Este artículo se publicó hace 2 años.
El Código Penal español se homologa al entorno europeo al eliminar el delito de sedición
Con la eliminación del concepto de sedición y su sustitución por el de desórdenes públicos agravados, con la rebaja de las penas hasta un máximo de cinco años de prisión, España se adecúa a los estándares jurídicos de Francia, Italia y Alemania.
Madrid-Actualizado a
La reforma del Código Penal para sustituir el delito de sedición por el de desórdenes públicos agravados anunciada por el presidente del Gobierno rebajará las penas hasta hacerlas muy parecidas a las que contemplan Italia, Francia y Alemania; países a los que se refirió expresamente Pedro Sánchez durante la entrevista en La Sexta en la que anunció la reforma este jueves.
De 15 a cinco años como máximo es lo que contempla la reforma del delito de sedición, concepto que desaparecerá del Código Penal, que proponen PSOE y Unidas Podemos, a semejanza con los ordenamientos jurídicos de la mayoría de los países de la UE.
El delito de sedición en España castiga a quienes, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen "pública y tumultuariamente" para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes. En la actualidad está penado con entre cuatro y ocho años de prisión, que puede elevarse a una horquilla de entre ocho a diez años si se trata de los líderes de la sedición y de entre 10 y 15 años si quien se alza es una autoridad, que quedará también inhabilitada.
En Italia, por ejemplo, lo más parecido que se encuentra al delito de sedición español es el de reunión sediciosa, que es la "rebelión, hostilidad, excitación ante la subversión de las instituciones públicas". Las penas van de los seis meses a los cinco años de prisión si los participantes van armados. Este delito se aplica en casos de manifestaciones violentas, como las que han llevado a cabo grupos de extrema derecha contra la población migrante.
En Francia, el delito de resistencia engloba los conceptos de sedición y rebelión. Cuando se opone resistencia violenta a una autoridad pública se castiga con penas de dos años de cárcel; de tres años si se comete "en reunión"; y cinco en caso de ser armada. Si es colectiva y armada, la pena es de diez años.
En Alemania existe el delito de perturbación del orden público, penado con un máximo de tres años de prisión, y el de amotinamiento con violencia, que tiene una pena de cinco años.
Bélgica contempla el delito de rebelión para designar "todo ataque con violencia o amenaza contra oficiales ministeriales, guardias o depositarios de la fuerza pública", castigado con un máximo de diez años si se emplean armas.
Comentarios de nuestros suscriptores/as
¿Quieres comentar?Para ver los comentarios de nuestros suscriptores y suscriptoras, primero tienes que iniciar sesión o registrarte.