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La jueza archiva la causa penal por el accidente del Airbus A400M en Sevilla

La instructora deja abierta la reclamación por vía civil de los afectados en el siniestro, que provocó cuatro muertos y dos heridos, pues considera que se produjeron "múltiples fallos" por parte de las empresas Airbus y Europe International (EPI).

Restos del Airbus A400M siniestrado en Sevilla. / EFE

EUROPA PRESS

La juez de Instrucción número 13 de Sevilla, María José Moreno, ha archivado la causa abierta para investigar el accidente del Airbus militar A400M ocurrido en las inmediaciones del aeropuerto hispalense el día 9 de mayo de 2015 y que se saldó con cuatro de sus ocupantes fallecidos y dos heridos, después de la solicitud de la Fiscalía en octubre del pasado año al considerar que no existían indicios para continuar la acción penal.


Fuentes del caso han confirmado que la magistrada, en un auto con fecha de 3 de abril de 2018, ha decretado el sobreseimiento provisional de la causa, al tiempo que rechaza la petición de la práctica de nuevas diligencias de pruebas presentadas por las acusaciones particulares. No obstante, la jueza ha acordado el archivo "sin perjuicio de las acciones civiles" que puedan emprender los perjudicados.


Las citadas fuentes han señalado que la juez, en su auto, señala que el accidente se produjo por "una concatenación de causas" pero ninguna de ellas con "suficiente" entidad para atribuir responsabilidades penales. Sin embargo, la instructora recoge en el citado auto que se producen "múltiples fallos" por parte de Airbus y de Europe International (EPI).


Cabe recordar que el Ministerio Público elevó un escrito al Juzgado en el que reclamaba el archivo de la causa al entender que "la tripulación tomó durante el vuelo las decisiones razonables habida cuenta de las circunstancias concurrentes, aunque no fueran las más adecuadas".


Tras la petición de la Fiscalía, los dos supervivientes y los familiares de los cuatro fallecidos expresaron su oposición al archivo y anunciaron que solicitarían nuevas diligencias de prueba, ahora denegada por la jueza.


Precisamente, las defensas de los afectados, tras conocer el archivo de la causa, en la que están personados tanto Airbus como las familias de los cuatro fallecidos (que fueron el piloto, Jaime de Gandarillas; el copiloto, Manuel Regueiro, y los ingenieros Gabriel García Prieto y Jesualdo Martínez; así como uno de los dos supervivientes del accidente y los propietarios de la finca agrícola donde cayó el avión siniestrado), valoran recurrir esta decisión de la juez de Instrucción número 13 de Sevilla.


En su escrito, la Fiscalía consideraba que, "si bien es cierto que hubo errores en la actuación de la tripulación, lo cierto es que actuaron de manera lógica ante los diferentes avisos recibidos, las limitaciones impuestas por la torre de control, y la falta de formación en reacción conjunta ante las emergencias existentes", a todo lo cual "se unió la colisión con la torreta de alta tensión".


Para llegar a estas conclusiones, analiza el informe elaborado por la Comisión para la Investigación Técnica de Accidentes de Aeronaves Militares (Citaam), dependiente del Ministerio de Defensa, valorando "las actuaciones que han funcionado, como causas o concausas, que desencadenaron el trágico resultado", y todo ello "contextualizando en el marco en el que se produce el accidente: en un vuelo de prueba".

Fallo "inusual" de tres motores

Al hilo de ello, la Fiscalía aseveró que "las acciones y omisiones plurales" descritas en su informe "no incurrieron en un defecto de previsibilidad, empleándose la prudencia que en cada caso era adecuada, analizando aisladamente cada uno de los otros factores que todos ellos en su conjunto determinaron el accidente".


A su juicio, "el fallo simultáneo de tres motores es tan inusual, tan poco probable y de efectos tan críticos, que resultaba muy complejo poder procesar toda la información disponible en cabina para tomar decisiones adecuadas en un tiempo tan reducido, con las limitaciones además impuestas por la torre de control, y la falta de formación en reacción conjunta ante las emergencias existentes".


Según exponía la Fiscalía, "los responsables del software que originó la defectuosa lectura de lo sucesos reales no infringieron en sus labores una norma técnica de cuidado", en referencia a los responsables de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (EASA), EPI, y de Airbus Defense and Space (ADS), así como del operario que procedió a la carga del software.


En el caso del operario, aseveraba que "el borrado de los parámetros de calibración se produjo de forma inadvertida" para él, "ya que el sistema no generaba ningún mensaje de alerta al respecto, ni la documentación de trabajo incluía ninguna comprobación posterior", por lo que "no pudo prever el resultado que se produciría, y empleó la prudencia que se le exigía, llegando a pedir consejo de los expertos".

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