Este artículo se publicó hace 8 años.
Los hogares españoles destinan una cuarta parte de su presupuesto a pagar la hipoteca o el alquiler
Para pagar la renta del alquiler los inquilinos dedican anualmente 7.061,65 euros, mientras, los propietarios destinan 5.899,06 para su préstamo hipotecario
MADRID.- Los hogares españoles destinan el 23,58% de su presupuesto familiar anual al pago de la cuota hipotecaria o de la renta de alquiler, según el estudio presentado este jueves por la web pisos.com, basado en la última Encuesta de Presupuestos Familiares del Instituto Nacional de Estadística (INE).
Las conclusiones apuntan que vivir de alquiler deja a las familias españolas menos dinero disponible para otros gastos, ya que requiere una media del 25,71% del presupuesto, mientras que el pago una hipoteca media exige destinar un 21,46%.
De esta manera, con una renta media de 27.419,52 euros anuales, un alquiler obliga a los inquilinos a desembolsar 7.061,65 euros al año, lo que supone una cuota mensual de 612 euros. El importe para los propietarios es de 5.899,06 euros, que corresponde a una mensualidad de 492 euros, lo que les permite ahorrar 120 euros mensuales y 1.162,59 anuales.
Las comunidades autónomas donde se gasta más en alquiler son País Vasco (34,36% del presupuesto), Madrid (35,89%), Baleares (30,45%) y Comunidad Valenciana (30,34%). Las rentas más económicas las afrontan los castellanomanchegos (21,09%), los gallegos (21,24%), los navarros (21,70%) y los cántabros (22,09%).
Por su parte, los propietarios destinan mayor parte de su presupuesto en País Vasco (31,77%), Baleares (27,22%), Madrid (24,43%) y Cantabria (23,64%), mientras que los que menos destinan a la hipoteca son los castellanomanchegos (14,95%), los navarros (16,53%), los murcianos (16,97) y los aragoneses (17,94%).
El director general de pisos.com, Miguel Ángel Alemany, ha explicado que la renta del alquiler suele ser más alta que la cuota hipotecaria porque lleva imputados gastos como la comunidad, ciertos impuestos y tasas. No obstante, señala que en el caso de las viviendas en propiedad, "el pago mensual del préstamo está exento del desembolso inicial relativo a la cantidad no financiada, gestoría, notaría, etc.".
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