La ley trans que permitirá la autodeterminación de sexo en el Registro Civil entra este jueves en vigor
Dos normas impulsadas por el Ministerio de Igualdad han sido publicadas este miércoles en el Boletín Oficial del Estado y entran en vigor este 2 de marzo: las conocidas como ley trans y la modificación de la ley del aborto.
Marisa Kohan
Madrid--Actualizado a
Dos de las leyes claves impulsadas por el Ministerio de Igualdad se han publicado en el Boletín oficial del Estado (BOE) este miércoles: la conocida como ley trans y la que amplía los derechos sexuales y reproductivos y de la interrupción voluntaria del embarazo. Ambas normas entran en vigor este jueves 2 de marzo.
La primera de ellas establece el principio de autodeterminación del sexo registral. Es decir, a partir de este jueves las personas a partir de los 16 años que quieran cambiar de sexo solo tendrán que acudir al Registro Civil y manifestar su sexo sentido para cambiarlo en su documentación. Esto permite, también, cambiar el nombre, aunque no es un requisito necesario.
Con la entrada en vigor de esta norma acaba la obligación de presentar un informe médico o psiquiátrico y justificar dos años de hormonación para realizar el cambio de sexo en los documentos oficiales, como el DNI o pasaporte. La ley permite también realizar este trámite a los menores entre los 14 y 16 años, si lo autorizan sus progenitores o tutores legales, y entre los 12 y los 14 siempre que lo autorice un juez.
Tal como han afirmado las organizaciones de defensa de los derechos LGTBI+, esta ley supone la despatologización de la transexualidad y que este trámite lo puedan realizar las personas cuya identidad no coincida con el sexo asignado al nacer, sin tutelas. Fuera de la ley ha quedado la posibilidad de que los menores de 12 años puedan realizar este trámite, aunque sí se les permitirá cambiar de nombre.
Se trata de una de las leyes más controvertidas y que más debate ha generado entre los socios de Gobierno de coalición y que más polémicas ha despertado en la opinión pública durante los más de dos años de tramitación. Esta ley fue incluida en los acuerdos de Gobierno entre el PSOE y Unidas Podemos, aunque el concepto de la autodeterminación no estaba incluido en el documento.
Sectores del Partido Socialista se han opuesto a esta norma por considerar que genera inseguridad jurídica y que borra derechos conquistado de las mujeres. Durante su tramitación en el Congreso, el PSOE presentó una serie de enmiendas, muchas de las cuales fueron rechazadas.
La ley trans contiene, además, otras medidas. Entre ellas, la no obligación del matrimonio entre las parejas lesbianas para registrar a los hijos en el Registro Civil. Hasta el momento, las parejas de mujeres precisaban estar casadas para poder realizar este trámite, lo que suponía una discriminación en relación a las parejas heterosexuales, a las que no se les exigía este requisito, por lo que la pareja no gestante debía iniciar un proceso judicial adoptar a su hijo legalmente. Este trámite queda ahora suprimido.
Se prohíben las terapias de conversión
La ley trans prohíbe tajantemente lo que se conocen como terapias de conversión, es decir, tratamientos psicológicos que tienen como finalidad cambiar la orientación sexual o la identidad de género de una persona. Este ha sido uno de los puntos polémicos de la norma, puesto que la prohibición se aplica aunque exista consentimiento por parte de la propia persona afectada. Estas terapias están consideradas como una infracción muy grave y penadas con multas que van desde los 10.000 a los 150.000 euros. Algunos colegios de psicólogos se han opuesto a dicha medida, al considerar que puede penar cualquier terapia psicológica que se realice a personas con disconformidad con su propio cuerpo y género.
Menores intersexuales sin cirugía
A partir de ahora, quedan prohibidas las cirugías de menores intersexuales (aquellos en los que no está clara su pertenencia a uno u otro sexo) hasta los 12 años. En estos casos, los progenitores podrán optar a que en la documentación del bebe quede en blanco el apartado de sexo hasta un máximo de un año. La cirugía solo se permitirá en los casos en los que se considere necesaria "en aras de proteger" la salud del menor.
Aulas diversas
Los contenidos de diversidad sexual serán incorporados en el currículum de todas las etapas de la educación obligatoria, así como al de los profesionales de la educación, de la justicia y la salud. La ley marca que los menores deben ser tratados conforme a su sexo sentido tanto en la educación como por parte de las administraciones.
Planes de Igualdad en las empresas
La ley obligará a las empresas de más de 50 trabajadores a contar con medidas para garantizar la igualdad de las personas LGTBI+, algo similar a lo que ocurre en la actualidad con la igualdad entre hombres y mujeres. Este documento deberá tener, además, medidas para prevenir y atajar la LGTBIfobia.
Las menores de 16 y 17 años podrán abortar sin tutelas
La otra norma que entra en vigor este jueves es la reforma del aborto. No se trata de una nueva ley, sino de una amplia modificación de la aprobada por el Gobierno de Rodríguez Zapatero en 2010. Entre sus principales novedades figura la de devolver a las menores de 16 y 17 años el derecho a realizar un aborto sin la necesidad del contar con el consentimiento de sus progenitores o tutores legales. Dicha posibilidad estaba en la ley de Rodríguez Zapatero de hace 13 años, pero fue eliminada por una reforma del Partido Popular en 2015, cuando gobernaba Mariano Rajoy y Alberto Ruiz Gallardón era ministro de Justicia.
La ley establece que se cree una lista de médicos objetores de conciencia.
La norma, además, apuesta por la sanidad pública para que las interrupción del embarazo se pueda realizar en el hospital más cercano al domicilio de la mujer. Para ello, la ley establece la necesidad de que se creen listas de médicos objetores de conciencia, al estilo de las que se establecieron en la ley de eutanasia. Con esta medida, se pretende conocer la capacidad de los centros sanitarios públicos para contar con personal capacitado para realizar estas intervenciones.
Otra batería de medidas son las que tienen que ver con la salud menstrual. La ley estipula una baja médica para las reglas dolorosas incapacitantes, al igual que una baja a partir de la semana 39 de embarazo. Sin embargo estas medidas comenzarán a aplicarse a partir de los tres meses de publicada la ley.
La reforma amplía el acceso a anticonceptivos de última generación y establece que los centros sanitarios tienen que contar con la conocida como píldora del día después. La norma elimina la necesidad de que las mujeres que quieran interrumpir su embarazo deban recoger un sobre con información sobre recursos de apoyo a la maternidad y esperar tres días antes de poder abortar, unas medidas que desde el movimiento feminista se consideraban una tutela en la decisión de las mujeres a la hora de abortar. La ley considera como una violencia reproductiva la práctica del vientre de alquiler.
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