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Fin estado de alarma Fin del estado de alarma: estas son las restricciones de cada comunidad autónoma

Hay movilidad libre en casi toda España y el toque de queda solo permanece en vigor en tres autonomías. Los tribunales de Balears y del País València han dado luz verde a medidas que han sido tumbadas en Euskadi, Canarias y Navarra. 

Varias personas caminan por una céntrica calle de Murcia, a 27 de abril de 2021, en Murcia.
Varias personas caminan por una céntrica calle de Murcia. Javi Carrión / Europa Press

Con el fin del estado de alarma en la medianoche del sábado España entra en un nuevo escenario en lo que a la gestión de la pandemia se refiere. Ahora se permite viajar entre comunidades autónomas de forma generalizada, salvo en áreas concretas, y el toque de queda se levanta en la mayoría de los territorios. Por el momento, solo cuatro regiones mantienen el límite a la movilidad nocturna: Canarias, el País Valencià, Balears. En Navarra el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad foral no ha avalado la medida y el Gobierno autonómico no la recurrirá.

Para afrontar esta fase, el Gobierno ha aprobado un nuevo decreto que permite a las autonomías recurrir ante el Tribunal Supremo los autos de los tribunales superiores de Justicia que tumben las restricciones que afecten a derechos fundamentales. Así, las comunidades siguen necesitando el aval de los jueces para imponer este tipo de medidas.

Estas son las restricciones en vigor en cada comunidad autónoma:

Infografía con situación de cierres perimetrales, movilidad nocturna y hostelería frente al coronavirus cuando acabe el estado de alarma el próximo 9 de mayo
Infografía con situación de cierres perimetrales, movilidad nocturna y hostelería frente cuando acabe el estado de alarma el próximo 9 de mayo. EPDATA

Catalunya

Con la caída del estado de alarma se levanta el toque de queda y el cierre perimetral regional. En cuanto a las medidas para limitar a seis personas las reuniones sociales y los aforos de actos religiosos y ceremonias civiles, han sido avaladas por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC). Así, no se pueden reunir más de seis personas en lugares públicos ni privados. Por otro lado, la hostelería cierra a las 23.00 horas y el comercio a las 22.00 horas.

Euskadi

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dictaminado que no pueden mantenerse en Euskadi los cierres perimetrales autonómicos o municipales, el toque de queda nocturno ni el límite de agrupaciones de cuatro personas, después del fin del estado de alarma. Por ello, Euskadi es una de las autonomías con más incidencia y que tiene menos restricciones, a esperas de una nueva propuesta del Gobierno vasco, que no recurrirá la decisión de su Tribunal Superior ante el Supremo.

La hostelería y el comercio cierra a las 22.00 horas y sigue prohibido consumir en barra o de pie. En cada mesa se permite un máximo de cuatro personas. Están cerrados los establecimientos y locales de ocio nocturno, así como las sociedades gastronómicas, lonjas juveniles y similares. A las 22.00 horas también está fijado el cese de actividades culturales, sociales y comerciales.

Aragón

Aragón tampoco aplica el toque de queda ni el cierre perimetral de la comunidad. Los horarios de cierre en actividades no esenciales y hostelería se mantienen para lugares con nivel de alerta 3 hasta las 22.00 horas y para las zonas en alerta 3 agravada hasta las 20.00 horas. El límite de reuniones también se marca en seis personas para los lugares con nivel de alerta 3 y en cuatro para los que tienen alerta 3 agravada.

Actualmente, las zonas con nivel de alerta 3 son el municipio de Calatayud y de las comarcas Campo de Cariñena, Ribera Alta del Ebro y Valdejalón, que además se integran en el nivel 3 agravado modulado, por lo que también permanecen cerradas perimetralmente.

Andalucía

No hay toque de queda ni cierre perimetral. La hostelería abre hasta las 00.00 horas y se permite la reapertura, después de más de un año de cierre, del ocio nocturno, como los pubs y discotecas, hasta las 2.00 horas. Tampoco se limita el número máximo de personas que pueden estar reunidas en domicilios.

La Junta informó de que iba a pedir el aval judicial para el cierre perimetral de Bornos y Villamartín (Cádiz), Castro del Río (Córdoba) y Montefrío (Granada), municipios todos ellos que superan una tasa de incidencia acumulada de mil casos por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) no ha ratificado la orden emitida por la Junta para confinar el municipio de Montefrío al considerar que "se está imponiendo una restricción indiscriminada de un derecho fundamental, hasta el extremo de que afecta, incluso, a aquellos ciudadanos que ya estuvieron vacunados". El Gobierno andaluz recurrirá ante el Tribunal Supremo esta decisión.

En contraposición, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA sí ha ratificado la medida de salud pública consistente en el cierre perimetral de la localidad cordobesa de Castro del Río desde el 9 al 15 de mayo. Junto a ello, también ha ratificado el confinamiento de los municipios gaditanos de Bornos y Villamartín desde el 9 al 15 de mayo, ambos inclusive. Avala estos confinamientos al apreciar la "necesidad, idoneidad y proporcionalidad" de esta medida frente a la covid-19.

Cantabria

Sin toque de queda ni cierre perimetral de la comunidad. Los establecimientos hosteleros pueden servir sólo en el exterior hasta las 22.30 horas. El interior de la hostelería permanece cerrado hasta el 11 de mayo y las terrazas pueden funcionar con seis personas de máximo por mesa y un 75% por ciento de la capacidad. La reuniones están limitadas a cuatro personas en interiores de zonas públicas y en espacios privados también se recomienda ese número. 

El Gobierno de Cantabria aplicará un nuevo sistema de evaluación de la situación epidemiológica por municipios, clasificándolos en los niveles de alerta sanitaria del 1 al 4 y decretando las medidas correspondientes a cada uno de estos escenarios, que son las mismas que se han venido implantando hasta el momento a nivel autonómico.

De este modo, en aquellos que tengan menor riesgo, con niveles 1 y 2, los establecimientos de hostelería podrán abrir sus interiores con aforos del 50% y de un tercio, respectivamente. Asimismo, se aplicarán restricciones que afectarán a los aforos y al ámbito cultural, deportivo y a los eventos.

Castilla-La Mancha

No hay toque de queda ni cierre perimetral de la comunidad. La hostelería puede abrir hasta la 01.00 horas. Se sigue sin admitir el consumo en barras de bar, el aforo será 75% en interior y 100% en el exterior excepto en municipios que requieran medidas más restrictivas. Además, el número de comensales se eleva hasta 10 personas tanto en interior como en exterior. Se recomienda que en el domicilio solo se reúnan convivientes.

Castilla y León

Castilla y León fija el horario de cierre de la hostelería a las 00.00 horas, se elimina el toque de queda y el cierre perimetral. A partir de ahora, se clausurará el interior de los bares en las localidades con incidencias superiores a 150 casos por 100.000 habitantes. Así, desde la medianoche de este 11 de mayo y hasta el día el 17, se cierra el interior de los bares en 29 municipios (incluidas las capitales de Burgos, Segovia, Soria y León). No hay máximo fijado para las reuniones sociales y el comercio tampoco tiene límite de horario.

Galicia

Sin toque de queda ni cierre perimetral autonómico, excepto en zonas de alta incidencia que se encuentran en "riesgo extremo". Así, en Cambados, Cualedro, Laza, Padrón y Vilanova de Arousa, sigue vigente la restricción a la movilidad nocturna entre las 23.00 horas y las 06.00 horas, el cierre perimetral de los municipios y se prohíben las reuniones de personas no convivientes.

Las reuniones se limitan a un máximo de seis personas en exterior y cuatro en interior en el resto de zonas, pero estarán prohibidas entre las 01.00 y las 06.00 horas. Los bares abren hasta las 23.00 horas, los restaurantes hasta las 01.00 horas y el comercio vuelve a la normalidad. 

Madrid

La Comunidad de Madrid quiere mantener los confinamientos perimetrales que, desde meses atrás, ha venido aplicando a las zonas básicas de salud con una elevada incidencia de coronavirus, donde no está permitido entrar ni salir salvo por motivos justificados como ir a trabajar.

Desde este lunes 17 de mayo levanta estas restricciones en tres zonas básicas de salud y no incorporará más áreas, por lo que esta medida seguirá en vigor en once zonas con una alta incidencia de coronavirus donde viven 271.442 ciudadanos, el 4 por ciento de la población madrileña.

Por el momento, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ratificado estas restricciones en cinco zonas básicas y el Gobierno regional aguarda una decisión judicial sobre el resto de casos.

Por otro lado, al decaer el estado de alarma el 9 de mayo, ya no hay toque de queda en la región, que hasta ahora regía de 23:00 a 6:00 horas, y dejan de estar prohibidas las reuniones de no convivientes en domicilios, aunque se recomienda que las agrupaciones sean sólo de convivientes.

Tampoco hay limitación alguna a las agrupaciones de personas tanto en espacios públicos como privados, aunque la Consejería recomienda que sean de un máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes.

En cuanto a los aforos, continúan estando limitados al 50% en el interior de establecimientos de hostelería, locales, bodas, lugares de culto, casinos, tablaos, centros deportivos cubiertos y espacios de ocio en centros comerciales. La limitación es del 75% en terrazas, comercios, cines, teatros, museos, mercadillos, academias y autoescuelas, así como centros de formación y centros privados de enseñanza no reglada.

En los parques recreativos infantiles el aforo es del 40 % y del 60 % en los parques de atracciones, zoos, acuarios y centros recreativos turísticos.

Los establecimientos de hostelería como bares y restaurantes deben cerrar las doce de la noche y no pueden admitir nuevos clientes a partir de las once. 
Se mantiene la ocupación máxima por mesa en cuatro personas en espacios interiores y de seis personas en terrazas al aire libre y continúa prohibido el servicio en barra.

País Valencià

Continúa el toque de queda nocturno y se limita la movilidad entre las 00.00 y las 6.00 horas. Del mismo modo, se fija en 10 el número máximo de personas en reuniones sociales. Así lo ha acordado la Generalitat después de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) haya avalado la propuesta del Ejecutivo autonómico para mantener algunas de las restricciones. Sin embargo, por el momento, no se aplica el cierre perimetral de la región pero se contempla para aquellas localidades que tengan 250 casos por cada 100.000 habitantes.

Estas medidas, que estarán vigentes hasta el 24 de mayo, incluyen también que los establecimientos de hostelería y restauración podrán cerrar a las 23.30 horas y aumentar su aforo interior del 30% al 50%, mientras que en las terrazas se mantiene el aforo del 100%. También se limita al 75 % el aforo en los espacios de culto y para reuniones y celebraciones religiosas, siempre que la distancia interpersonal respete un mínimo de 1,5 metros, así como para otras actividades, como congresos; salas de cine y teatro; atracciones de feria, zoológicos o acuarios.

Asturias

El Gobierno de Asturias ha descartado el toque de queda y el cierre perimetral. Además, no hay máximo de personas para las reuniones sociales, aunque se contempla restringirlas en situaciones excepcionales. Los locales hosteleros equiparan el horario del interior al de las terrazas y lo amplían hasta las 01.00 horas. El número máximo de personas en mesa se eleva de cuatro a seis y se sigue sin poder usar las barras.

Los establecimientos comerciales de más de 300 metros cuadrados elevan el aforo del 50 al 70% de la capacidad total, la misma limitación que deberán cumplir los negocios ubicados en centros y parques comerciales.

Extremadura

No se aplica ni el cierre perimetral ni el toque de queda. El número máximo de personas que se pueden reunir es de diez. La hostelería se cierra a las 00.00 horas y permite mesas de hasta diez personas en los exteriores y de seis en los interiores. El comercio cierra a las 20.00 horas. 

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha ratificado la medida temporal y específica de restricción de la entrada y salida de los municipios de Ahigal, Jaraíz de la Vera y Piornal en la provincia de Cáceres y de Oliva de Mérida y Palomas en la provincia de Badajoz.

Con respecto al auto que ratifica las medidas sanitarias adoptadas por la Junta por el que se declara a Extremadura en el nivel de alerta 1, la Sala indica que "existe un equilibrio entre las medidas que se adoptan y la razón última que las justifica que es evitar el riesgo de contagios y el avance descontrolado de la enfermedad".

Canarias

El Gobierno de Canarias dejará de aplicar a partir de esta noche el toque de queda al no recibir el respaldo judicial a la decisión adoptada el jueves pasado de prolongar esta medida excepcional una vez decayera el estado de alarma a nivel nacional. 

También desiste el Ejecutivo canario de aplicar cierres perimetrales en las islas que presenten altos índices de contagios.

Además, ha acordado ampliar el horario de los servicios de hostelería y restauración hasta las doce de la noche en aquellas islas que hasta ahora lo tenían limitado hasta las once, que son aquellas que se encuentran en nivel 2.

Balears

El TSJ de Balears ha autorizado las restricciones acordadas por el Govern, que incluyen la prolongación del toque de queda –de 23.00 a 6.00– hasta el 23 de mayo, además del control a pasajeros nacionales o la limitación del derecho de reunión. Solo se pueden llevar a cabo reuniones y encuentros familiares y sociales de un máximo de seis personas en el interior o en el exterior.

La hostelería mantiene sus interiores cerrados pero las terrazas pueden abrir desde las 06.00 horas hasta las 22.30 horas con mesas de como mucho cuatro comensales. Los establecimientos comerciales concluyen su actividad a las 22.00 horas, pero se exceptúan los establecimientos dedicados al comercio esencial. Los parques infantiles o espacios de uso público al aire libre similares pueden estar abiertos al público, excepto entre las 21.00 y las 06.00 horas. En esta línea, las playas están cerradas entre las 21.00 y las 06.00 horas.

Murcia

La Región de Murcia levanta el cierre perimetral y el toque de queda. Se impone el cierre de la actividad no esencial desde las 00.00 horas hasta las 6.00, entre las que se incluyen los establecimientos de hostelería. No están permitidas las reuniones de más de seis personas, tanto en espacios públicos como privados. Esta última medida todavía tiene que ser ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJM)

Navarra

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha denegado mantener el toque de queda nocturno al considerar que la medida "no supera el canon de necesidad y proporcionalidad". El Tribunal tampoco ha ratificado el horario de cierre de las terrazas de los establecimientos de hostelería, fijado en la Orden foral a las 22.00 horas, al ser una medida ligada al toque de queda.

El Gobierno de la comunidad Foral no recurrirá en casación ante el Tribunal Supremo el auto, ha informado el vicepresidente del Ejecutivo Foral Javier Remírez. Remírez ha afirmado que el Gobierno de Navarra "acata" esta decisión del TSJN y actuará conforme al marco legal establecido. El toque de queda, ha señalado, queda derogado en Navarra "con efectos inmediatos"

El aforo comercial, se mantiene reducido al 30% en las medias y grandes superficies, en donde no se podrá permanecer en las zonas comunes, ni hacer uso de las zonas recreativas. El pequeño comercio permanece a un 50% de aforo máximo. Las academias, autoescuelas y equipamientos continúan con un 50% de aforo y los parques infantiles y zonas deportivas al aire libre, al 75%.

La Rioja

La Rioja levanta el cierre perimetral de la comunidad y el toque de queda. La hostelería cierra a partir de las 00.00 horas y se implantará un nuevo "semáforo" de tres niveles en función de varios indicadores para imponer diferentes restricciones. Solo el "extra" permitirá restringir derechos fundamentales, como la movilidad o el de reunión, y deberá ser refrendado por el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja. Se recomienda que no se reúnan más de seis personas, pero no se prohíbe.

Melilla

Melilla no mantiene el toque de queda, pero sí la limitación de reuniones, privadas y públicas, a un máximo de seis personas y también la limitación de horario en hostelería y comercio y aforo en centros religiosos.

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