Este artículo se publicó hace 6 años.
Gerard PiquéPiqué acepta una multa de 48.000 euros por conducir sin puntos en el carné
En un juicio rápido celebrado en el juzgado de instrucción número 27 de Barcelona, el jugador del FC Barcelona se ha conformado con una pena de multa y ha saldado así la causa que tenía abierta por un delito contra la seguridad del tráfico.
Barcelona-Actualizado a
El titular del Juzgado de Instrucción 27 de Barcelona ha condenado al futbolista del FC Barcelona Gerard Piqué a pagar una multa de 48.000 euros al considerarle culpable de un delito contra la seguridad vial por conducir sin puntos del carné.
En la sentencia, recogida por Europa Press, dictada de conformidad con el propio futbolista, el juez le condena por un delito del artículo 384.1 del Código Penal, como autor responsable de un delito contra la seguridad vial por conducción en caso de pérdida de vigencia de permiso por pérdida total de puntos.
El jugador ha comparecido en el Juzgado junto a su abogado, donde ha permanecido unos 15 minutos, y se ha negado a hacer declaraciones a la prensa a su llegada y su salida, pese a la amplia presencia mediática, y tras admitir los hechos, el juez Francisco Javier Paulí ha dictado una sentencia de conformidad, imponiendo la pena solicitada reducida en un tercio.
En el juzgado se ha celebrado un juicio rápido tras citar a Piqué en calidad de investigado, ya que el jugador ha admitido los hechos, y por lo tanto la sentencia dictada es firme.
Los hechos probados según la sentencia son que, a las 14.05 horas del 31 de agosto de 2018, la Guardia Urbana paró a Piqué cuando conducía su coche por el paseo de Gràcia por haber cometido una infracción de tráfico.
Según la sentencia, el jugador conducía "pese tener conocimiento de que no podía hacerlo, por pérdida de vigencia del permiso de conducir por haber agotado el saldo total de los puntos" por un expediente del 13 de julio de 2017.
Se publicó en el BOE
Se le notificó inicialmente la resolución publicándola en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 12 de diciembre de ese año, al no habérselo podido notificar por correo, y el 9 de marzo de 2018 la Urbana le informó de la situación en persona e intervino el permiso, por lo que el jugador sabía que no podía circular.
La sentencia recoge que el inicio de la pérdida de vigencia tuvo lugar el 13 de diciembre de 2017 y que, a partir del 14 de junio de 2018, Piqué pudo haber obtenido una nueva autorización, previa realización de un curso de sensibilización y reeducación vial y la superación de una prueba de conocimientos.
La Fiscalía solicitaba una pena de 12 meses de multa a 200 euros diarios (72.000 euros), con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y costas del procedimiento, pero al conformarse el jugador con los hechos que se le imputaban, el juez le ha impuesto una condena inferior a la solicitada, de ocho meses de multa (48.000 euros).
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