Este artículo se publicó hace 3 años.
Igualdad niega que la ley del 'solo sí es sí' se pueda utilizar para revisar condenas
Las llamadas al número de atención a víctimas de violencia machista 016 registró en junio la segunda cifra más alta de consultas desde se implantó en 2007.
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La delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, ha negado que la aprobación de la ley de libertad sexual, más conocida como ley del solo sí es sí, vaya a suponer una revisión de las condenas ya impuestas a los agresores sexuales. Para que se pudiera aplicar una pena más favorable a un condenado tendría que darse el caso de que la pena impuesta no estuviera contemplada en el nuevo Código Penal, lo que no ocurrirá en este caso.
La delegada ha añadido que el sistema de penas del proyecto de Ley de Garantía Orgánica integral de la Libertad Sexual, aprobado el martes por el Consejo de Ministros, introduce en el Código Penal un sistema de penas "progresivo y proporcional" que no conlleva ni una exacerbación punitiva ni una rebaja de penas. La reforma del Código Penal que plantea el Gobierno, y que hace que los delitos sexuales se empiecen a juzgar en función del consentimiento expreso y acaba con el abuso, establece "escalones de penas en función de la gravedad" del delito.
Se castigará la agresión sexual con penas de 1 a 4 años de prisión y la violación cuyo delito ya no requiere que concurran violencia o intimidación-, de 4 a 12. Si la violación tiene dos o más agravantes, la pena será de 11 a 15 años.
Sí sube ligeramente la pena por acoso sexual laboral y docente (de la horquilla de 3 a 5 meses a la de 6 a 12) y la del acoso reiterado o "stalking", en el que se elimina el requisito de grave afectación de la vida cotidiana de la víctima, "que se estaba interpretando de forma restrictiva".
La delegada ha hecho hincapié en la relevancia de introducir la figura del acoso ocasional o callejero como delito leve: "Se trata de realizar gestos o expresiones que en absoluto se pueden equiparar a un piropo dicho por un hombre a una mujer en la calle". Como ejemplo, Rosell ha dicho que se trataría de un hombre que se masturba delante de una mujer en la calle o le ofrece dinero por sexo, hechos que no suponen abuso, vejación o inducción a la prostitución y no estaban penados como acoso. Los condenados por estas acciones, que requerirán denuncia de la víctima, podrán ser condenados a entre 5 y 30 días de arresto domiciliario, trabajos en beneficio de la comunidad o a multa.
Incremento de las llamadas al 016 en junio
Entre los datos aportados por Rosell sobre el uso del servicio de atencion a víctimas de la violencia machista, destaca la subida de consultas en el mes de junio, cuando se recibieron 9.049 llamadas, lo que supone un 10% más que en mayo y un 6% más que en el mismo mes de 2020. Una cifra que es la segunda más alta desde que se puso en funcionamiento este teléfono en 2007. La cifra de llamadas más alta se registró en agosto de 2016 y fue de 9.916
A pesar de que desde marzo este teléfono atiende y asesora a víctimas de todo tipo de violencias machistas, la que se produce en el ámbito de la pareja o expareja aún supone la mayoría de las llamadas, más del 87%, por lo que Rosell ha reconocido que se debe hacer un mayor esfuerzo para que todas las víctimas conozcan esta ampliación.
Frente al incremento de llamadas del 016 en junio, las consultas al correo electrónico 016-online@igualdad.gob.es (109) y al servicio de Whatsapp 600000016 (573) han descendido un 20% y un 22%, respectivamente.
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