Este artículo se publicó hace 8 años.
¿Cometo un delito si comparto un 'meme'? El nuevo plan del PP en cuatro claves
¿Qué ha pasado? ¿Cometo un delito si bromeo sobre políticos en la red?
Todavía no hay peligro. Puedes subir tu meme a las redes sociales y no serás encarcelado por ello. Eso sí, siempre que no vulneres algún derecho que ya se recoja en el Código Penal.
Lo que han presentado los conservadores es una propuesta no de ley -una PNL- para que el Congreso de los Diputados se pronuncie sobre la modificación de la ley actual que rige el derecho al honor. No hay nada en firme. El PP entiende que a menudo en las redes sociales se vulnera el derecho al honor de cargos públicos y pone como ejemplo la difusión de fotos en las redes sociales sin consentimiento de sus titulares o imágenes que incluyan insultos o amenazas.
El PP dice que la reforma no hace referencia expresa a los memes salvo en casos en los que se incluya un insulto, una amenaza de muerte o que le imputen un delito al personaje en cuestión. Algo, que por otra parte, puede ocurrir en un meme. Sobre estos dos últimos ejemplos que cita el PP no habría lugar a dudas al tratarse de delitos tipificados, pero surge una duda: ¿Qué es para el PP un insulto?
Además, la cuestión es que esos delitos que menciona el PP ya están recogidos en el Código Penal. "La ley no necesita una reforma por mucho que hayan pasado 34 años. Está bien hecha porque además diferencia a personas anónimas de personas con proyección pública", asegura a Público Carlos Sánchez Almeida. El abogado añade que “si se pretende perseguir cualquier publicación de imágenes sin consentimiento, una actividad tan extendida para la crítica política o social, como son los memes, se convertiría en una actividad de riesgo, teniendo en cuenta lo que ya establece la ley Mordaza”.
¿Quién decide actualmente en caso de colisión de derechos?
El problema es que al PP no quiere que sean los jueces los que decidan en caso de colisión de derechos, como ocurre hasta ahora. ¿En qué casos debe prevalecer el derecho al honor y en qué casos debe primar la libertad de expresión? El hecho de que el personaje sobre el que se bromea tenga proyección pública o no es la diferencia que normalmente hace al juez decantarse hacia un lado de la balanza.
Es decir, con arreglo a la ley actual, los jueces normalmente se decantan por dar prevalencia al derecho a la libertad de expresión en los casos que tienen que ver con cargos públicos o personajes públicos. Por decirlo así, actualmente tenemos el derecho "a la caricatura" de un personaje público. No así en casos de personas anónimas. El derecho al honor y los derechos de autor ya limitan a la hora de realizar esa sátira o burla en las redes sociales, independientemente de la proyección mediática del sujeto.
¿Qué recorrido tiene la propuesta? ¿Será aprobada?
A diferencia de legislatura rodillo del PP, esta vez los conservadores no cuentan con mayoría absoluta en la Cámara Baja. La propuesta que han lanzado los conservadores requiere la mayoría absoluta del Congreso para ser aprobada.
En este sentido, habrá que estar muy atentos a la posición que adopten otros partidos en en el Parlamento, principalmente el PSOE y Ciudadanos. Podemos ya se ha manifestado en ocasiones anteriores, apunta el abogado, a favor de proteger las parodias y los memes. Sin embargo, en opinión de Sánchez Almeida, lo mejor en materia de libertad es legislar lo menos posible, garantizar los derechos y no añadir leyes.
En este mismo sentido se pronuncia la presidenta de la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) Virginia Pérez Alonso: "Nos preocupa esta reforma porque Internet no requiere leyes especiales: deben existir en la Red los mismos derechos y obligaciones que fuera de ella, y la normativa actual sobre derecho al honor ya da cobertura a estos supuestos. La experiencia nos indica que, cuando se regula Internet de manera específica, el resultado es un recorte de libertades y derechos que luego es muy difícil de revertir".
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