Este artículo se publicó hace 14 años.
La doctrina Parot retrasa la libertad de Miguel Ricatt
El asesino de las niñas de Alcàsser saldrá de prisión en 2023 en lugar de en 2011
El preso Miguel Ricart, condenado a 170 años de prisión por el triple crimen de las niñas de Alcàsser, saldrá de prisión en enero de 2023 en aplicación de la doctrina Parot, que aplica los beneficios penitenciarios sucesivamente a cada condena y no sobre el máximo de 30 años de cumplimiento.
Así lo ha acordado la Sección Segunda de la Audiencia de Valencia a través de un auto hecho público, en el que decide aplicar el nuevo sistema de redenciones de pena que el Tribunal Supremo estableció en el caso del preso de ETA Henri Parot, y que en este caso evita que Ricart sea excarcelado el 22 de mayo de 2011.
Se le ha aplicado la doctrina Parot tras el recurso de Clara Campoamor
El 5 de septiembre de 1997, Ricart fue condenado a un total de 170 años de prisión como autor de tres delitos de asesinato y cuatro delitos continuados de violación en concurso con tres delitos de rapto.
El acusado fue juzgado y condenado por el Código Penal de 1973, que recoge, entre otras medidas, un día de descuento de condena para el preso por cada dos de trabajo.
Según este sistema de cómputo, Ricart habría cumplido su pena en mayo del próximo año, pero la asociación Clara Campoamor interpuso un recurso para que se aplicara la doctrina Parot, el cual fue respaldado por el Ministerio Fiscal.
La doctrina Parot
Este principio legislativo, la doctrina Parot, es el nombre con el que se conoce la sentencia del Tribunal Supremos de España, dictada el 28 de febrero de 2006, por la cual la reducción de penas por beneficios penitenciarios (tales como trabajo o estudios) se aplica respecto de cada una de ellas individualmente y no sobre el máximo legal permitido de permanencia en prisión, que, según el Código Penal de 1973, es de 30 años.
Esta sentencia fue la resolución a un recurso del miembro de la organziación terrorista ETA, Henri Parot Navarro.
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