El Defensor del Pueblo propone endurecer los criterios de actuación ante la violencia vicaria
Ángel Gabilondo, Defensor del Pueblo, registró el informe 'Violencia vicaria de género. Las otras víctimas.', con medidas para prevenir y combatir la violencia hacia los menores y sus madres.
Madrid-Actualizado a
Ángel Gabilondo, el Defensor del Pueblo, registró el pasado viernes 22 de noviembre el informe Violencia vicaria de género. Las otras víctimas, en las Cortes Generales. Se señalan seis líneas de actuación y diecinueve recomendaciones sobre la violencia vicaria, que han sido enviadas este lunes desde la Institución Defensor del Pueblo a las distintas instituciones y comunidades autónomas para prevenir y combatir este tipo de violencia de género.
El objetivo de este informe es "centrar la mirada en las mujeres y en los niños y las niñas que han de considerarse explícitamente como víctimas de esa violencia, es decir, de quienes la han ejercido y la ejercen", según el Defensor del Pueblo, quien considera que "la violencia vicaria no es simplemente otra modalidad de violencia, es una muestra palpable más de la urgencia de abordar desde todas las instancias esto que no es solo un problema".
Ángel Gabilondo defiende que, a pesar de que en estos años se ha avanzado en la lucha contra la violencia de género, "se necesita una protección específica de este tipo de violencia contra la infancia y la adolescencia". Estas medidas deben hacer que los derechos e intereses de niños, niñas y adolescentes estén por encima de cualquier otros.
Recomendaciones y líneas de actuación propuestas
Dicho informe propone la recopilación de datos específicos e informar de estimaciones estadísticas, con el objetivo de aumentar el conocimiento sobre violencia vicaria y que sea más fácil avanzar en esta lucha. También, se propone el funcionamiento del Registro Central de Información sobre la Violencia Contra la Infancia y la Adolescencia, que está previsto en la Ley Orgánica 8/2021 de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia Frente a la Violencia (LOPIVI).
Otra medida que considera esencial el Defensor del Pueblo es el buen funcionamiento de políticas preventivas de atención a la familia, concretamente propone que, en las políticas públicas sobre la protección de la infancia, se tenga en cuenta a los menores que son víctimas de violencia vicaria estableciendo medidas que ayuden a detectar el riesgo.
Por otro lado, el informe considera que uno de los problemas principales en esta violencia es la dificultad para detectarla, así que dicha institución ha elaborado recomendaciones para mejorar los sistemas que valoran los riesgos en estos casos. Las denuncias previas de violencia contra la madre, la intervención de servicios sociales en algún conflicto familiar o si la madre tiene el identificador administrativo de víctima de violencia de género son algunos de los indicadores específicos que se solicita tener en cuenta.
El informe aconseja determinadas medidas para asegurar aún más la detección de este tipo de violencia, como lo son la formación especializada de profesionales, la revisión del Protocolo de Intervención Contra el Maltrato Infantil en el Ámbito Familiar y la ayuda para hacer más fácil el trámite de denuncia de los menores en sede policial, entre otras.
En cuanto a líneas de actuación relacionadas con la protección judicial de estos menores, el informe propone mejorar los recursos de los juzgados, humanos, materiales y tecnológicos; especializar con formación sobre violencia vicaria a los trabajadores de la Administración de Justicia; y hacer más cómodos y apropiados los juzgados y tribunales que se encarguen de este tipo de asuntos.
El Defensor del Pueblo considera que deben estudiarse a fondo los regímenes de visitas y comunicación en estos casos y que siempre deben tomarse decisiones que beneficien al menor, estableciendo medidas que garanticen la seguridad de los hijos e hijas en todo momento, haya o no denuncia previa de la madre.
Por otra parte, la institución propone modificar el marco legal actual y fortalecerlo reformando la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, con el objetivo de que las víctimas de violencia vicaria también se consideren como víctimas de violencia de género.
También se solicita la adopción del Plan de Acción Nacional en Violencia Vicaria de Género, con medidas que aseguren la protección de las víctimas a través de protocolos de actuación desde políticas públicas y servicios autonómicos, locales y estatales.
El informe también solicita que la actuación de los profesionales que tratan estos casos esté regulada, como en el caso de servicios sociales u otras entidades, siempre garantizando su cualificación y formación especializada. Además, el Defensor del Pueblo solicita que los casos de violencia vicaria los traten los órganos judiciales que tratan la violencia de género, haya o no denuncia previa de la madre de las víctimas.
Por otro lado, también se propone la intervención de un perito experto en psicología del testimonio cuando sea necesario para el beneficio del menor.
Finalmente, el informe propone que se fortalezca el sistema de reparación para las víctimas menores. Como en la Ley de Violencia de Género no hay pautas para las víctimas de esta violencia, se propone vincular los derechos establecidos en la LOPIVI en el contexto de violencia de género, ofreciendo a las víctimas asistencia en lugares en los que desarrollan su vida cotidiana, como centros educativos, servicios deportivos y de ocio y servicios sanitarios.
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