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El Tribunal Supremo recurre la ley de amnistía ante el Constitucional

Considera que puede vulnerar el derecho a la igualdad ante la ley, lo que la convierte en una "decisión legislativa arbitraria", según el juez Marchena.

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Sede del Tribunal Supremo. Archivo.-Europa Press 

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha acordado iniciar los trámites para plantear una cuestión de inconstitucionalidad contra la ley de amnistía al considerar que puede resultar discriminatoria por, entre otros motivos, vulnerar el derecho a la igualdad ante la ley

Así lo ha decidido el tribunal en dos autos, en los que se resuelve dos recursos de casación por dos causas sobre los delitos de desórdenes públicos y atentado a la autoridad que el Supremo considera incluidos en la ley de amnistía

En un auto ponencia del presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, las objeciones sobre la constitucionalidad de la ley "consisten en entender que la referida norma, en la medida en que vincula la amnistía a que los actos tipificados como delito sobre los que opera se hubieran cometido en el contexto del denominado 'proceso independentista catalán' (..) establece un muy relevante y evidentemente desigual tratamiento de los delitos cometidos y de sus autores y partícipes, exclusivamente determinado en función de su ideología o de sus propósitos políticos, sin motivo o causa constitucionalmente aceptable que pudiera justificar el tratamiento discriminatorio". 

Según la Sala, ello resulta "inconciliable con el derecho a la igualdad ante la ley"  y no halla fundamento alguno que pudiera justificar ese trato discriminatorio "que constituiría, conforme a tal entendimiento, una decisión legislativa arbitraria". 

Prevenir nuevas amnistías

Para el tribunal, también se ha podido conculcar el principio de seguridad jurídica, "en la medida en que, de considerarse acomodado a la Constitución este modo de proceder, cualquier futura amnistía de nuevos delitos cometidos bajo el impulso de esta misma ideología o de cualquier otra, con tal de que sus promotores o partidarios alcanzasen mayorías parlamentarias bastantes para la aprobación de una Ley Orgánica, o un número de diputados/as suficientes para contribuir a la formación de dicha mayoría, habría de entenderse también conforme a la Constitución, con la inseguridad jurídica que así se generaría y con los innegables efectos criminógenos que pudiera traer consigo"

Además, considera que puede verse erosionado el principio de exclusividad jurisdiccional (artículo 117.3 de la Constitución), proclamado frente a los restantes poderes del Estado –Ejecutivo y Legislativo—al no contar la amnistía, a diferencia del indulto, con apoyo constitucional que habilite para tal injerencia.

Por ello, da traslado a las partes y al Ministerio Fiscal para que en el plazo común de diez días realicen alegaciones sobre la oportunidad de plantear la cuestión de inconstitucionalidad. 

Tres condenados

Los dos autos dictados este jueves responden a la pregunta que realizó el tribunal a las partes sobre la aplicación de la ley de amnistía en dos recursos de casación que tiene pendientes contra decisiones de tribunales catalanes. 

En una de las causas, fueron condenados dos ciudadanos por delito de desórdenes públicos en unos hechos ocurridos en Girona tras la sentencia del Supremo en la causa del procés. 

En la otra causa fue condenada una persona, también por las protestas contra la misma sentencia pero en Barcelona, inicialmente por delito de atentado a la autoridad, y tras recurrir al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, por delito de desórdenes públicos, aunque la Fiscalía acusaba por el primero de los delitos.

Recusaciones de Anna Simó

Por otra parte, el Supremo ha suspendido la deliberación sobre si aplica o no la amnistía a la consejera de Educación de Cataluña y expresidenta de la Mesa del Parlament Anna Simó, condenada por un delito de desobediencia, después de que ésta pidiera apartar a cuatro magistrados.

Tras recibir el escrito de recusación de Simó, la Sala ha considerado pertinente suspender la deliberación que estaba fijada para esta misma semana sobre la aplicación de la amnistía a cuatro miembros de la Mesa del Parlament en 2017: Simó, Lluís Corominas, Lluís Guinó y Ramona Buffet; todos condenados por un delito de desobediencia a multa de 1.200 euros y cuatro meses de inhabilitación, según informa Europa Press.

Por su parte, Simó ha solicitado apartar al presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, y a los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Antonio del Moral y Carmen Lamela. 

Simó sostiene que las "intervenciones jurisdiccionales previas" de estos cuatro magistrados "constituyen un motivo o causa de abstención" y defiende que de no apartarse se vulneraría su derecho a un tribunal imparcial.

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