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La edad de jubilación sube a 66 años y cuatro meses para quien tenga menos de 38 años cotizados
El sistema público de previsión estrena este año los recargos del Mecanismo de Equidad Intergeneracional y el nuevo formato de cotizaciones en función de los ingresos para los trabajadores autónomos.
Zaragoza-
La jubilación ordinaria a los 65 años se acaba para quienes tengan cotizados menos de 38 años. De hecho, 2023 será el último año en el que pueda hacerse, ya que será necesario disponer de una carrera de cotización de un mínimo de 37 años y nueve meses para poder retirarse con la edad de referencia del último siglo, ya que fue establecida en 1919, y una vez acabado el año se añadirá otro trimestre para poder hacerlo sin recortes en la prestación.
Ese requisito supone que para acceder a la jubilación ordinaria a los 65 años sin merma en la paga será necesario llevar trabajando, como mínimo, desde el mes de abril de 1985 para quienes ejerzan ese derecho en diciembre de 2023 y desde mayo de 1984 para quienes pretendan hacerlo en enero.
El programa de retraso de la edad de jubilación de los 65 a los 67 años que se desarrolla entre 2013 y 2027 establece la ordinaria para 2023 en los 66 años y cuatro meses a menos que se disponga de una carrera de cotización de 37 años y nueve meses, situación que permite retirarse a los 65.
Ese nuevo límite temporal sitúa en 64 años y cuatro meses el inicio de la franja en la que se puede acceder a la jubilación anticipada voluntaria (63 si se tienen cotizados 37 y 9, y siempre con un mínimo de 33) y en 62 y 4 el periodo de protección para el retiro anticipado involuntario (61 con la carrera larga), es decir, por causas ajenas a la voluntad del trabajador, que normalmente suelen radicar en un despido.
La reducción de las prestaciones oscila entre un 2,8% y un 21% en el caso de las voluntarias, porcentaje que se calcula en función de los meses de adelanto sobre la edad ordinaria y los periodos de cotización acumulados, mientras que en el caso de la involuntaria la franja va del 0,5% al 30%. Paralelamente, el retraso sobre la edad ordinaria conlleva una prima del 4% por año.
Más de diez millones de pensionistas contributivos
En la última década, y coincidiendo con la implantación del programa de retraso, la edad real de jubilación de los trabajadores españoles ha aumentado un año, desde los 63,9 de 2012 a los 64,8 de mediados de 2022, según los datos del Informe Económico Financiero de la Seguridad Social incluido en los Presupuestos Generales del Estado.
Las pensiones contributivas tendrán a partir de enero una subida histórica del 8,5% como consecuencia del desmesurado aumento del IPC, mientras que para las no contributivas la revisión será del 15%. Esa revisión situará la pensión media del sistema contributivo en 1.187 euros por paga, mientras que la de jubilación se elevará a 1.365, la de incapacidad llegará a 1.122 y la de viudedad alcanzará los 847, según resulta de aplicar la subida del 8,5% a los promedios calculados por la Seguridad Social sobre las prestaciones de noviembre.
La subida no evitará, no obstante, que casi tres millones de jubilados sigan teniendo que pasar el mes con menos de mil euros y que más de dos millones continúen viviendo por debajo del umbral de la pobreza al no alcanzar su prestación los 800.
Las previsiones de la Seguridad Social apuntan a que el año que viene, y a la espera de conocer los efectos reales que pueda tener en la nómina la subida por su "efecto llamada" a adelantar la jubilación ante la oportunidad de paliar con ella las penalizaciones por anticiparla, el número de pensionistas se consolidará por encima de los diez millones, con casi dos tercios de ellos (6,37) como jubilados, a los que se sumarán 2,3 millones de viudas y casi uno de afectados por incapacidades laborales.
Esa nómina récord de pensionistas situará el coste de las pensiones en 209.165 millones de euros, el grueso de los cuales (196.399, 93,8%) se destinará al pago de las prestaciones incluyendo las no contributivas (7.498).
La asistencia sanitaria tiene presupuestada una partida de 1.890 millones de euros y los servicios sociales otra de 3.791, mientras los 7.144 restantes se dedican a gastos de funcionamiento.
Por la parte de los ingresos, la mayor aportación procede del capítulo de las cotizaciones, que supondrán un montante de 152.075 millones y que dejarán el desfase con las prestaciones contributivas en 36.765.
El desequilibrio será cubierto por una aportación de 38.904 del Gobierno, a la que se añade un capítulo de otros por valor de 18.116 y que incluye desde sanciones a enajenaciones patrimoniales, entre otros conceptos.
Novedades en las cotizaciones: MEI y autónomos
Las cotizaciones sociales subirán el año que viene en todos los regímenes como consecuencia de la aplicación del MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional), el sistema diseñado para afrontar la jubilación de los baby boomers y recuperar la hucha de las pensiones tras su vaciado durante los gobiernos de Mariano Rajoy.
Básicamente, el mecanismo, con el que el Ministerio de Inclusión que dirige José Luis Escrivá pretende recaudar 50.000 millones en una década, consiste en un recargo del 0,5% en la cuota empresarial por contingencias comunes, que pasará a ser del 24,1% del salario, y en otra de un 0,1% en la del trabajador, que se situará en el 4,8%, mientras para los autónomos ese 0,6% se aplica íntegramente sobre esa parte de la cuota, que alcanzará el 28,9% de la base.
Las cuotas de los autónomos tendrán a partir de enero notables variaciones con la entrada en funcionamiento del sistema de cotización en función de los ingresos declarados, que contempla doce tramos por encima del SMI (Salario Mínimo Interprofesional, 1.166 euros mensuales) y tres por debajo de él, admite hasta seis cambios de tramo en función de cómo evoluciona el negocio durante el año y prevé un descuento del 7% de los rendimientos en concepto de "gastos generales".
Las regularizaciones de los autónomos
El nuevo sistema, para el que la Seguridad Social ha habilitado un simulador, incluye una regularización anual que realizará la Tesorería con los datos que le facilite la Agencia Tributaria sobre los ingresos de los autónomos.
"Si la cuota elegida durante el año resultase inferior a la asociada a los rendimientos", advierte el Seguro, "se notificará al trabajador el importe de la diferencia" para que lo pague "antes del último día del mes siguiente" al aviso.
Por el contrario, si fuera "superior a la correspondiente a la base máxima del tramo" el proceso se prolongará bastante más, ya que el reintegro del exceso se producirá "antes del 30 de abril del ejercicio siguiente a aquél en el que la correspondiente Administración Tributaria haya comunicado los rendimientos computables", es decir, antes de que termine abril de 2025 para la actividad de 2023.
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