Este artículo se publicó hace 4 años.
TrataLa primera condena de trata por explotación sexual en España solo impone tres años y nueve meses de prisión
Condenan a J.M. por un delito de trata de seres humanos con otro de prostitución coactiva con las atenuantes de confesión y drogadicción.
Madrid--Actualizado a
La Audiencia Provincial de Sevilla ha dictado la primera condena por trata interna de seres humanos en España y ha impuesto tan solo tres años y nueve meses de cárcel a un hombre que obligó a una mujer a prostituirse en varios locales del país.
Según ha informado la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la mujer fue captada mediante engaño y con fines de explotación sexual en un club de Castilla y León y luego fue trasladada por distintos locales del territorio nacional.
El juicio se celebró el pasado 9 de junio y los tres encausados reconocieron los hechos, lo que según el tribunal representa "un eficaz auxilio a la Administración de Justicia".
Trata de seres humanos y prostitución coactiva
En la sentencia, la Sección Primera de la Audiencia condena a J.M. por un delito de trata de seres humanos en concurso medial con otro de prostitución coactiva con las atenuantes de confesión y drogadicción, ya que durante abril de 2018 se halló marihuana para consumo propio en su vivienda.
Además de la pena de cárcel, el acusado deberá indemnizar a la víctima con 30.000 euros por daño moral.
La Sala también impone 15 meses de prisión por prostitución coactiva a L.V. y R.J., una pareja que concertaba y controlaba los servicios sexuales de la víctima.
Estos procesados, a los que se aplica las atenuantes de confesión y reparación del daño, deberán indemnizar conjunta y solidariamente a la afectada con 6.000 euros de los 30.000 antes citados, aunque se les descuentan los 2.000 que consignaron antes del juicio.
En el caso de esta pareja, el tribunal valora su "esfuerzo reparador" y acuerda que no irán a la cárcel si pagan la indemnización y no cometen ningún delito durante dos años.
J.M. se lucraba explotando sexualmente a mujeres
La Audiencia considera probado que J.M. se lucraba explotando la prostitución que ejercían diversas mujeres "en una pluralidad de clubes de alterne" que regentó por distintos puntos de España y proveyendo "de chicas a otros clubes".
En junio de 2017 contactó por Facebook con la víctima y, "con el propósito de explotarla sexualmente y bajo la falsa promesa de que ganaría más dinero y tendría mejores condiciones de trabajo, la convenció" para ir a un club del que era el encargado.
El acusado contactó con ella por Facebook con la falsa promesa de que ganaría más dinero y tendría mejores condiciones
Un mes después "comenzó a trasladarla a distintos clubes" de España "donde la obligaba a ejercer la prostitución". Él contactaba con los clientes y pactaba el tipo e importe de los servicios que les iba a realizar la víctima, a la que amenazaba si se negaba. El acusado "se quedaba con lo que ganaba" la afectada y "no le permitía salir ni entrar libremente" de los locales, ya que "la vigilaba constantemente".
En noviembre de 2017 la llevó a una vivienda en un pueblo de Sevilla "donde también la obligó" a prostituirse "en idénticas condiciones" y "la sometía a un férreo control".
Los otros acusados la vigilaban cuando J.M no estaba
Cuando el condenado no estaba, la víctima era vigilada por la otra pareja de acusados, que conocían su situación y colaboraban con J.M. en clubes de alterne, hasta el punto de que en su ausencia lo sustituían en el trato con los clientes.
Las actuaciones empezaron por un atestado de la Brigada Regional de Extranjería y Fronteras (UCRIF III de Sevilla) en febrero de 2018.
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