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Críticas a la Corona La Fiscalía no ve delito en las críticas de líderes de ERC, BNG y Adelante a Juan Carlos I

La asociación Concordia Real Española llevó a la Fiscalía expresiones como "los Borbones son una organización criminal" o "la Monarquía sólo puede ser corrupta por definición".

Familia Real
La Familia Real en una imagen de archivo. EFE

agencias

La Fiscalía de la Audiencia Nacional considera que no hay delito en las expresiones contra la Monarquía del vicepresidente catalán y coordinador de ERC, Pere Aragonès; la portavoz de BNG, Ana Pontón; y la líder de Adelante Andalucía, Teresa Rodríguez, y ha acordado archivar las diligencias.

El ministerio público decidió incoar diligencias a raíz de una denuncia de la asociación Concordia Real Española, que llevó ante la Fiscalía varias expresiones de estos líderes políticos al considerar que podrían constituir un supuesto delito de injurias a la Corona. 

Libertad de expresión y crítica

Pero la Fiscalía ha examinado los hechos y ha considerado que éstos se enmarcan dentro de la libertad de expresión y la crítica, por lo que ha decidido archivar las diligencias, según ha adelantado El Confidencial y han confirmado a Efe fuentes jurídicas.

La asociación llevó a la Fiscalía expresiones como "los Borbones son una organización criminal" o "la Monarquía sólo puede ser corrupta por definición", pronunciadas por el vicepresidente de la Generalitat de Catalunya, Pere Aragonés, el pasado 18 de julio.

"No hay incienso ni botafumeiro que tape la podredumbre de la Casa Real" o "No vamos a parar hasta que juzguen a los Borbones por ladrones y por corrupción" son expresiones de Ana Pontón que también denunció la asociación; así como otras de la presidenta del grupo parlamentario Adelante Andalucía, Teresa Rodríguez, en las que decía que "la Monarquía es corrupta hasta el tuétano".

Dos sentencias del TEDH contra España

Tras el estudio los hechos, la Fiscalía ha optado por seguir el criterio que ya marcó el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que entiende las manifestaciones contra la Corona o, en este caso, contra miembros de la Familia Real se circunscriben en el "ámbito de la crítica o disidencia política" y "corresponde a la expresión de un rechazo a la Monarquía como institución".

Así lo dijo, por ejemplo, en la sentencia en la que condenó a España por los 15 meses de cárcel a los que fueron sentenciados dos jóvenes en la Audiencia Nacional por quemar fotos de los Reyes. Desde entonces, este tribunal ha venido siguiendo este mismo criterio del tribunal de Estrasburgo.

Según dictó el TEDH en aquella ocasión, la quema de fotos puede entenderse como una "forma de expresión de una opinión en el marco de un debate sobre una cuestión de interés público, a saber, la institución de la Monarquía".

Estrasburgo también condenó a España por la sentencia al ahora líder de EH Bildu Arnaldo Otegi por llamar al Rey "responsable de los torturadores", expresión que no supone, en su opinión, un discurso de odio ni animar al uso de la violencia, sino un mero juicio de valor.

El tribunal europeo criticaba la "sobreprotección" de la legislación española respecto a la figura del Rey y explicaba que el hecho de que el monarca ocupe una "posición de neutralidad en el debate político, una posición de árbitro y de símbolo de la unidad del Estado", no implica que se le daba poner "al abrigo de todas las críticas en el ejercicio de sus funciones oficiales". 

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