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El PP llevará el nombramiento de Delgado al Tribunal Constitucional tras el portazo del Supremo a investigar de nuevo el caso

La Sala rechaza el incidente de nulidad presentado por la formación de Pablo Casado alegando que sólo se quiere que "se realice un nuevo análisis y enjuiciamiento".

26/02/2020.- La nueva Fiscal General del Estado, Dolores Delgado (c) durante el acto de su toma de posesión celebrado este miércoles en la sede del Tribunal Supremo en Madrid. EFE/Fernando Alvarado/Pool
Dolores Delgado durante el acto de su toma de posesión celebrado en la sede del Tribunal Supremo en Madrid. — EFE/Fernando Alvarado/Pool

El Partido Popular llevará el nombramiento de la exministra de Justicia Dolores Delgado como fiscal general del Estado al Tribunal Constitucional, después de que el Tribunal Supremo haya rechazado el incidente de nulidad presentado por la formación de Pablo Casado.

Los populares interpusieron este medio de impugnación contra la resolución por la que la Sala de lo Contencioso-Administrativo inadmitió su recurso contra el designación de Delgado. La decisión de la Sección Cuarta de esa Sala de rechazar las pretensiones de PP y Vox se fundamentó en que se daba una falta de legitimidad activa de ambas formaciones en ese asunto, algo que ha ocurrido también con los recursos presentados contra los indultos parciales del Gobierno a los condenados del procés.

La Sala rechaza el incidente de nulidad alegando que el PP sólo quiere que "al socaire de la infracción de la tutela judicial efectiva (...) se realice un nuevo análisis y enjuiciamiento", algo que "no podría concluir más que con una completa reiteración". Recuerda además que, en la sentencia de noviembre, la Sala solo se pronunció sobre las cuestiones relacionadas con la falta de legitimación de los partidos y no sobre el fondo del asunto; es decir, la idoneidad de Delgado para el cargo.

"Parece necesario recordar que el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva no asegura el éxito de la pretensión a ninguna de las partes. Solo supone que tales pretensiones sean examinadas por el correspondiente órgano jurisdiccional, y si son procesalmente admisibles —que no es el caso por la falta de legitimación activa—, con base en ellas se examine, entonces sí, el fondo del recurso contencioso-administrativo", apunta el tribunal.

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