Este artículo se publicó hace 15 años.
El Consejo Fiscal carga contra la Ley del Aborto
La mayoría conservadora ve inconstitucionales los plazos
El Consejo Fiscal se partió ayer en dos para emitir su opinión sobre el anteproyecto de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción del Embarazo. La mayoría del Consejo cree que el aborto libre dentro de las primeras 14 semanas no es constitucional, mientras que la minoría, en la que se incluye el fiscal general, Cándido Conde Pumpido, opina lo contrario.
De hecho, la Fiscalía General del Estado informó ayer de que hoy elevará dos informes al Ministerio de Justicia: uno, a propuesta de la mayoría de sus miembros, los seis vocales de la conservadora Asociación de Fiscales, y otro firmado por los cinco restantes, de carácter progresista.
Los progresistas piden instar a las menores a informar a sus padresLa mayoría ve indicios de inconstitucionalidad en la ley de plazos, amparándose en una sentencia del Tribunal Constitucional de 1985, según explicó el presidente de la Asociación de Fiscales, Guillermo García-Panasco.
En cambio, el dictamen de la minoría, entre los que además del fiscal general está el teniente fiscal del Tribunal Supremo y los tres vocales pertenecientes a la Unión Progresista de Fiscales, no presenta dudas sobre la constitucionalidad de las 14 semanas, según consta en el texto al que ha tenido acceso este periódico.
Este grupo entiende que el Pleno del Constitucional dejó claro en la sentencia dictada en 1985, que "el número y la intensidad de los requisitos y garantías van incrementándose en proporción directa a la proximidad cronológica del instante del nacimiento o, lo que es lo mismo, al grado de desarrollo de la gestación". A pesar de ello, pide a los legisladores que concreten en el preámbulo las razones por las que se ha decidido que el plazo para abortar libremente sean 14 semanas. Lo mismo exige respecto al límite de 22 semanas que se establece para abortar por "causas médicas".
Los fiscales creen que el plazo de tres días busca la constitucionalidadEn el mismo asunto, el informe aprueba la decisión del Gobierno de introducir un plazo de tres días para que la mujer pueda leerse la información proporcionada sobre las ayudas a la maternidad para ajustarse a la doctrina constitucional. Para los expertos, "la Constitución no permitiría que la mujer decidiera unilateralmente apoyándose en un supuesto derecho a la libre disposición de su cuerpo, puesto que además de su cuerpo existe otra vida constitucionalmente protegida que ha de tomarse en consideración". Para que la decisión de la mujer sea ponderada, la información resulta básica a ojos de los fiscales progresistas.
Informar a los padresEl presidente de la Asociación de Fiscales, Guillermo García-Panasco, aseguró que en lo que sí hubo acuerdo en el Consejo Fiscal fue en la necesidad de que los padres no queden al margen y puedan intervenir en el caso de que las menores de 16 y 17 años se estén planteando abortar. Pero en este polémico punto el que permite que las jóvenes puedan interrumpir su embarazo sin consentimiento paterno, los fiscales progresistas matizan sus propuesta.
La minoría del Consejo quiere aclarar cómo se forman los comitésEl grupo en el que está Conde-Pumpido apuesta por que las menores no estén obligadas a comunicar la decisión a sus padres, pero consideran "conveniente y hasta exigible, en términos de optimización de las garantías constitucionales, adoptar especiales medidas de información y asistencia que permitan a la menor afrontar su responsabilidad con garantías suficientes".
Por ello, recomiendan que en el sobre cerrado que se ofrezca a la gestantes menores se incluya una invitación "explícita y razonada a informar a sus padres o tutores de la situación y a valorar junto a ellos, o bien con una persona adulta de su confianza, las alternativas y las consencuencias del paso irreversible que supone tanto la interrupción voluntaria del embarazo como llevarlo a término".
Mayor concreciónReclama concretar el aborto más allá de las 22 semanas de gestaciónPor otro lado, los fiscales progresistas piden al legislador mayor concreción en lo referido al aborto más allá de las 22 semanas. En este sentido, el anteproyecto contempla la interrupción del embarazo cuando el feto padezca una enfermedad grave e incurable en el momento del diagnóstico. "El problema es que la norma no concreta demasiado la entidad ni la extensión de la esperanza de vida humana independiente que pondría límite a la aplicación del supuesto", argumentan. Los fiscales entienden que este punto no sería inconstitucional, pero sí exigen "un mayor esfuerzo de concreción".
En su informe, queda reflejado que esta falta de concreción se ha querido paliar creando la figura de los comités médicos, que tomarán la decisión de practicar el aborto cuando el embarazo vaya más allá de las 22 semanas. Para los fiscales, "es obvio que quien por razón de sus íntimas convicciones éticas o religiosas repudia la interrupción no natural del embarazo" no sea obligado a formar parte de un comité de este tipo. Sin embargo, piden al legislador que sea más explícito a la hora de definir cómo formar esos comités.
La decisión del Consejo Fiscal de presentar hoy dos informes fue calificada ayer de "indignante" por la Asociación de Fiscales. Lo preceptivo es remitir al Ministerio sólo el que logra mayoría y, en todo caso, adjuntar el minoritario bajo la forma de un voto particular.
Proporcionalidad y más garantías de confidencialidadRespuesta penal. Tratamiento justo
Los fiscales progresistas creen que “no parece razonable prever la misma respuesta penal para quien se somete a la interrupción médica del embarazo excediendo en unos días el plazo del artículo 14 (...) que para la mujer que se causa a sí misma o se hace practicar un aborto no indicado en los últimos meses del embarazo y en condiciones absolutamente ajenas a la más mínima cautela sanitaria”.
Confidencialidad. Bajas laborales
Aprueban la regulación para preservar la intimidad de la mujer que aborta, pero piden que “pueda extenderse, por ejemplo, a la acreditación de la situación de baja laboral justificada que pueda resultar necesaria para la práctica de la interrupción del embarazo”.
Más claridad. "Extremadamente confuso"
Sugieren cambiar frases poco afortunadas y limitar el “derecho a la maternidad libremente decidida” a lo establecido por la ley.
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