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La Justicia absuelve a la primera periodista condenada por revelar información de un sumario

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a la redactora de 'Huelva información' que publicó datos sobre el sumario del caso de Laura Luelmo.

Bernardo Montoya, condenado por el asesinato de Laura Luelmo, en la sala de la Audiencia de Huelva a 15 de noviembre 2021.
Bernardo Montoya, condenado por el asesinato de Laura Luelmo, en la sala de la Audiencia de Huelva a 15 de noviembre 2021. A. Pérez / Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a la periodista que hace un año se convertía en la primera profesional en ser condenada en España por revelar información sobre un sumario. La condena se enmarcó en el caso de Laura Luelmo, la profesora zamorana asesinada en El Campillo (Huelva) en 2018.

La Audiencia de Huelva condenó a esta redactora, que por entonces trabajaba en el diario Huelva Información, a dos años de cárcel como autora de un delito revelación de secretos y a una multa de 3.240 euros, así como a una inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión durante el tiempo que durase la condena.

La acusada recurrió la sentencia alegando, entre otros motivos, infracción de ley por una aplicación indebida del artículo 197.3 del Código Penal, al entender que la habían condenado como autora de ese delito pese a que en los hechos probados de la sentencia no se recogían los elementos necesarios para ello.

El alto tribunal precisa en su fallo que la sentencia "no contiene ninguna referencia concreta, no ya en los hechos probados, sino tampoco en sus fundamentos jurídicos, al posible origen delictivo o ilícito de la información recogida en los artículos periodísticos, lo que resulta imprescindible para poder configurar el delito objeto de condena".

En cuanto a la ilicitud de la información, indica que una cosa es que la periodista "conociera que por disposición legal las actuaciones sumariales son reservadas salvo para las partes del procedimiento y otra muy distinta que fuera consciente de la ilicitud en su obtención". El TSJA considera además que la sentencia no declara que la acusada hubiese actuado "en perjuicio" del titular de los datos o de un tercero.

El fallo concluye "que los hechos declarados probados en la sentencia recurrida no son susceptibles de integrar el delito por el que se condenó a la periodista, por lo que debe acordarse su absolución y la del medio periodístico para el que trabaja". La Audiencia de Huelva consideró probado en su momento que la periodista había recabado "plural contenido de las diligencias judiciales del sumario que se instruía, de carácter reservado", para luego "darlo a conocer con acotaciones literales a través de diversos artículos".

En estos artículos se informaba de las distintas versiones que había dado el asesino de Laura Luelmo, Bernardo Montoya, ante el juez, y se daban detalles de las lesiones que había sufrido la víctima que la Audiencia entendía que excedían de "la necesaria labor informativa que necesita la comunidad en general sobre el curso de la investigación de la muerte y de las circunstancias en que se produjo el triste suceso". Los jueces también consideraron que las informaciones habían vulnerado "el derecho a la intimidad personal y familiar de la fallecida".

Por otra parte, la primera sentencia consideraba que la periodista "tuvo acceso a documentación restringida al ámbito estricto de la investigación penal de la causa" y que conocía "la falta de autorización para el conocimiento de esa información".

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