MADRID
Actualizado:El incremento de los ataques homófobos y la brutalidad de algunas de las recientes agresiones que se han registrado en nuestro país contra personas del colectivo LGTBI, ha puesto el foco en las medidas que desde las distintas instituciones se deben llevar a cabo para ponerles coto y frenar los mensajes de odio que las amparan.
Independientemente de que el caso del joven agredido en Malasaña (Madrid) haya resultado falso, lo cierto es que en los últimos días varias han sido las agresiones y denuncias reales por delitos de odio y con tintes homófobos que se han producido en distintos puntos del país. Además, según la Fiscalía, en el primer semestre de 2021 los delitos de odio han aumentado un 43% contra el colectivo LGTBI. La propia ministra de Igualdad, Irene Montero, ha manifestado metafóricamente —tras conocerse esa denuncia falsa— que un caso aislado no puede tapar el enorme problema de acoso al que está sometida la comunidad LGTBI, lo que hace necesario seguir aplicando urgentemente medidas de prevención y contención.
Los delitos de odio contra el colectivo LGTBI se han incrementado en un 43% en el primer semestre de 2021. Que el árbol no nos impida ver el bosque.
— Irene Montero (@IreneMontero) September 8, 2021
Es por ello que el presidente del Gobierno ya había anunciado este martes la convocatoria de comisión de seguimiento del Plan de Lucha Contra los Delitos de Odio que se reunirá este próximo viernes de urgencia y que él mismo presidirá. También el Ministerio de Igualdad mueve ficha y, según ha sabido Público, el departamento liderado por Irene Montero acelerará el desarrollo del anteproyecto de Ley para la Igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. El texto del anteproyecto, que se aprobó en el Consejo de Ministros el 29 de junio pasado, contiene una batería de medidas destinadas a prevenir estos delitos y también a sancionar los de odio.
Los colectivos de defensa de las personas LGTBI, han resaltado a lo largo de estos días la necesidad de contar con una ley que defienda y regule sus derechos a nivel estatal, que prohiba y sancione la difusión de los mensajes de odio y que proteja a este colectivo, de forma efectiva, contra las agresiones.
Desde el ministerio que dirige Irene Montero resaltan el fuerte componente pedagógico que tiene la norma y que su articulado incluye una serie de medidas clave para combatir la LGTBIfobia, como es garantizar la protección integral, real y efectiva a las víctimas, proporcionar información y orientación, poner a disposición de las personas LGTBI asistencia psicológica y jurídica o dar atención a las necesidades sociales y laborales.
El texto contiene también un amplio capítulo que trata sobre la necesidad de formación de profesionales y de instituciones, que incluye al sistema policial y como al judicial, pero también al ámbito docente y educativo, al sanitario y de los servicios sociales, o al forense y en al penitenciario. La necesidad de formación específica en materia de derechos de las personas LGTBI, en prevención y en protocolos de actuación del personal de las instituciones ante delitos de odio es una de las reclamaciones que las organizaciones que defienden a este colectivo han señalado como claves para luchar contra la homofobia y las agresiones por odio.
En la parte sancionadora, el texto aprobado por el Gobierno incluye una disposición concreta para evitar el blanqueo que algunos medios hacen de los discursos que incitan al odio. En este sentido, el artículo 26 de la ley establece medidas para fomentar tanto en los medios de titularidad pública como en los privados que reciban fondos públicos, el respeto a la diversidad afectivo-sexual, y la capacidad de eliminar aquellos contenidos que puedan incitar al odio, a la discriminación o a la violencia de las personas LGTBI.
Infracciones leves, graves y muy graves
La ley incorpora, además, una serie de infracciones que van desde las leves, las graves a las muy graves. Entre las primeras, se encuentran supuestos como el uso de expresiones vejatorias contra las personas por razón de su orientación e identidad sexual en la prestación de servicios públicos o privados.
Entre las infracciones graves la ley contempla supuesto como la implantación, el impulso o la tolerancia de prácticas laborales discriminatorias por razón
de orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales en empresas. Las infracciones graves contemplan, ente otras, la negativa a atender o asistir de manera efectiva, cuando no constituya infracción penal, a quienes hayan sufrido cualquier tipo de discriminación por razón de orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales, cuando por su condición o puesto tenga obligación de atender a la víctima.
La norma contempla que sea considerado como una infracción muy grave en el ámbito educativo la elaboración, utilización o difusión de libros de texto y materiales didácticos que presenten a las personas como superiores o inferiores en función de su orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales.
La norma, que se aprobó en primera vuelta en el Consejo de Ministros a finales de junio, tiene que superar un trámite que incluye la revisión y recomendaciones de los distintos órganos consultivos que la deben revisar. Una vez que pase por el Consejo de Ministros en segunda vuelta, la ley tendrá que pasar un trámite parlamentario. Durante este periplo, la ley aún pude sufrir modificaciones y mejoras.
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