Este artículo se publicó hace 4 años.
Maltrato infantilCondenada una mujer por propinar un golpe en la cabeza a su hijo de 12 años
La vecina de Pontevedra deberá pagar una multa de 240 euros por un delito leve de lesiones, además de indemnizar con 90 euros al joven.
Madrid-Actualizado a
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a una mujer por propinarle un coscorrón en la cabeza a su hijo de 12 años en plena la calle, tal y como ha recogido La Voz de Galicia. La vecina deberá pagar una multa de 240 euros por un delito leve de lesiones, además de indemnizar con 90 euros al joven. Al ser menor, será su padre, que tiene la custodia del crío desde el divorcio, quien los reciba.
De esta forma, el tribunal ratifica la sentencia llevada a cabo por un juzgado de instrucción, que dictaminó que los hechos ocurrieron el 22 de septiembre del 2018, después de que se le hubiera suspendido a la madre el régimen de visitas al menor.
El suceso ocurrió cuando el niño se encontró con su madre en una calle de Pontevedra. Según la resolución, la mujer le dijo "algo" a su hijo y, seguidamente, le propinó un golpe en la cabeza que provocó que las gafas del menor "cayesen al suelo" y le generó un dolor de cabeza que tardó en curarse tres días. En ese momento, el niño decidió buscar a su padre para contarle lo sucedido. Después fueron a hablar con una trabajadora social.
La acusada ha recurrido la sentencia
La acusada, que ha decidido recurrir el fallo, asegura que la condena solo se sustenta en las afirmaciones de su exmarido y de la profesional, a los que califica como "simples testigos de referencia". Los magistrados, sin embargo, le han recordado que el juez de instrucción contó "con un informe médico forense que corrobora la existencia de la lesión que el menor ha referido". Asimismo, la Audiencia también le reprochó que el principal motivo de la sentencia viene desencadenado por las palabras de su hijo. El tribunal asegura que "todos los detalles de los hechos que se conocen fueron explicados por la víctima". Y ha continuado: "De manera que tanto la declaración en el plenario de su padre, como de la trabajadora social son solo corroboraciones periféricas para reforzar la declaración del menor".
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