Este artículo se publicó hace 5 años.
Venta de viviendas del IVIMAEl Supremo confirma la nulidad de la venta de 3.000 viviendas sociales del IVIMA a un fondo buitre
El Tribunal rechaza admitir a trámite los recursos de la Comunidad de Madrid y de Encasa Cibeles (de Goldman Sachs-Azora) contra la sentencia del TSJM que daba la razón a los inquilinos afectados por la operación, realizada sin justificación.
Madrid--Actualizado a
El Tribunal Supremo confirma que la venta en 2013 de 2.935 viviendas sociales del antiguo Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA) —actual Agencia de la Vivienda Social (AVS)— a la sociedad Encasa Cibeles, participada por los fondos de inversión Azora-Goldman Sachs, es nula y ha de quedar sin efecto.
La operación, que lleva coleando en los tribunales desde hace siete años, se realizó durante el Gobierno de Ignacio González y reportó tan solo 201 millones de euros a las arcas madrileñas. Según ha adelantado El Español, la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite los recursos interpuestos por la Comunidad de Madrid y Azora contra las sentencias que dieron la razón a varios inquilinos de las viviendas, que denunciaron esta venta por las graves consecuencias que conllevó para ellos el cambio de propietario.
Esta decisión significa que la sentencia dictada el 14 de mayo por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) es firme, por lo que se declara nula la enajenación de los pisos, repartidos 32 promociones levantadas durante el Gobierno de Esperanza Aguirre en 11 localidades de la Comunidad de Madrid. La sentencia del 14 mayo ya suponía una primera inadmisión a trámite de los mismos recursos que la Comunidad de Madrid y el fondo buitre comprador han llevado después ante el Supremo.
Al ser un auto de inadmisión, el Supremo no entra en el fondo del asunto. En su reslución, la Sala de lo Contencioso rechaza que los recursos interpuestos tengan interés para unificar doctrina, en contra de lo argumentado por la Comunidad de Madrid y el fondo buitre. Y concluye que el Gobierno autonómico pretende, en realidad, "la corrección puntual y casuística de lo acordado" por el TSJ y no aporta sentencias que hayan chocado para contrastarlas.
También rechaza también otra pretensión del gobierno autónomo: que la nulidad de la venta se centrara únicamente en la de la vivienda del particular que había recurrido y no en las casi 3.000 viviendas sociales vendidas por el IVIMA y anuladas por el TSJ de Madrid.
Las ventas no eran necesarias
La decisión convierte en firme lo juzgado por el TSJ de Madrid, que en varias resoluciones concluyó que la venta fue "irregular" y quebró "la protección social" de las personas que vivían en ellas, "colectivos favorecidos con el disfrute de viviendas de protección pública".
El TSJ de Madrid consideró "evidente la infracción del principio de innecesariedad en la enajenación de las 32 promociones de viviendas, con incidencia en las ocupadas por los arrendatarios apelantes".
Aquella sentencia fijó que la adjudicación que dictó el IVIMA nunca fue debidamente "explicada ni justificada" y tampoco aprobada por el Consejo de Administración de esta empresa pública, un requisito necesario en una venta de estas características, ya que la operación supuso "una alteración de todo un programa de actuación" del IVIMA, al tratarse de casi 3.000 inmuebles que cumplían la "función social" de proporcionar una vivienda a las clases más desfavorecidas.
el TSJM aseguraba que esas viviendas fueron concebidas con una función social para atender a personas que no pueden acceder a un piso a precio de mercado, algo que Azora no tiene obligación de facilitar. "Todo ello partiendo de la base de que quieres ocupan estas viviendas lo hacen porque tienen una necesidad reconocida por la propia Administración al carecer de recursos para acceder a una vivienda a precio de mercado, o por estar, incluso, en declarado riesgo de exclusión social", recogía el fallo del TSJM.
Siete años de proceso judicial
El proceso judicial ha sido tortuoso y aún quedan decisiones pendientes de los tribunales, explican fuentes jurídicas de la Plataforma de Afectados por la Vivienda Pública y Social (PAVPS), que ha batallado durante siete años el drástico cambio en las condiciones de varios inquilinos de estas viviendas, la mayoría, beneficiarios de alquileres sociales. El caso también fue peleado por un abogado del turno de oficio en defensa de una inquilina de una de estos pisos en la localidad de Navalcarnero, a la que los jugados también le dieron la razón y posibilitaron la anulación de la venta de todas las viviendas.
Desde la PAVPS, que se ha enterado por la prensa de esta decisión del Supremo, celebra la "magnífica noticia", aunque pide prudencia. "Aún no podemos cantar victoria total. Quedan recursos pendientes que resolverse y, aunque sería raro, podrían cambiar el resultado final", aseguran en un comunicado. la organización insiste en que se paralicen de inmediato "todos los procedimientos y desahucios en curso de Encasa Cibeles" porque "el Supremo lo ha dejado claro: las viviendas son del IVIMA".
Ahora falta por determinar exactamente los efectos de la sentencia del TSJM para cada uno de los afectados por la enajenación de las viviendas. Recientemente expiró el período de protección que impedía a Encasa Cibeles vender los pisos y ya ha colocado alrededor de un tercio de las 2.935 viviendas, los 3.084 garajes, los 1.865 trasteros y los 45 locales que incluía la venta al fondo buitre.
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