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Bienes de SijenaUn juzgado de Huesca abre juicio oral contra Santi Vila y Lluís Puig por desobediencia con las piezas de Sijena
La jueza requiere a ambos acusados una fianza de 216.000 euros en el caso de Vila y 88.000 euros en el caso de Puig para garantizar y asegurar las posibles responsabilidades que pudieran imponérseles.
Madrid--Actualizado a
El Juzgado de Instrucción número 3 de Huesca ha dictado auto de
apertura de juicio oral contra los exconsellers de Cultura de Catalunya, Santi Vila y Lluís Puig, por un delito de desobediencia ante su resistencia a cumplir las órdenes judiciales para devolver 44 piezas del tesoro artístico del Museo de Sijena.
Además, se juzgará a Vila por el delito de usurpación de atribuciones judiciales, según el auto dictado el pasado día 5 de diciembre por la magistrada del Juzgado de Instrucción número 3 de Huesca.
En él, la juez requiere a ambos acusados para que depositen una fianza de 216.000 euros en el caso de Vila y 88.000 euros en el caso de Puig para garantizar y asegurar las posibles responsabilidades que pudieran imponérseles, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en una nota de prensa.
Los hechos por los que serán juzgados tienen su origen en la sentencia dictada el 8 de abril de 2015 por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Huesca, que decretaba la nulidad de pleno derecho de las compraventas realizadas por la Generalitat de Catalunya entre 1983 y 1992 y por el Museo de Arte de Catalunya en 1994 declarando que la propiedad de los bienes objeto de tales contratos correspondía a la Orden Sanjuanista del Real Monasterio de Sijena.
Posteriormente, el 11 de junio de 2015, el mismo juzgado decretaba la ejecución provisional de la sentencia requiriendo el traslado inmediato y efectivo de los 44 bienes pertenecientes al Monasterio de Sijena.
Tras la resolución de los varios recursos interpuestos, con fecha 18 de abril de 2017, según expresa el Ministerio Fiscal en su calificación provisional, el entonces consejero de cultura, Santiago Vila, dictó una orden por la que no se autorizaba la disgregación de las piezas que restaban en el Museo de Lérida y por tanto no se autorizaba la salida de los 44 bienes al Monasterio de Sijena.
Las peticiones del Ayuntamiento
El abogado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, Jorge Español, ha recordado que el pasado 1 de diciembre presentó un escrito de acusación penal contra ambos exconsejeros y ha estimado que el juicio podría celebrarse en unos siete meses, en Huesca.
El Ayuntamiento de Villanueva de Sijena solicita para Santi Vila, por el delito de desobediencia, una pena de 11 meses de multa a razón de 300 euros diarios -99.000 euros- con la responsabilidad personal prevista en caso de insolvencia o impago e inhabilitación especial para empleo o cargo público (nacional y europeo) por un periodo de dos años.
Además, por el delito de usurpación de atribuciones judiciales reclama una pena de 11 meses de prisión, multa de siete meses a razón de 300 euros diarios -63.000 euros- con la responsabilidad personal prevista en caso de insolvencia o impago y suspensión para empleo o cargo público (nacional y europeo) por un período de dos años y nueve meses.
Para Lluis Puig, por el delito de desobediencia, solicitó una pena de 11 meses de multa a razón de 200 euros diarios -66.000 euros- e inhabilitación especial para empleo o cargo público por un periodo de dos años.
En cuanto a la responsabilidad civil derivada del delito, el consistorio pide que ambos exconsejeros paguen de forma solidaria los gastos producidos al Gobierno de Aragón para rescatar, embalar y transportar las 44 piezas desde el Museo de Lérida al Real Monasterio de Sijena.
Por su parte, el Ministerio Fiscal, en sus conclusiones provisionales, considera que los hechos son constitutivos de un delito de desobediencia y pide para ambos acusados una pena de multa de 5.940 euros -11 meses de multa con una cuota diaria de 18 euros-.
En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Público solicita que ambos acusados indemnicen conjunta y solidariamente a la Diputación General de Aragón con la cantidad en que sea tasado el importe total al que hubo de hacer frente como consecuencia del traslado de los bienes.
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