Este artículo se publicó hace 5 años.
Derechos LTGBILa Justicia de Botsuana despenaliza las relaciones entre homosexuales
Se trata de la invalidación de las secciones 164 y 165 del código penal de Botsuana, aprobado en 1964, que criminaliza el "conocimiento carnal contra natura" y "los actos indecentes entre personas", respectivamente.
Johannesburgo-
La Corte Superior de Gaborone consideró hoy inconstitucionales dos artículos del código penal de Botsuana que criminalizan las actividades homosexuales consentidas entre adultos, despenalizando así las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo en ese país del sur de África.
"En nuestra opinión, las secciones 164 y 165 menoscaban el derecho del demandante a la dignidad, la privacidad y la libertad y, en último término, son discriminatorias en la práctica", declaró uno de los tres magistrados instructores del caso, Michael Leburu.
Se trata, en concreto, de la invalidación de las secciones 164 y 165 del código penal de Botsuana, aprobado en 1964, que criminaliza el "conocimiento carnal contra natura" y "los actos indecentes entre personas", respectivamente.
Ante un público expectante en la sala del tribunal, los jueces dieron la razón a varios litigantes, entre ellos, Letsweletse Motshidimang, un ciudadano gay de Botsuana que cuenta también con el apoyo de organizaciones locales e internacionales como el Centro de Litigación de África del Sur (SALC, siglas en inglés).
"El Estado no puede actuar como un policía en las camas de
la gente"
Los demandantes habían pedido revisar la constitucionalidad de las leyes que criminalizan los actos sexuales entre personas del mismo sexo, actualmente castigadas con penas de hasta siete años de cárcel.
Los magistrados también rechazaron el argumento principal del Gobierno, para quien la sociedad botsuanesa no estaba aún preparada para este cambio legal.
"La opinión pública en casos como estos es relevante, pero no decisiva. Se trata de derechos fundamentales más que del punto de vista del público", consideró Leburu.
El magistrado subrayó que "una nación democrática es aquella que practica la tolerancia, la diversidad y una mentalidad abierta", e incidió en que "la inclusión social es capital para acabar con la pobreza y lograr una prosperidad.
"El Estado –concluyó– no puede actuar como un policía en las camas de la gente", y la criminalización del sexo homosexual "no forma parte del interés común".
La persecución LGTBI en el continente
Botsuana se suma así el grupo de 21 naciones en el continente africano, como Ruanda, Costa de Marfil o Seychelles, que no criminalizan las relaciones entre personas del mismo sexo, ya sea porque han sido despenalizadas o a causa de un vacío legal.
Esta es una buena noticia para la comunidad LGTBI (Lesbianas, Gays, Transgénero, Bisexuales e Intersexuales) en África, después del golpe sufrido este 24 de mayo en Kenia, cuando el Tribunal Superior de Nairobi declaró constitucionales los artículos del Código Penal que criminalizan las relaciones homosexuales.
Los miembros de la comunidad LGTBI que asistieron hoy al juzgado abandonaron la sala entre cantos y abrazos de alegría y las redes sociales se han llenado también de felicitaciones.
La relaciones sexuales homosexuales están penalizadas en 31 países africanos, según datos de 2017 de la Asociación Internacional de Lesbianas, Gais, Bisexuales, Trans e Intersex (ILGA).
Pero la situación del continente es diferente dependiendo de la zona, mientras que Sudáfrica es el único país que permite el matrimonio homosexual desde 2006, a otros lugares como el norte de Nigeria donde existe la pena de muerte regida por la ley islámica.
En África Oriental la situación para el colectivo es difícil, donde encontramos, por ejemplo, Tanzania, donde mantener relaciones homosexuales puede suponer hasta 30 años de prisión. En Dar es Salam, principal ciudad comercial del país anunciaron la creación de un a "brigada" para perseguir al colectivo, aunque el gobierno se desvinculó de esta noticia.
En Uganda, el jefe de estado, Yoweri Museveni, impulsó en 2018 una ley antihomosexual con pena de cárcel que oscilaban desde los 7 años hasta la cadena perpetua, aunque la justicia desestimó esta ley.
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