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Así es el nuevo subsidio por desempleo: requisitos, dudas e incompatibilidades

Estas son las novedades de la ayuda de la Seguridad Social a los parados que han agotado la prestación contributiva por desempleo, que entrará en vigor en noviembre.

En las oficinas y en la web del SEPE podrás informarte sobre el nuevo subsidio por desempleo.
En las oficinas y en la web del SEPE podrás informarte sobre el nuevo subsidio por desempleo. Eduardo Parra (EP)

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la esperada reforma del subsidio por desempleo, que entrará en vigor en noviembre. Firmada por el Ministerio de Trabajo y los sindicatos CCOO y UGT, estas son las novedades que presenta el texto, así como los requisitos y las incompatibilidades para recibir una ayuda destinada a los parados que han agotado la prestación contributiva por desempleo. A continuación, te explicamos las claves y resolvemos tus dudas.

¿Puedo recibir el subsidio por desempleo?

Sí, en el caso de que hayas agotado la prestación contributiva por desempleo, no hayas cotizado lo suficiente para poder acceder a la citada prestación o tengas más de 52 años.

¿Cuánto tiempo dura el subsidio por desempleo?

Si cumples los requisitos anteriores, podrás cobrar esta prestación asistencial o no contributiva durante treinta meses.

¿Cuánto voy a cobrar?

Unos 480 euros mensuales, el equivalente al 80% del indicador de rentas múltiples (IPREM), que el año pasado estaba fijado en catorce pagas de 600 euros. El IPREM se actualiza cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, pero en 2024 la cuantía será similar porque estos se han prorrogado.

"A mí me han dicho que se cobra más"

Sí, pero solo los primeros seis meses. Durante ese medio año, cobrarás unos 570 euros mensuales, noventa más que hasta ahora, el equivalente al 95% del IPREM. Sin embargo, los seis meses siguientes ingresarás 540 euros (el 90% del IPREM) y, a partir de entonces, 480 euros (el 80% del IPREM), hasta completar un máximo de treinta meses.

¿Qué pasa si tengo más de 52 años?

Cobrarás 480 euros, pues el subsidio para mayores de 52 años se mantiene en el 80% del IPREM. Además, tu cotización por jubilación seguirá siendo el 125% de la base mínima vigente en cada momento, pues finalmente no se ha aprobado la eliminación progresiva de la sobrecotización, como estaba previsto al inicio.

¿Quiénes se benefician ahora del nuevo subsidio por desempleo?

Los menores de 45 años sin responsabilidades familiares, los trabajadores eventuales agrarios, las personas trabajadoras transfronterizas de Ceuta y Melilla y quienes acrediten periodos cotizados inferiores a seis meses y carezcan de responsabilidades familiares.

¿Qué pasa si soy víctima de violencia de género?

También podrás recibir el nuevo subsidio por desempleo. No será necesario haber cotizado y podrá compatibilizarse con un trabajo y con otras prestaciones. Aquí te explicamos los detalles.

¿Y si soy un emigrante retornado?

También podrás figurar como receptor o receptora, al igual que las víctimas de violencia de género, del nuevo subsidio por desempleo. Esta es otra de las novedades de la reforma.

¿Qué sucede si también cobro el subsidio agrario?

Es posible compatibilizar los subsidios agrarios de Andalucía y Extremadura con los del régimen general. Además, se reduce el número de jornadas reales requeridas para acceder a los subsidios agrarios.

Otra de las novedades es la equiparación de las cuantías de los subsidios de personas con contrato a tiempo parcial y completo, una medida que beneficia sobre todo a las mujeres.

¿Puedo cobrar el subsidio y trabajar al mismo tiempo?

Sí, siempre y cuando el período de trabajo no exceda los 180 días. Es decir, podrás recibir el subsidio mientras trabajas por cuenta ajena, a tiempo completo o parcial, sin que se vea reducida su cuantía.

Si trabajas a tiempo completo, los tres primeros meses cobrarás 480 euros (el 80% del IPREM), aunque la cifra irá decreciendo en función de las características del empleo y del paso del tiempo.

Además, a partir de 2025, la reforma del subsidio por desempleo amplía esta compatibilidad del trabajo a la prestación contributiva, una vez transcurrido el primer año del cobro de la prestación, siempre que el salario no supere los 18.900 euros brutos anuales.

¿Cuándo puedo empezar a cobrar el nuevo subsidio por desempleo?

Respecto a los trámites establecidos para percibir la ayuda, el período de reconocimiento se reduce a un trimestre. Por lo tanto, se mejora la accesibilidad al subsidio, ya que se suprime el mes de espera tras agotar la prestación contributiva para presentar la solicitud de subsidio.

Hay que tener en cuenta, en todo caso, que la prestación estará vinculada a un itinerario personalizado de activación para el empleo.

"Lo siento, pero no me ha quedado claro"

En la web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) podrás consultar tu caso particular y consultar todas tus dudas. Aquí encontrarás toda la información detallada sobre las prestaciones: trámites, documentación necesaria, cálculo del dinero que percibirás, etcétera.

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