Madrid
Actualizado:El abogado de Juana Rivas, Carlos Aránguez, ha presentado este miércoles un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada en el que solicita la revocación del auto del juez Manuel Piñar, que el pasado viernes negó suspender la condena de prisión que le queda por cumplir a Rivas.
En un comunicado Aránguez explica que ha solicitado que se le conceda la suspensión de la pena solicitada, para que Rivas pueda pasar estas Navidades con en compañía de sus dos hijos, una medida acordada por el tribunal italiano y que, afirma, no tiene posibilidad de recurso.
Por este motivo, y por la urgencia con la que se precisa que la Justicia tome una decisión (los hijos de Rivas llegarían a España el próximo día 22 de diciembre), el abogado afirma que ha optado por esta vía que debe tramitarse de forma "preferente y urgente", en lugar de presentar un recurso de reforma, lo "que dilataría el procedimiento y perjudicaría el interés de los menores que no podrían estar con su madre".
Aránguez ha reincidido en que "la suspensión de pena es un acto discrecional, pero no arbitrario" y por tanto debe ser motivado. Pero que lo que ha hecho el juez Piñar en su auto de denegación de la suspensión de prisión ha sido basarlo en "tres razones falsas y absolutamente inventadas" y en las que, además, "elude pronunciarse sobre las múltiples circunstancia que aconsejan la suspensión de pena, y que esgrimíamos en nuestro escrito", ha afirmado.
El juez Piñar basó su decisión de no concederle la suspensión de los nueve meses que le restan a Rivas para salir de prisión en tres supuestos. Por un lado en que la madre no se había arrepentido de los hecho por los que fue condenada. Por otro, porque Rivas volvió a incurrir en los mismos hechos en Italia, y el tercero "y por último el más grave", afirma su abogado, la afirmación de que el hijo menor de Rivas había sido abusado sexualmente mientras estaba bajo su custodia. "Son tres falsedades", afirma Aránguez en su escrito.
El letrado afirma en su escrito a la Audiencia Provincial que Rivas cumple todos los requisitos legales para que se sea concedida la suspensión y además concurren circunstancias que aconsejan conceder este beneficio: "La Sra. Rivas es delincuente primaria, la pena es de quince meses de prisión y ha abonado los 12.000€ de indemnización al Sr. Arcuri [su expareja]".
La defensa de Rivas explica, además, que existen otras razones que aconsejan la suspensión de la pena, como es el hecho de que su defendida "tiene trabajo estable, una red de apoyo familiar, suficiente formación académica, y por supuesto, carece de adiciones o trastornos mentales que deban ser tratados".
"Precisamente por todas estas acreditadas razones los Servicios Penitenciarios han clasificado a la Sra. Rivas en Tercer Grado, decisión ratificada por el Juez de Vigilancia Penitenciaria de Granada. Si existiera peligro social, como afirma el Sr. Piñar, no se le habría otorgado la más favorable modalidad de cumplimiento penitenciario", añade Aránguez.
La defensa de Rivas destaca que, si bien es cierto que su defendida cometió el error de no entregar a sus hijos tras un requerimiento judicial, "no debe olvidarse que es una víctima de violencia de género y estaba en aquellos momentos terriblemente afectada por el proceso de victimización que estaba denunciando".
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