Este artículo se publicó hace 2 años.
Así funciona el 'paraíso fiscal' de Ayuso para los más ricos, a los que 'regala' 5.000 millones cada año
La Comunidad de Madrid mantiene un amplio catálogo de beneficios tributarios para las grandes fortunas.
Zaragoza--Actualizado a
La Comunidad de Madrid ha acabado en la práctica por convertirse en una especie de paraíso fiscal para las grandes fortunas y las rentas más magras. Todo como consecuencia de un sistema de tributación que acaba dispensándoles cada año de pagar más de 5.000 millones de euros en impuestos a base de beneficios fiscales concentrados en el pequeño segmento de la población que integran los 45.103 vecinos que declaran ingresar más de 150.000 euros y los 4.192 que admiten tener un patrimonio superior a los seis millones de euros.
Aunque tampoco puede descartarse de entrada que, en realidad, los superricos madrileños sean más de los que recoge ese censo oficial de la Agencia Tributaria, basada en las declaraciones presentadas para liquidar un Impuesto sobre el Patrimonio abolido de hecho en Madrid al bonificar el 100% de la cuota, y que sus beneficios fiscales resulten mayores. De hecho, lo que acaba habiendo en Madrid es una aparente escasez de potentados.
¿A qué puede responder que, pese a tratarse de comunidades de peso económico y demografía parejas, el número de ricos catalanes (82.465 declarantes) cuadruplique con creces al de los madrileños (19.508, aunque solo deben declararlo quienes tienen más de dos millones), que siempre serían 4.300 menos que los de la Comunitat Valenciana (23.892) y no muchos más que los de Andalucía (18.997)?
¿Cómo es que la fortuna media de un rico madrileño alcanza los 10,1 millones cuando solo los gallegos, con 5,9, superan los tres y medio? ¿Por qué la renta media anual de un potentado madrileño se acerca al medio millón (477.805), casi el triple del promedio estatal?
¿Es que en Madrid solo viven en realidad unos pocos superricos, mientras el 99,7% del censo se reparte entre las clases media y baja, sin estratos de transición? ¿Acaso se funden todo lo que ganan, sin adquirir bienes materiales ni efectuar inversiones en Madrid, el grueso de los más de 45.000 residentes en ese territorio cuyos ingresos superan los 150.000 euros anuales?
La llamativa escasez oficial de ricos en Madrid
"Es curioso que se presenten menos de 20.000 declaraciones cuando en Catalunya hay más de 80.000. Los datos de la Agencia Tributaria se basan en las declaraciones presentadas, pero, ¿cuántas no se han presentado?", señala Ransés Pérez Boga, presidente de la Asociación Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE), que muestra sus sospechas acerca de un elevado volumen de escaqueo fiscal en Madrid, aunque en este caso sus efectos sean más censales que pecuniarios.
"Si no se presentan esas declaraciones, quien debe ejercer las competencias de control es la Comunidad de Madrid, pero, ¿qué interés puede tener en que se presenten si no va a obtener ningún beneficio? ¿Qué Administración va a estar interesada en desarrollar esa labor de inspección?", plantea.
En cualquier caso, despejar esas dudas sobre el censo real de los ricos madrileños resultaría clave para determinar la magnitud real de las ventajas fiscales de las que se benefician las grandes fortunas en esa comunidad, cuyos Gobiernos conservadores han hecho bandera de ese peculiar régimen tributario, del que aseguran que tiene como consecuencia una elevada atracción de riqueza, actividad y empleo, aunque la magnitud de esta nunca ha podido ser medida.
"Lo que Madrid acredita como rebajas fiscales supera los 5.000 millones al año. Las del Impuesto de Patrimonio suponen el 20% de esa cifra y tienen como principales beneficiarios a los casi 500 (474) que declaran tener más de treinta millones de euros", explica el economista Carlos Sánchez Mato, que se refiere a los sistemas de este tipo como "guaridas fiscales que muestran la diferencia entre las clases dominantes y el resto, con unos desequilibrios que acaba financiando el resto del sistema".
Los propios presupuestos de la Comunidad de Madrid cifran sus beneficios fiscales, a salvo de la eventual calibración errónea por lo bajo de los que se aplican en realidad en el Impuesto de Patrimonio, en 5.479,25 millones de euros para este año, con el grueso en Sucesiones y Donaciones (3.749, 68,3%) y cifras menos elevadas en el IRPF (872) y en Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (66,2), amén de dar por buenos los 992 que oficialmente se anotan en el tributo que grava, aunque no en Madrid, la posesión de fortunas, cuyos descuentos admitidos suman 7.902 millones de euros en la década transcurrida entre su recuperación en 2011 y el ejercicio de 2020, que es el último con datos.
¿En qué consisten esos beneficios fiscales para los más ricos?
El catálogo de ventajas fiscales paras las rentas y patrimonios más elevados incluye, tal y como recoge la normativa tributaria de la comunidad y sistematiza el Consejo General de Economistas en su Panorama de Fiscalidad Autonómica, reducciones del 95% de la base del impuesto de Sucesiones para heredar viviendas y también para bienes integrados en el patrimonio histórico o cultural siempre que se mantenga durante cinco años, esto último más bien inusual entre el común de los ciudadanos, a lo que se añaden después bonificaciones en las cuotas finales a pagar que alcanzan el 99% en el caso de los hijos.
Paralelamente, en el de Impuesto de Donaciones la normativa madrileña contempla exenciones del 100% para las de hasta 250.000 euros entre ascendientes y descendientes que tengan como finalidad financiar la compra de una vivienda destinada a ser usada como residencia habitual o la adquisición de acciones y participaciones en empresas y negocios, a lo que se suma otra del 99% para las donaciones de dinero no finalistas efectuadas en cuentas bancarias y documentadas.
A esas bonificaciones, cuyas cuantías máximas alcanzan a cifras inusuales entre quienes perciben rentas medias y bajas, se les añade la rebaja de un punto (del 7% al 6%) del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la adquisición de viviendas y su recorte al 2% cuando la casa se traspasa a una inmobiliaria para que la venda.
"Este tipo de medidas suponen un combo demencial que origina un trato diferencial que beneficia y privilegia a los más enriquecidos, y que despoja a los impuestos de su función básica de redistribución", señala Sánchez Mato.
Las particularidades del IRPF madrileño
En el caso del IRPF, "Madrid tiene la escala de gravamen más baja de España, con la que cierra un cúmulo de atractivos que incluye una bonificación del 100% para el patrimonio y el tratamiento fiscal más favorable para la renta que genera ese patrimonio", destaca Pérez Boga.
En este sentido, el tramo superior de Madrid empieza en 53.507 euros, sin tratamiento específico para los alrededor de 300.000 contribuyentes que perciben rentas superiores como ocurre en la parte estatal del tributo y como aplica la mayoría de las comunidades autónomas, y se le aplica una cuota del 20,5% (rebajada este año) que deja el límite máximo (con el estatal) en el 43%, lo que conlleva una presión fiscal hasta cinco puntos inferior a la de territorios como Andalucía, Asturias, Cantabria, Catalunya, la Comunitat Valenciana, Extremadura o La Rioja.
De esa menor presión fiscal, no obstante, solo se benefician los contribuyentes madrileños que ingresan más de 57.507 euros brutos al año; las rentas inferiores tienen el mismo tratamiento que en el resto de España: tributan a reglamento más allá de las bonificaciones particulares a las que puedan acceder por sus situaciones familiares.
La normativa madrileña sobre el IRPF incluye otras rebajas diseñadas con la vista puesta en las clases acomodadas, caso de la deducción del 20% (con un límite de 400 euros anuales) de las cotizaciones a la Seguridad Social por los empleados domésticos (30% para familias numerosas) o la del mismo porcentaje, en este caso con un límite de 10.000 euros, por el dinero destinado a la compra de "acciones correspondientes a procesos de ampliación de capital o de oferta pública de valores" de "empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil" con sede en Madrid siempre que la participación no supere el 10% el capital social de la misma ni se trate de socimis.
Por último, el cartapacio de rebajas fiscales madrileñas también plantea deducciones del 15% por los gastos en escolarización, del 10% por los dedicados a la enseñanza de idiomas y del 5% en la "adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar", un uso ajeno a los centros públicos, y otras del 15% por donaciones a fundaciones y a "clubes deportivos elementales y básicos", lo que puede incluir, en función de los estatutos de la entidad en cuestión, actividades generales pero también otras más restringidas como la hípica o el golf.
"Un impuesto sobre el patrimonio, pero no sobre todo el patrimonio"
"Los territorios no contribuyen, quien lo hace son las personas que viven en ellos en función de sus rentas", plantea el economista, que anota que "lo que está atrayendo Madrid no es riqueza, sino a gente que se empadrona para heredar más barato. Pero, ¿en qué beneficia eso al resto de los madrileños o al Estado?".
Esas prácticas generan un boquete en la disponibilidad de recursos de la Comunidad de Madrid, ya que las actuales normas de la financiación autonómica imputan las rebajas fiscales al 25% de la recaudación de cada territorio (excepto los cuatro forales) que no van al fondo común desde el que después se redistribuye el 75% de la recaudación; es decir, que reduce los recursos de los que dispone, con los evidentes riesgos asociados de infrafinanciación de los servicios públicos que ello conlleva.
En este sentido, el informe de los sabios del Ministerio de Hacienda, que debía servir como base para una reforma fiscal que ya se da por aplazada en la mayoría de sus aspectos, propone modificar el sistema de tributación de las herencias para hacerlo más progresivo y cambiar la regulación de Patrimonio y su coordinación con el IRPF de manera que a los millonarios les saliera a pagar cada año entre un 0,5% y un 1% del valor de sus fortunas con un máximo situado en una horquilla del 30% al 60% de sus ganancias.
"Es un impuesto sobre el patrimonio, pero no sobre todo el patrimonio, ya que se trata de un tributo muy vulnerable a la planificación fiscal que permite que entre el 70% y el 80% de la propiedad de las empresas quede al margen", explica Pérez Boga, que reclama "reformarlo para que sea progresivo y para replantear beneficios como los que se aplican a la empresa familiar", concepto en el que ahora mismo encajan Inditex, que se disputa con Iberdrola el título de mayor empresa de España por su valor de capitalización bursátil, y algunas sociedades anónimas deportivas que gestionan equipos de fútbol de élite.
"Los que más tienen no están tributando por el patrimonio que poseen porque está exento en gran medida", añade el inspector. A eso se la añade que el rendimiento de la propiedad de esas empresas teóricamente familiares tributa en toda España como el del ahorro, con lo que la presión fiscal nunca pasa del 26%, en lugar de hacerlo como un ingreso general, con el que coincide en mayor medida su configuración y que, en cambio, puede ser gravado con hasta un 45% en función de su cuantía.
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