El TS ampara bajo la libertad de expresión que Inda acusara a Pablo Iglesias y Podemos de recibir dinero de Venezuela e Irán
La Sala de lo Civil del Supremo rechaza el recurso de casación interpuesto por Iglesias y Podemos contra la decisión de la Audiencia de Madrid de desestimar la demanda.
El Tribunal Supremo ha avalado la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que determinó que Eduardo Inda, director de Okdiario, no vulneró el honor de Podemos ni de su exlíder, Pablo Iglesias, al afirmar en televisión que el partido era antidemocrático y se financiaba con dinero de Venezuela e Irán.
En una sentencia, hecha pública este viernes, la Sala de lo Civil del Supremo rechaza el recurso de casación interpuesto por Iglesias y Podemos contra la decisión de la Audiencia de Madrid de desestimar la demanda al entender que dichas manifestaciones estaban amparadas por el legítimo ejercicio de la libertad de expresión.
La demanda de protección del derecho al honor contra Eduardo Inda y la editora de Okdiario (Dos Mil Palabras) se refería en concreto a las afirmaciones que éste realizó en un programa de televisión emitido el 12 de abril de 2021, en el que participaba de tertuliano.
Durante su intervención, el periodista dijo: "Algún día los medios de comunicación tendrán que reflexionar lo que ha sido durante los últimos siete años la promoción constante de este personaje (D. Pablo Iglesias Turrión), de su partido (Podemos)".
"Es un partido -prosiguió- antidemocrático, un partido financiado por dos dictaduras, por la venezolana que se carga... vamos, que asesina a los disidentes y a la gente que no comulga con ellos; financiado por la dictadura iraní, que cuelga homosexuales por el hecho de ser homosexuales y que lapida mujeres".
El exlíder de Podemos, Pablo Iglesias, se ha pronunciado en la red social X tras conocerse la noticia. "En España la ley es igual para todos y la libertad de expresión es igual para todos. En España la ideología de los jueces de los altos tribunales no influye en sus sentencias. España es una democracia plena gracias a la monarquía y a la separación de poderes. Viva España", manifestaba con ironía.
El tribunal señala que, ese mismo día, Eduardo Inda publicó un artículo y un vídeo en Okdiario donde reiteró estas acusaciones, extendiéndolas al entonces secretario general de Podemos y a otros dirigentes del partido.
En su sentencia, el Supremo analiza si las declaraciones realizadas por el periodista tienen base fáctica suficiente para legitimar el ejercicio de su libertad de expresión y concluye que es correcta la valoración de la sentencia recurrida, la cual consideró que no se vulneró el derecho al honor de los demandantes.
Al respecto, la Sala señala: "Tales hechos serían la recepción de fondos procedentes de Venezuela por parte de la fundación que en la propia demanda se califica como precursora del partido político Podemos y por algunas personas muy relevantes dentro de dicho partido y del movimiento político del que el mismo surgió, así como la financiación por parte de Irán reconocida por el propio Sr. Iglesias en una conferencia, en la que afirmó que era necesario cabalgar esas contradicciones".
"Que ese dinero se recibiera como financiación directa o como pago de servicios o de programas de televisión; que lo recibiera directamente Podemos o lo hiciera, antes de la creación de dicho partido, (...) o que la recepción de dichos fondos fuera lícita, son cuestiones que no despojan a las expresiones de los demandados de una base fáctica suficiente a efectos de legitimar el ejercicio de su libertad de expresión".
Todo ello, añade la sentencia, "habida cuenta del contexto y finalidad con que se realizaban: la negación del carácter democrático del partido Podemos y de su dirigente Sr. Iglesias por sus vínculos económicos con Venezuela e Irán, calificados por los demandados como dos dictaduras que vulneraban los derechos humanos".
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