¿Un candidato puede abandonar las listas electorales una vez aprobadas?
Esto es lo que dice la LOREG sobre la modificación de las candidaturas una vez presentadas.
Madrid--Actualizado a
Un total de siete candidatos de EH Bildu condenados por delitos de sangre han renunciado a sus puestos en las listas electorales para los comicios del próximo 28 de mayo. Sin embargo, el plazo para presentar candidaturas y posteriores subsanaciones ya ha expirado y los boletines oficiales provinciales publicaron las definitivas el pasado 2 de mayo. ¿Pueden ahora los aspirantes de la formación abertzale abandonar las listas?
Según el Artículo 48 de la Ley Orgánica 5/1985 del 19 de junio por la que se rige el Régimen Electoral General, no. Las candidaturas no pueden ser objeto de modificación una vez presentadas, salvo en el plazo habilitado para la subsanación de irregularidades previsto y sólo por fallecimiento o renuncia del titular o como consecuencia del propio trámite de subsanación. Este periodo terminó el el 30 de abril.
Además, cuando se trate de listas de candidatos, las bajas que se produzcan después de la proclamación se entenderán cubiertas por los candidatos sucesivos y, en su caso, por los suplentes.
Así, las bajas de los candidatos condenados por delitos de sangre —Jose Antonio Torre Altonaga, Asier Uribarri Benito, Lander Maruri Basagoiti, Begoña Uzkudun Etxenagusia, Jose Ramón Rojo González, Juan Carlos Arriaga Martínez y Agustín Muiños Díaz— serán cubiertas por los siguientes números de sus listas, ya que han anunciado en una carta publicada por el diario Naiz que retiran sus "candidaturas en la medida de lo posible" y aseguran que no tomarán posesión del cargo de concejales si resultan elegidos en las urnas "en ningún caso".
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