Este artículo se publicó hace 13 años.
El Supremo aplaza a enero el juicio a Garzón por las escuchas de la 'Gürtel'
El Alto Tribunal tramitará juntas las recusaciones de seis de los siete magistrados previstos para juzgarle
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha aplazado al 17 de enero el primer juicio que se celebrará contra Baltasar Garzón. Estaba previsto que se le juzgara el 29 de noviembre por haber ordenado la intervención de las conversaciones de los imputados presos en el caso Gürtel, pero los dos incidentes de recusación que ha interpuesto, contra seis de los siete magistrados previstos para juzgarle, ha hecho imposible mantener la fecha.
Las acusaciones, que ejercen los principales imputados en la trama corrupta, Francisco Correa y Pablo Crespo, y el exfiscal Ignacio Peláez, que defiende al también imputado en el caso Gürtel José Luis Ulibarri, piden hasta 17 años de inhabilitación para Garzón por los delitos de prevaricación y contra las garantías constitucionales por haber ordenado la intervención de las comunicaciones de los encausados que estaban en prisión, incluidas las que mantuvieran con sus abogados.
El juez logra una victoria al obligar al TS a cambiar su organización
En sendas providencias, la Sala que admitió a trámite la querella de Peláez, que dio origen al procedimiento, ha puesto una nueva fecha para la vista oral de Garzón y ha reorganizado la tramitación de los incidentes de recusación.
Señala que el interpuesto contra Manuel Marchena, por entrar a formar parte del tribunal juzgador y ser también instructor del caso de los cobros de Nueva York, se resolverá a la vez que el presentado a principios de mes contra el presidente de la Sala Segunda, Juan Saavedra, y los magistrados Julián Sánchez Melgar, José Ramón Soriano, José Manuel Maza y Perfecto Andrés Ibáñez.
Para ello, se dará traslado al fiscal y a las partes personadas en el procedimiento Peláez, Correa y Crespo para que informen también de la recusación planteada contra Marchena.
Desde enero, la Sala que admita a trámite una querella no resolverá recurso
El Ministerio Público ha apoyado el primer incidente, el interpuesto contra la Sala de Admisión, al entender que se contaminó al resolver los recursos de la defensa y refrendar la instrucción realizada por Alberto Jorge Barreiro. Se remite constantemente al auto del pasado 20 de junio de la Sala del 61 que estimó la recusación presentada contra otros cinco magistrados en la causa de los crímenes del franquismo, un procedimiento cuya instrucción acabó hace un año y medio y que todavía no tiene fecha para juicio.
La Fiscalía, además, es tajante respecto al artículo que Perfecto Andrés Ibáñez publicó en la revista de Jueces para la Democracia de julio. "La simple lectura del artículo evidencia que se contienen en el análisis que se efectúa prejuicios suficientes para considerar concurrente cualquiera de las causas" previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial "y justificar su no participación en el enjuiciamiento", señala el Ministerio Público.
Ahora queda ver su opinión respecto a la recusación de Marchena. La propia defensa es consciente de que es "insólita", pero también, claro, de que la situación que vive Garzón no tiene precedentes. Es el primer aforado con tres procedimientos abiertos simultáneamente en el Tribunal Supremo por prevaricación.
Garzón se enfrenta a 17 años de inhabilitación por acordar las escuchas
Imposible de prever en ley
Por eso era imposible que el legislador previera en una norma una situación que difícilmente se produce en los tribunales españoles: que el instructor de un procedimiento contra un imputado pueda juzgarle en otro. El abogado de Garzón en esta causa, Francisco Baena Bocanegra, apelaba a las "dudas y recelos" que suscita la situación. La instrucción del caso del patrocinio de los cursos que impartió Garzón en Nueva York se encuentra a la espera de los resultados de una comisión rogatoria a Estados Unidos, al dudar Marchena de los datos ofrecidos por el imputado y la Universidad que le contrató.
Cuando las partes informen sobre este incidente, se dará traslado a los magistrados recusados para que digan si aceptan apartarse o se niegan. Aunque el instructor de las recusaciones podría rechazarlas, si no cumplen algún requisito formal, al estar dirigida contra más de un magistrado, su resolución corresponde a la Sala del 61, que ya estimó la presentada por los crímenes del franquismo.
Pese al negro panorama que se le presenta, Baltasar Garzón puede darse por satisfecho. Ha conseguido un pequeño triunfo, aunque él no pueda beneficiarse del mismo. Con sus recusaciones ha logrado que el Supremo modifique sus normas de organización para evitar que la Sala de Admisión se vea contaminada de cara al juicio.
Una victoria que parecía aún más difícil, si se tiene en cuenta que el pasado 4 de octubre el pleno de la Sala de lo Penal rechazó la abstención presentada por el propio Perfecto Andrés Ibáñez, que entendía que se había contaminado al resolver los recursos. Sólo cuatro de sus compañeros le apoyaron.
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