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La Fiscalía apoya investigar por prevaricación al juez que lleva la causa contra Begoña Gómez

"No se puede descartar 'a priori' que los hechos descritos revistan naturaleza penal", ya que "la resolución de interrogar como testigo a Pedro Sánchez "puede calificarse como arbitraria e injusta", dice la Fiscalía.

El juez Peinado entra en La Moncloa para interrogar a Sánchez como testigo. Imagen de archivo.
El juez Peinado llega a la Moncloa en julio para el interrogatorio al presidente.  Óscar del Pozo / AFP

La Fiscalía de Madrid apoya que se investigue por presunta prevaricación al juez que investiga a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, como ha solicitado la Abogacía del Estado.

En un escrito dirigido al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la Fiscalía considera que procede la admisión a trámite de la querella al interpretar que el juez Juan Carlos Peinado pudo incurrir en prevaricación al citar al presidente del Gobierno como testigo.

La Fiscalía argumenta que "no se puede descartar a priori que los hechos descritos revistan naturaleza penal", ya que "la resolución puede calificarse como arbitraria e injusta cuando falta una fundamentación jurídica razonable distinta de la voluntad de su autor".

El magistrado se empeñó en acudir a finales de julio a Moncloa a interrogar a Sánchez como testigo, en contra del criterio de la Fiscalía.

La declaración apenas duró un par de minutos. El juez solo le planteó dos preguntas. La primera era si tenía algún tipo de relación con la investigada, a lo que Sánchez contestó que es su cónyuge. Después, Peinado le preguntó si se acogía a su derecho a no declarar, a lo que el presidente respondió que sí.

El Gobierno tachó entonces de "montaje" la maniobra del juez. Sánchez, se acogió a su derecho a no declarar y después contraatacó con una querella

Así, ese mismo día, después de que el presidente se acogiera a su derecho a no declarar contra su mujer, a la que Peinado investiga por presunto tráfico de influencias y corrupción en los negocios, la Abogacía del Estado, en representación de la Presidencia del Gobierno, presentó una querella ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) contra Peinado por un presunto delito de prevaricación.

Pedía que se investigue al magistrado al considerar que dictó "a sabiendas" varias resoluciones "injustas" y contrarias a lo dispuesto en la norma, ya que atendían a "convicciones propias".

En concreto la Abogacía cree que Peinado prevaricó en dos resoluciones, entre ellas la que citó como testigo en La Moncloa al jefe del Ejecutivo, al considerar que debió permitirle declarar por escrito, como dicta la ley para comparecencias que giren en torno a cuestiones conocidas por razón de su cargo.

Artículos "inexistentes"

Una vez registrada la querella, el TSJM dio traslado a la Fiscalía para que elaborara un informe, no vinculante, sobre si debe o no ser admitida.

Ahora el Ministerio Público, en un escrito firmado este mismo miércoles por la fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, recuerda que el artículo 412 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal exime de declarar en persona a cargos como el presidente del Gobierno si la investigación se refiere a hechos por los que tenga conocimiento por razón de su cargo, y pueden hacerlo por escrito. Y que lo harán en su domicilio o despacho si se trata de cuestiones de las que no conoce por su cargo.

Pone de relieve que en la providencia en la que el juez Peinado comunicó al presidente que le tomaría declaración como testigo en La Moncloa citó dos artículos de la ley "inexistentes", y no especificó los documentos o testificales en los que basaba la conveniencia y utilidad de la diligencia.

Añade que el magistrado menciona que uno de los tipos penales por los que se sigue la investigación es "tráfico de influencias en cadena", pero sin motivarlo, y por tanto "podría estar introduciendo un elemento de sospecha en la actuación del llamado como testigo".

"En momento alguno se motiva jurídicamente, en definitiva, la conveniencia y utilidad de la diligencia (la declaración de Sánchez), ni por qué, entre las dos modalidades de comparecencia previstas en la ley, opta por aquella que expone más a la institución que representa la persona llamada a declarar", concluye la Fiscalía.

Y subraya que el magistrado decidió el momento de la "visita" a la Moncloa, sin previo aviso, como dispone la norma, de modo que "una vez más escoge la modalidad de declaración que mayor difusión da a la práctica de la diligencia".

Por todo ello la fiscal apoya que se inicie una investigación contra el juez, poniendo de relieve que "no parece que estemos ante una simple discrepancia jurídica que se pueda resolver en el seno del procedimiento", con recursos, y en caso de que se demostrara la prevaricación se perjudicaría a la Administración de Justicia y "a la institución que dirige el querellante".

Ahora la Fiscalía también debe pronunciarse sobre la querella que también interpuso Begoña Gómez contra el juez por presunta prevaricación, al considerar que ha adoptado decisiones "arbitrarias y manifiestamente injustas" y "ha forzado" las normas en una instrucción "perversa".

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