El Tribunal Constitucional avala que el CGPJ no pueda hacer nombramientos cuando está caducado
Por siete votos a cuatro, el tribunal de garantías zanja la cuestión sobre las facultades del Consejo cuando está en funciones, como ocurre desde diciembre de 2018.
Madrid-Actualizado a
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado los recursos del PP y Vox contra la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que impedía desde marzo de 2021 al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) hacer nombramientos en la cúpula judicial cuando tiene el mandato caducado.
Como había adelantado este diario la semana pasada, los magistrados progresistas han secundado finalmente la ponencia de María Luisa Balaguer, que considera constitucional dicha reforma. En contra, la ponencia del conservador César Tolosa, para el recurso del PP, abogaba por declarar la reforma contraria a la Constitución.
En el pleno monográfico celebrado este lunes se ha impuesto la postura del bloque progresista, con sus siete votos frente a los cuatro conservadores, que considera que no existe obstáculo constitucional para que el legislador haya introducido una limitación en las funciones de un órgano constitucional para cuando tiene el mandato caducado.
Los cuatro magistrados conservadores --Enrique Arnaldo, Ricardo Enríquez, César Tolosa y Concepción Espejel--han anunciado votos particulares a la sentencia resultante, que legitima la reforma impulsada por Gobierno de coalición, en marzo de 2021, para forzar al PP a negociar la renovación del CGPJ, pero que no surtió efecto.
Hay que recordar que son más de 70 las plazas vacantes en la cúpula judicial desde que entró en vigor la citada reforma, que impide al Consejo con el mandato caducado hacer nombramientos.
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