Este artículo se publicó hace 8 años.
El Supremo rebaja de 6 a 3 años la condena de prisión de Juan Antonio Roca por el caso Saqueo II
El alto tribunal estima parcialmente el recurso de casación presentado por el exasesor de Urbanismo del Ayuntamiento de Marbella y catorce condenados más, pero mantiene la responsabilidad civil de 37 millones de euros para todos ellos.
MADRID.- El Tribunal Supremo ha rebajado de 6 a 3 años de cárcel la pena de prisión que le fue puesta por la Audiencia Nacional en octubre de 2013 al que fuera asesor de Urbanismo del Ayuntamiento de Marbella (Málaga) Juan Antonio Roca por un delito continuado de malversación de caudales públicos en relación con el 'caso Saqueo II'.
No obstante, el Supremo mantiene la responsabilidad civil de 37 millones de euros que Roca tendrá que abonar de forma solidaria junto a otros condenados. El caso tuvo su origen un informe del Tribunal de Cuentas sobre la gestión municipal del Grupo Independiente Liberal (GIL) entre los años 1991 y 1999.
La resolución del alto tribunal, que se extiende a lo largo de 240 páginas y cuenta con un voto particular, ha sido dada a conocer este viernes y en ella se estiman parcialmente los recursos de casación presentados por Roca y otros catorce condenados inicialmente.
La nueva sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo modifica la de la Audiencia Nacional en tres cuestiones: la fijación de las penas -que son inferiores a las impuestas en varios de los condenados-; la absolución de los ya citados por falta de pruebas y por prescripción del delito; y la modificación de la responsabilidad civil fijada en la misma respecto a otros dos encausados.
La rebaja de la pena de prisión que afecta a Juan Antonio Roca también atañe a Julián Muñoz, Pedro Román Zurdo, Modesto Francisco de Asís y María Pedoria Cruz-Conde, cuyas condenas pasan de 6 a 5 años por el mismo delito continuado de malversación.
El Supremo aclara en su sentencia que las nuevas penas son respetuosas con el principio de proporcionalidad, y se adecuan a la gravedad de los hechos y al grado de culpabilidad, y tienen en cuenta la anterior condena que les fue impuesta por el mismo delito -malversación continuada de caudales públicos- en el caso Saqueo I, puntualizando que las distintas acciones podrían haberse enjuiciado como un único delito continuado en un único juicio.
Por este mismo motivo, otros siete condenados ven reducidas sus condenas y dos, José Antonio Andrade Jurado y de Rafael González Carrasco, han sido absueltos.
La sentencia explica que, entre 1991 y 1999, los concejales del Ayuntamiento de Marbella, a iniciativa del alcalde, decidieron gestionar los servicios municipales a través de sociedades mercantiles participadas íntegramente con capital público.
Los concejales del GIL dispusieron de los fondos y patrimonio municipales en su propio beneficio y en perjuicio del erario público, mediante órdenes de pago, transferencias o disponiendo de los bienes municipales, con la intervención de Juan Antonio Roca, y *otro condenado que no es concejal, como gerentes de sociedades municipales.
En total, los condenados realizaron 93 operaciones, valiéndose de las citadas sociedades para derivar fondos públicos en el propio beneficio de las personas concernidas.
Comentarios de nuestros suscriptores/as
¿Quieres comentar?Para ver los comentarios de nuestros suscriptores y suscriptoras, primero tienes que iniciar sesión o registrarte.