Este artículo se publicó hace 2 años.
El juez amplía la investigación sobre el 'caso Neurona' otros seis meses, en contra del criterio de la Fiscalía
El magistrado instructor ha prorrogado las pesquisas amparándose en las dos periciales pendientes de practicar, aunque el Ministerio Público entiende que no era necesario por haber sido ordenadas en el plazo legal de instrucción.
Madrid-Actualizado a
El titular del Juzgado de Instrucción Número 42 de Madrid, Juan José Escalonilla, ha acordado ampliar seis meses más la investigación sobre las presuntas irregularidades en el contrato que Podemos firmó con la consultora Neurona para la campaña a las elecciones generales de abril de 2019.
En un auto de este mismo jueves, al que ha tenido acceso Público, el magistrado instructor ha prorrogado las pesquisas tras haber pedido a todas las partes del procedimiento que se pronunciaran sobre si consideraban o no oportuno extender otros seis meses la investigación.
Fundamenta su decisión en la práctica de la toma de declaración de los testigos Germán C. P. y Waldemar A. B., personal de Neurona, para lo que se pidió una comisión rogatoria a México. Y también en la pericial que ordenó el juez sobre los costes de los trabajos de Neurona para Podemos.
La decisión tiene lugar un día antes de que caduque el plazo de seis meses que firmó el pasado julio y va en contra del criterio de la Fiscalía y de las defensas, que sostenían que no procedía acordar la prórroga.
La Fiscalía Provincial de Madrid había informado al juez que "más allá" de las comisiones rogatorias a México para la declaración de dos testigos ordenadas por la Audiencia Provincial de Madrid, "no existen otras diligencias a practicar pendientes de ser acordadas", salvo que las que ya han sido acordadas con anterioridad "sin que del resultado de las anteriores pueda inferirse que deban practicarse más diligencias".
Por su parte, Podemos entiende que "se han practicado diligencias más que suficientes para esclarecer los hechos denunciados". Considera que estas diligencias pendientes fueron ordenadas dentro del plazo legal, "por lo que no es necesario acordar prórroga alguna al tratarse de las denominadas diligencias 'rezagadas'". De hecho, el artículo 324.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal indica que "las diligencias de investigación acordadas con anterioridad al transcurso del plazo o de sus prórrogas serán válidas, aunque se reciban tras la expiración del mismo".
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