fomentando la estabilidad en el empleo y el uso adecuado de las modalidades contractuales, desarrollando los distintos llamamientos que la norma hace a la negociación colectiva.
Con el propósito de mantener un sistema de contratación que genere estabilidad, los agentes sociales consideran que el contrato a tiempo parcial indefinido puede ser una herramienta adecuada para atender las necesidades de flexibilidad de empresas y trabajadores.
Asimismo, CCOO, UGT, CEOE y Cepyme sostienen en el acuerdo que la jubilación parcial y el contrato de relevo "deben seguir siendo un instrumento adecuado para el mantenimiento del empleo y el rejuvenecimiento de las plantillas".
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