Madrid
Las parejas que recurran a los vientres de alquiler en Ucrania, Georgia o Rusia, no podrán registrar a los niños en los consulados españoles de aquellos países y regresar con ellos a España con un pasaporte español. La anulación rápida y drástica, en tan sólo un día, de una instrucción emitida por la Dirección General de Registros y Notariados (perteneciente al ministerio de Justicia), ha cerrado la puerta a esta posibilidad, incluso antes de entrar en vigor.
Sin embargo, el ministerio mantiene vigente otra instrucción similar del mismo organismo de 2010, que permite inscribir a los menores nacidos por este método en los consulados españoles de países como Estados Unidos o Canadá.
La principal diferencia entre las dos instrucciones es que, mientras que la recién derogada hubiera permitido a las parejas presentar una prueba de ADN para demostrar que uno de ellos era el progenitor biológico para realizar el registro, la instrucción vigente desde 2010 sólo permite realizar esta inscripción presentando una resolución judicial, método que se utiliza en los países norteamericanos, pero que no es posible en los países del este de Europa.
Por ello, desde que se comenzaron a realizar este tipo de práctica en Ucrania, la inscripción en los consulados de los niños nacidos allí mediante vientres de alquiler se producía de forma irregular, aceptando el consulado el registro civil de los menores en dicho país, procedimiento que no está avalado por ninguna norma o instrucción. Por ello, el consulado de Kiev lleva meses desaconsejando "iniciar un proceso de este tipo por no tener cabida en el ordenamiento jurídico español. Las autoridades españolas no pueden hacerse responsables de las promesas y afirmaciones hechas por agencias privadas, que realizan fuera de España una actividad no amparada por la Ley española", afirma una nota consular.
Tal como explica la abogada especialista en Derechos Humanos Nuria González, en estos países europeos se inscribe a los niños en base al Convenio de la Haya que reconoce los documentos públicos de un tercer país. "Es un convenio que dice que los países firmantes se reconocen a sí mismos los documentos oficiales. Si me muero en Ucrania, este país expide un certificado de defunción mio y el cónsul no tiene que ir a ver si realmente me he muerto. Da por hecho que me he muerto porque es un documento ucraniano. Con la partida de filiación pasa lo mismo. Las parejas registran a los menores en el registro civil del país y llevan un documento de filiación en el que aparecen los padres comitentes, firmado por el Gobierno ucraniano y el consulado lo firma porque es un documento oficial". En estados Unidos y Canadá, sin embargo, el trámite es diferente y precisa de una resolución judicial. "Un certificado del registro civil que lo emite un funcionario no es igual a una sentencia que la emite un juez".
Borrada de un plumazo
El 15 de febrero, el ministerio de Justicia aprobó la instrucción que permitía a los españoles que hubieran sido padres por subrogación en el extranjero inscribir a sus hijos en el registro a través de los consulados usando una prueba de ADN. La medida iba, principalmente, dirigida al consulado español en Ucrania, en donde varias decenas de familias llevan meses esperando poder completar ese trámite y volver con los menores a España.
Sin embargo, el 16 de febrero, tan sólo 24 horas después de su entrada en vigor, el ministerio de Justicia dejó sin efecto esta última instrucción, en una actuación que recuerda mucho al ya famoso "gol por la escuadra" que la ministra de trabajo Magdalena Valerio afirmó haber encajado con la inscripción en el BOE del sindicato de prostitutas OTRAS. En esta ocasión fue la actual ministra de Justicia, Dolores Delgado, quién reconoció que paró "personalmente" la instrucción "porque no tenía conocimiento de ella y se había hecho pública sin contar con mi criterio".
Tal como explica a Público Marcos Jornet, presidente de la asociación Son Nuestros Hijos, que vela por los intereses de estas familias, "esta instrucción fue el resultado de meses trabajo" con diversos órganos del ministerio de Justicia tras "una carta que enviamos a la presidencia del Gobierno para que facilitara cauces de inscripción de los niños nacidos por gestación subrogada". Según Jornet, todo el proceso se llevó a cabo "con transparencia y a través del contacto facilitado por el jefe de gabinete de presidencia del Gobierno, que contestó a nuestra petición por escrito".
Para Jornet, "lo único que ha hecho el Gobierno para lavarse la cara ante la campaña electoral, es permitir la vuelta a España a las 39 familias que están en Ucrania, a través de salvoconductos". Pero es sólo un parche, advierte. "Esta imagen se volverá a repetir en unos días porque el problema no está resuelto y cada día nacen niños allí que son españoles".
La polémica sobre esta práctica no es nueva y tiene muchas aristas. Si bien la llamada gestación subrogda no está permitida en nuestro país, el hecho de proteger el interés superior de los menores nacidos por este método ha impulsado estas medidas excepcionales que permiten su inscripción en el registro civil.
Sin embargo, activistas y organizaciones que combaten esta práctica por considerarla una explotación del cuerpo de las mujeres, afirman que la utilización de los menores como hechos consumados es una forma de "forzar la voluntad del Gobierno por la vía de los hechos", y exigen la nulidad total sobre la inscripción de los niños nacidos por esta práctica.
"Está bien que hayan retirado la instrucción, pero esto es sólo un parche", afirma Alicia Miyares, portavoz de la plataforma No Somos Vasijas y de la Red Estatal contra el Alquiler de Vientres (RECAV). "Las agencias de intermediación van a seguir adelante y el problema se va a volver a repetir. Y no se va a resolver hasta que no se retire la otra instrucción de 2010, porque es un coladero y un fraude de ley. Si un Gobierno o un partido afirma estar en contra del alquiler de vientres tiene que actuar en consecuencia, lo que significa derogar cualquier tipo de instrucción para cualquier país, pero también prohibir las agencias de intermediación y toda publicidad sobre esta práctica", añade Miyares.
El ministerio ha declinado responder a las preguntas de este diario, y no ha explicado si el Gobierno piensa dejar sin efecto también la instrucción de 2010. Tan sólo se ha limitado remitirnos a la nota de prensa emitida por ese ministerio el pasado 16 de febrero y a las declaraciones públicas de la ministra Delgado al respecto.
En el comunicado, el Ministerio de Justicia recuerda "que la gestación por sustitución [otra forma de llamarla] es una práctica prohibida en nuestro país" y se compromete a perseguir a las agencias y establecimientos "que ofrecen estos servicios y que se lucran conduciendo cientos de parejas a procrear en terceros países mediante esta actividad ilegal".
La ministra ha afirmado en los últimos días que con estas prácticas "se negocia con un cuerpo y un vientre", y advirtió que va a "perseguir" a quienes "trafiquen con mujeres". La ministra también afirmó que las parejas de españoles con bebés por gestación subrogada en Ucrania "han actuado de forma ilegal al recurrir a una práctica que está prohibida en España".
Para González, subsanar estas incongruencias es sencillo. "Si la ministra ha sido capaz de echar para atrás una orden de la Dirección de Registros y Notarios en tan sólo 24 horas, ¿a qué espera para dejar sin vigor la de 2010? Tiene la misma facilidad para hacerlo". Según esta experta, "una instrucción de este organismo no tiene rango de ley, sino que se trata de un ordenamiento interno de un organismo que es medio publico, medio privado pero que se tiene que atener a la ley", afirma.
Otras expertas, como la asociación de Mujeres Juristas Themis, reivindican, además, una legislación internacional que prohíba la utilización de los vientres de alquiler en todos los países y que las agencias intermediarias sean inmediatamente legalizadas, entre otras medidas.
Práctica ilegal
El debate sobre la legalidad o no de esta práctica también está desde hace años sobre la mesa. Si bien las asociaciones que defienden a las familias que utilizan vientres de alquiler, así como Ciudadanos, abogan por que esta práctica se regule, la realidad es que el ordenamiento jurídico ya lo hace. Según la ley sobre técnicas de reproducción asistida aprobada en 2006, este tipo de prácticas no son legales y considera nulos los contratos realizados en otros países en los que la gestación subrogada es legal. Para
Nuria González afirma que el artículo 221 del Código Penal ya prohíbe expresamente esta práctica y que incluso impone penas de cárcel y de retirada de la patria potestad a quién la realice. Para Miyares, además, "esta práctica va en contra del Código Civil de la mayor parte de los países con democracias estabilizadas, en donde se dice que las personas no pueden ser objeto de transacción contractual. Y el único fin que persigue el contrato de subrogación es que un recién nacido sea objeto de transacción contractual, lo que va contra su dignidad y sus derechos".
¿Te ha resultado interesante esta noticia?
Comentarios
<% if(canWriteComments) { %> <% } %>Comentarios:
<% if(_.allKeys(comments).length > 0) { %> <% _.each(comments, function(comment) { %>-
<% if(comment.user.image) { %>
<% } else { %>
<%= comment.user.firstLetter %>
<% } %>
<%= comment.user.username %>
<%= comment.published %>
<%= comment.dateTime %>
<%= comment.text %>
Responder
<% if(_.allKeys(comment.children.models).length > 0) { %>
<% }); %>
<% } else { %>
- No hay comentarios para esta noticia.
<% } %>
Mostrar más comentarios<% _.each(comment.children.models, function(children) { %> <% children = children.toJSON() %>-
<% if(children.user.image) { %>
<% } else { %>
<%= children.user.firstLetter %>
<% } %>
<% if(children.parent.id != comment.id) { %>
en respuesta a <%= children.parent.username %>
<% } %>
<%= children.user.username %>
<%= children.published %>
<%= children.dateTime %>
<%= children.text %>
Responder
<% }); %>
<% } %> <% if(canWriteComments) { %> <% } %>