Este artículo se publicó hace 3 años.
Año y medio de cárcel para los dos acusados por los disturbios en Girona tras la sentencia del 'procés'
El fiscal solicitaba nueve años de prisión por los delitos de desórdenes públicos, atentado a agentes de la autoridad y daños, pero se les ha absuelto de los dos últimos por falta de pruebas.
Girona-Actualizado a
La Audiencia de Girona ha condenado a un año y medio de prisión a cada uno de los dos acusados de participar en los disturbios habidos en la madrugada del 19 de octubre del 2019 en la capital gerundense, junto a otras trescientas personas, durante las movilizaciones contra la sentencia del "procés".
El fiscal solicitaba nueve años de prisión por los delitos de desórdenes públicos, atentado a agentes de la autoridad y daños, pero se les ha absuelto de los dos últimos por falta de pruebas.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Daniel Varona, considera probado que, a raíz de la publicación de la condena a los líderes independentistas la tarde del 18 de octubre, se produjeron movilizaciones y manifestaciones, algunas de ellas violentas, en diferentes puntos de Girona.
A medianoche, unas trescientas personas se congregaron en las cercanías de los juzgados de la capital gerundense.
Aprovechando la coyuntura proporcionada por el repentino desplazamiento de los antidisturbios hacia otros puntos de la ciudad, este grupo se dirigió a la fachada de la sede judicial lanzando todo tipo de objetos y, en particular, piedras y trozos del pavimento previamente reventado para obtener munición, asegura la sentencia.
"Fruto de la actuación tumultuaria y sin que se haya podido acreditar el autor concreto del mismo", detalla, una piedra impactó en el brazo de un agente de los Mossoss d'Esquadra, que ordenó que los agentes de seguridad ciudadana se refugiaran dentro de los juzgados.
Por ese "lanzamiento indiscriminado" de material "resultaron dañados dos vehículos policiales logotipados”, añade el texto.
La principal prueba de cargo contra los acusados son las declaraciones de tres agentes del dispositivo policial, que aseguraron haber visto claramente a los procesados lanzado piedras, en una declaración "coherente y persistente" corroborada por "elementos objetivos importantes".
Afirma el escrito que "se cumplen todos los elementos del tipo penal de desórdenes públicos", ya que arrojar ese tipo de objetos "en el contexto que se produjeron en el asalto a una sede judicial y en plena vía pública implicó sin duda un acto de violencia contra personas y/o cosas que supuso un grave quebranto de la paz".
Apunta además que se trata de "la comisión de la modalidad agravada de desórdenes públicos, pues los acusados participaron en el lanzamiento de piedras" que, según los agentes que les identificaron, eran "de dimensiones considerables y potencialmente peligrosas para la integridad de las personas".
Comentarios de nuestros suscriptores/as
¿Quieres comentar?Para ver los comentarios de nuestros suscriptores y suscriptoras, primero tienes que iniciar sesión o registrarte.