Este artículo se publicó hace 2 años.
España tendrá que pagar el despido de un empleado de la Embajada de Kuwait tras ser declarada insolvente por un juzgado
El Juzgado de lo Social 24 de Madrid envía a un trabajador despedido improcedentemente por la legación kuwaití al Fondo de Garantía Salarial, Fogasa, ante la imposibilidad de ejecutar su sentencia de abono de indemnización porque la embajada se acoge a la
Madrid-Actualizado a
Youssef El Dahrawy Basha tiene 67 años y toda una vida hecha en España, aunque el conflicto laboral que mantiene con la Embajada de Kuwait desde hace cuatro años le ha empañado la jubilación. Llegó a principios de los años noventa desde su Egipto natal y gracias a su licenciatura en Filología Hispánica fue contratado, en 1995, como traductor por la embajada de Kuwait.
Sin embargo, su trayectoria en esa legación no fue un camino de rosas: "Me tuvieron muchos años en la categoría de auxiliar administrativo, cuando ejercía como traductor primero y luego como empleado consular para así pagarme mucho menos", se queja Youssef a este diario.
El 30 de septiembre de 2018 la embajada le despidió, justo cuando le quedaban dos años para jubilarse, y comenzó un calvario para este hombre, que llevaba 27 años contratado como personal laboral de la Embajada de Kuwait conforme al Derecho español.
El magistrado Jacob Jiménez Gentil, titular del Juzgado de lo Social 24 de Madrid, estimó la demanda de Youssef el 29 de marzo de 2019, declarando improcedente el despido y condenando a la embajada a la readmisión de empleado o al abono de una indemnización de 77.681,68 euros. Tres años después, la sentencia aún no se ha ejecutado.
"La Embajada de Kuwait se niega a cumplir la sentencia", dice la abogada de Youssef, María Isabel Sánchez Durán. La negativa de la embajada kuwaití ha quedado patente en notas diplomáticas, a las que ha tenido acceso este medio, como la que el 26 de marzo de 2021 dirigió la propia embajada al Ministerio de Asuntos Exteriores español, informándole de que "no renuncia a la inmunidad en cuanto a la ejecución del fallo, establecida en el artículo 32-4 de la Convención de Viena [de 1961] sobre relaciones diplomáticas".
Este artículo viene a decir que la renuncia de la inmunidad por parte de la representación diplomática de un país debe ser siempre expresa y eso es lo que hizo en ese cable la embajada kuwaití: manifestar que se atiene a su inmunidad para no ejecutar una sentencia conforme al derecho de otro país. La Embajada de Kuwait en ningún momento protestó por el procedimiento judicial y se personó en el juzgado. Ha sido en el momento de tener que cumplir el fallo cuando se ha acogido a su inmunidad.
La Embajada de Kuwait ha declinado hacer comentarios sobre la sentencia judicial a requerimiento de este diario, que pretendía conocer los motivos de su negativa a cumplirla.
La consecuencia de la decisión de Kuwait tiene efectos perversos no sólo para el demandante, Youssef El Dahrawy Basha, que sigue sin recibir los 77.681 euros que le corresponden como indemnización por haber sido despedido improcedentemente, sino también para el bolsillo de la ciudadanía española. Según ha podido saber Público, el juez ha terminado declarando la insolvencia de la Embajada de Kuwait, dado que no puede embargar ni sus cuentas bancarias ni los bienes afectos a la actividad de la embajada.
"En cualquier otro caso, el juez puede decretar el embargo de los bienes de una empresa para hacer efectiva la indemnización de un trabajador, pero en este caso al haberse acogido a la inmunidad la embajada condenada la cosa se complica", se queja la abogada. El Convenio de Viena sobre relaciones diplomáticas recoge la inviolabilidad de los locales, bienes, como vehículos, de cualquier misión diplomática y dictamina que no podrán ser objeto de embargo.
Dinero público del Fogasa
"Esta pretendida insolvencia de la embajada implica que Youssef debe ir al Fogasa, (Fondo de Garantía Salarial)--continua explicando la letrada María Isabel Sánchez Durán --, que ni mucho menos le va a abonar toda la indemnización que establece la sentencia judicial". En estos momentos, el importe máximo de las indemnizaciones del Fogasa asciende a 27.000 euros.
El Fondo de Garantía Salarial es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo que garantiza a los trabajadores la percepción de salarios, así como las indemnizaciones por despido o extinción de la relación laboral, pendientes de pago a causa de insolvencia o procedimiento concursal del empresario. "No es el caso de la Embajada de Kuwait, que no es que no pueda hacer frente a la indemnización a la que le condena un juez, al contrario, estamos hablando de un país productor de petróleo, un país rico", apostilla la letrada.
La defensa de Youssef ha interpuesto ya un recurso de revisión en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid contra la declaración de insolvencia de la embajada decretada por el juez. Además Sánchez Durán presentó un escrito al Gobierno español para que intermediara en el conflicto abierto con la Embajada de Kuwait. "Aún no hemos obtenido respuesta", dice.
Protesta en la embajada
Youssef El Dahrawy Basha ha empezado a ir todas las mañanas a protestar ante la embajada kuwaití, en la zona de Puerta de Hierro, en Madrid, antes, su lugar de trabajo durante más de dos décadas. Acude con una pancarta que ha confeccionado él mismo en la que puede leerse: "Esta protesta está dirigida contra un diplomático de alto rango en la Embajada de Kuwait, se cree que estamos en la Edad Media y quiso tratarme como si fuera un esclavo". Según Youssef, este miércoles se ha presentado la Policía Nacional a las puertas de la legación del país árabe y le ha conminado a cruzar la acera.
"Estoy indignado con el comportamiento de la embajada --dice Youssef--. Yo tengo nacionalidad española y siento pisoteados mis derechos como trabajador. Un juez ha dicho que la embajada me tiene que indemnizar, ¿por qué ese mismo juez no puede obligar a que se cumpla la sentencia? No lo entiendo", clama este hombre. Su abogada considera que el TSJ de Madrid "tendrá que poner orden en esta situación, porque la solución de que mi cliente vaya al Fogasa es inadmisible".
El Tribunal Constitucional ha declarado que la inmunidad de los Estados extranjeros no es contrario al derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en la Constitución. Sin embargo, la Ley de Enjuiciamiento Civil indica en su artículo 36.2 que los tribunales españoles se abstendrán de conocer de los asuntos cuando se haya formulado demanda o solicitado ejecución respecto de sujetos o bienes que gocen de inmunidad de jurisdicción.
El catedrático de Derecho Internacional Privado José Carlos Fernández Rozas recoge en su web profesional varias sentencias del TSJ de Madrid en contra de la pretendida inmunidad de jurisdicción de algunas embajadas cuando sus empleados despedidos han acudido a Magistratura de Trabajo. Pero en el caso de Youssef y de la Embajada de Kuwait el problema no ha surgido durante la instrucción del procedimiento (inmunidad de jurisdicción), sino al final, con la condena (inmunidad de ejecución).
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