Este artículo se publicó hace 6 años.
Los jóvenes de Alsasua procesados por terrorismo recusan a la juez Espejel por estar casada con un coronel de la Guardia Civil
Consideran que su relación pone en entredicho su imparcialidad para juzgar el caso, ya que la Fiscalía les pide penas de hasta 62 años de cárcel por agredir a dos guardias dentro de una campaña de acoso y odio a los miembros de la Benemérita.
Madrid--Actualizado a
Los ocho procesados por delitos de agresión terrorista a dos guardias civiles de paisano en Alsasua (Navarra) han recusado a la magistrada Concepción Espejel, presidenta del tribunal que los juzgará el próximo abril, por estar casada con un coronel de la Guardia Civil y haber sido galardonada por este cuerpo, lo que pone "gravemente en entredicho su imparcialidad y serenidad de ánimo" para juzgar esta causa.
El incidente de recusación presentado en la Audiencia Nacional considera "evidente" que Espejel mantiene "lazos psicológicos o conexión afectiva intensa con el Cuerpo al que pertenece su marido".
Además, ha sido condecorada con la Orden del Mérito de la Guardia Civil, en su categoría de Cruz con distintivo blanco, "que se concede a quien lleva a cabo acciones o conductas de extraordinario relieve que redunden en el prestigio del Cuepro de la Guardia Civil e interés de la patria".
Ambas circunstancias son, para las defensas, "especialmente relevantes" en este proceso ya que no se juzgan unas lesiones aisladas a dos guardias civiles de paisano, sino que la Fiscalía los acusa de "gravísimos delitos de carácter terrorista" y pide "penas extraordinariamente elevadas por una conducta vinculada" a un supuesto “sentimiento de odio hacia la Guardia Civil”.
Clave: La pertenencia a la Guardia Civil
La agresión a los dos guardias civiles de paisano se produjo en un bar en la madrugada del 15 de octubre de 2016, cuando Alsasua festejaba sus ferias de ganado, una fiesta local de larga tradición. La Fiscalía solicita penas de entre 62 años y 6 meses y 12 años y 6 meses de cárcel para los ocho jóvenes.
El escrito de la Fiscalía integra a los procesados dentro de una "supuesta campaña de acoso a la Guardia Civil desde 1978 (aunque los acusados ni siquiera hubiesen nacido)", sostienen las defensas. En concreto, dentro del movimiento 'Alde Hemendik' (Fuera de aquí, en euskera) que busca la expulsión de Navarra y del País Vasco de este cuerpo y de la policía nacional, así como del Ejército.
Esta acusación figura en los informes elaborados por la propia Guardia Civil que constan en la causa y que, según las defensas, conceptúan "de forma artificiosa" la conducta de los procesados como delito de incitación al odio" y la insertan en una campaña que busca efectos devastadores en los familiares de los agentes, con su exclusión social.
"Qué duda cabe que la condición de familiar de miembro de la Guardia Civil de la referida magistrada -explica el escrito- provocará en la misma una especial sensibilidad en relación con los hechos enjuiciados, incompatible con la serenidad de ánimo precisa para la función de juzgar".
Además, la Asociación Unificada de Guardias Civiles se ha personado en la causa como acusación popular.
Por lo tanto, sostienen las defensas, "no cabe la menor duda de que la específica pertenencia a la Guardia Civil de dos de los lesionados es el punto sobre el que gravitan todas las acusaciones de este proceso y, fundamentalmente, las más graves (no solo atentado, sino también delito de odio o terrorismo) y, además, explica la presencia en juicio de una de las acusaciones personadas".
Derecho a un juicio justo
Por estos motivos, los acusados "no pueden sentirse imparcialmente juzgados" cuando en el tribunal "forma parte, y además como presidenta, una magistrada en quien concurren las citadas circunstancias", explica el incidente de recusación en relación con Espejel.
El resto de los integrantes del tribunal juzgador son Manuela Fernández Prado y Jesús Eduardo Gutiérrez Gómez (ponente), que no han sido recusados.
El hábito de Interior de condecorar a los jueces "no tiene una razón de ser lógica" porque "atenta contra la división de poderes" y "empaña la imagen de independencia e imparcialidad" de la Justicia
Los procesados reclaman su derecho a un juicio justo y con todas las garantías, entre las que se incluye el derecho al juez imparcial, "todo ello sin mengua alguna del debido respeto a la persona y a la labor profesional" de Concepción Espejel.
"Ningún ciudadano estaría tranquilo", explican los abogados, si cualquier decisión que le afecte – ante un desahucio, por ejemplo, o en su recurso de un despido – "dependiera de un juez que haya recibido una condecoración de la entidad o empresa a la que, supuestamente, el referido ciudadano hubiera pretendido violentar, y que sea, además, familiar directo de uno de sus accionistas o directivos".
Lamela, condecorada tras abrir el caso
En el escrito, los abogados defensores arremeten contra el hábito del Ministerio del Interior de otorgar condecoraciones policiales a los jueces, algo frecuente en la Audiencia Nacional: "no tiene una razón de ser lógica, atenta contra la división de poderes en un Estado de Derecho y empaña la imagen de independencia e imparcialidad de la Administración de Justicia".
Ahora han sabido que la juez instructora de la causa, la magistrada Carmen Lamela, "está en posesión de idénticas condecoraciones, la de la Guardia Civil precisamente concedida 11 días después de incoar las presentes diligencias".
Concepción Espejel es más conocida por haber sido recusada en 2016 en todas las piezas del caso Gürtel y haberse resistido a apartarse en seis ocasiones dentro de esta causa. Fue la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que ahora preside la que aceptó su recusación y la de Enrique López porque su relación con el PP afectaba a su apariencia de imparcialidad.
La ley limita las causas de recusación de un juez, que se ciñen a situaciones como son la enemistad manifiesta o el interés directo en el caso. Pero la Audiencia Nacional interpretó con el caso de Espejel que también se debía garantizar la apariencia de imparcialidad que debe regir en todo tribunal.
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