Este artículo se publicó hace 16 años.
La Comunidad de Madrid declara el Templo de Debod Bien de Interés Cultural
El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy la declaración de Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, al Templo de Debod tal y como propusieron los técnicos de la Dirección General de Patrimonio Histórico en febrero de 2007.
Así lo ha señalado el vicepresidente primero de la Comunidad, Ignacio González, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno.
La declaración de Bien de Interés Cultural afecta a todo el edificio, constituido por tres tipos de materiales: por una parte los sillares de piedra arenisca nubia original, de los siglos III al I antes de Cristo, y que constituyen aproximadamente las dos terceras partes del total.
Por otra parte, lo sillares de piedra arenisca nubia utilizados en la reconstrucción y consolidación realizada en 1907; y por último, los sillares de arenisca de Villamayor (Salamanca), utilizados durante la reconstrucción del Templo en 1970, ya en España.
El basamento de Templo, con los sótanos que alberga, realizados en hormigón armado, no se encuentra afectado por esta declaración de BIC, ya que no forma parte real del monumento.
El Templo de Debod está ubicado en la plataforma del antiguo Cuartel de la Montaña, que queda incluida en el entorno de protección junto con los taludes perimetrales hasta la vía de circulación que rodea la plataforma, entre las calles del Profesor Martín Almagro y del Pintor Rosales, cuya superficie alcanza las 5,86 hectáreas.
La principal consecuencia de esta declaración afecta a su uso, de tal modo que están permitidas las actividades museísticas en el interior del edificio, donde se pondrán realizar actividades culturales como talleres o aulas didácticas.
Sin embargo, con la intención de preservar el estado del mismo, será necesario realizar un seguimiento periódico de la piedra, con el fin de controlar cualquier posible deterioro de la misma.
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