Este artículo se publicó hace 3 años.
¿Puede obligarte tu jefe a vacunarte, puede pedirte tu empresa una PCR? y otras dudas laborales sobre el coronavirus
Desde la llegada del coronavirus la lista de preguntas y peticiones que una empresa no puede realizar a sus trabajadores y a sus candidatos ha aumentado considerablemente, aunque muchos se sienten obligados a responderlas, ya sea por presión o por desconocimiento.
Alejandra de la Fuente
Madrid-
Tanto en el día a día de la empresa como a la hora de hacer una entrevista de trabajo es importante que el candidato conozca sus derechos y sepa que hay determinadas preguntas y peticiones que un jefe o reclutador no le puede hacer.
Desde la llegada del coronavirus esta lista de preguntas y peticiones ha aumentado considerablemente, pero el hecho de que dichas preguntas sean ilegales no evita que algunas empresas las sigan realizando y muchos trabajadores se sientan obligados a responderlas, ya sea por presión o por desconocimiento. Estas son algunas de las dudas que se pueden plantear.
¿La empresa puede pedir una PCR al trabajador?
La respuesta a esta pregunta es muy compleja y necesita matizaciones porque no se puede resolver con un sí o con un no. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) establece que el empresario tiene la obligación de garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores que están a su servicio y para ello tendrá que adoptar las medidas que sean necesarias. No obstante, en su artículo 22 la Ley establece que los reconocimientos médicos en el ámbito de la empresa son voluntarios para los trabajadores, aunque en el mismo artículo se fija, como excepción a la voluntariedad, el hecho de que las pruebas sean necesarias para verificar si el estado de salud de un trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa.
No obstante, en ningún caso la empresa podrá despedir a un trabajador que se niegue a realizar una prueba PCR ,según ha establecido el Juzgado de lo Social número 3 de Móstoles que anuló el despido de un operario de televisión que se negó a realizar una PCR antes de firmar un nuevo contrato.
"Las pruebas PCR, de anticuerpos o de antígenos se podrían incluir en el supuesto de vigilancia de la salud que prevé el artículo 22 de la LPRL que determina que el empresario garantizará a los trabajadores la vigilancia de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo, a través de reconocimientos médicos periódicos. Se trata de un derecho del trabajador y un deber del empresario, por lo que se requerirá consentimiento previo del empleado. No obstante, en realidad nos encontramos frente a una "voluntariedad condicionada", ya que aparte de las excepciones de la norma al carácter voluntario del reconocimiento, la jurisprudencia ha delimitado casos concretos en que el reconocimiento es obligatorio por ser peligroso para terceros (conducción de vehículos, portanza de armas, etc.)", explica el abogado y profesor de la UOC, Víctor Canalda.
"En relación a las pruebas para descartar la covid-19 en un estado generalizado de pandemia como el actual, debe tenerse en cuenta que la vigilancia se realizará siempre en función del riesgo que suponga para el trabajador en su lugar de trabajo. Por ello, en primer lugar, habría que evaluar el coronavirus como riesgo específico del puesto. Por otro lado, la vigilancia ha de cumplir el requisito de proporcionalidad. Y, además, mantener la confidencialidad de los datos médicos, siendo informada la empresa tan solo de la aptitud, o de su falta, para el puesto de trabajo concreto", puntualiza.
"En definitiva, solo si se ha evaluado previamente la covid-19 como riesgo inherente al trabajo, el trabajador es especialmente sensible al riesgo de infección, se pone en peligro él o a terceros, o el Servicio de Prevención estime imprescindible —y lo justifique— para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores la realización de las pruebas, se podrá imponer obligatoriamente la realización de las citadas pruebas; y siempre de acuerdo con los requisitos de tratamiento de datos y confidencialidad de la LPRL y Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales", sentencia.
¿La empresa puede tomar la temperatura al trabajador?
Sí, las asociaciones de jueces coinciden en que si la empresa decide controlar la temperatura de sus empleados a la entrada del centro de trabajo, esta práctica no vulneraría el derecho de las personas a su intimidad ya que se trata de prevenir nuevos contagios.
Según la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, en declaraciones a Europa Press, el control de temperatura no es invasivo y se trata de una medida sanitaria que tiene por objetivo evitar contagios por la pandemia de covid-19. Además, la asociación recuerda que ese dato personal que se recoja, está sujeto a la Ley de Protección de Datos, y que por tanto no se difunde salvo para los fines adecuados.
"Es importante que el trabajador sepa que la empresa sí que puede tomar la temperatura a los empleados, pero que no puede llevar un archivo de temperatura por la Ley de Protección de Datos", subraya el laboralista Víctor Llanos.
¿La empresa puede pedir un test serológico al trabajador?
No, la empresa no puede pedir un test serológico porque estaría vulnerando la intimidad del trabajador al igual que tampoco puede preguntarle si ha pasado o no el coronavirus.
¿Se puede preguntar a un trabajador si está vacunado?
No, una empresa no puede preguntar a un trabajador o a un candidato en una entrevista de trabajo si está o no está vacunado del coronavirus ya que estaríamos hablando de que esta pregunta, al ser de carácter personal, podría ser sujeto de discriminación. Además, dicha respuesta nada tiene que ver con las habilidades y las competencias del puesto de trabajo, al igual que tampoco lo serían por ejemplo la edad o el sexo.
¿Se puede preguntar al trabajador si piensa vacunarse?
No, la empresa no puede preguntar a un trabajador si tiene pensado vacunarse o no del coronavirus y tampoco puede preguntar a un candidato en una entrevista de trabajo sobre dichas intenciones.
Esta pregunta puede suponer una forma de discriminación tanto para el trabajador que ya está en la empresa como para el candidato que está optando a un puesto de trabajo.
"Igual que un empresario no tiene por qué saber si un trabajador tiene diabetes tampoco tiene que saber si tiene pensado vacunarse o si está vacunado. No es determinante para prestar el trabajo. Además, las empresas no pueden dejar de cumplir las medidas de prevención aunque sus trabajadores estén vacunados", explica Llanos.
¿Se puede obligar a un trabajador o candidato a vacunarse?
En este momento, vacunarse contra el coronavirus no es obligatorio y, precisamente por esto, ha habido mucho debate sobre si era conveniente la obligatoriedad de suministrar la vacuna o no. Un debate que también se ha trasladado a los entornos laborales. Por lo tanto, dado que la vacuna contra la covid-19 no es obligatoria, sino que es voluntaria, no es posible que una empresa pueda obligar a sus trabajadores a vacunarse.
¿Qué pasa si un trabajador se niega a vacunarse?
Cabe la posibilidad de que una empresa despida o pretenda despedir a un trabajador que se niegue a vacunarse de coronavirus, pero realmente las empresas no pueden hacerlo. Los despidos tienen que ser justificados. Es decir, debe existir una causa que justifique un despido, pero en este caso el ponerse una vacuna o no no está considerado como una causa para despedir a un trabajador.
¿Se puede preguntar la opinión sobre el coronavirus?
Hay preguntas que nunca se deben hacer en una entrevista de trabajo ya que se vulneran el artículo 14 de la Constitución Española en el que dice que "los españoles son iguales ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento raza sexo religión opinión o cualquier otra condición personal o social".
El hecho de preguntar sobre una opinión puede vulnerar el artículo 14 de la CE por lo que no se puede preguntar a un trabajador ni a un candidato sobre su opinión ante el coronavirus.
¿Se puede preguntar si se ha pasado el coronavirus?
No, las empresas no pueden realizar preguntas de índole personal o familiar y en este caso al solicitar información médica la empresa está preguntando una información personal que nada tiene que ver con el trabajo a desempeñar por lo que no, una empresa no puede preguntar ni a un trabajador ni a un candidato si ha pasado el coronavirus.
¿Se puede exigir a un trabajador haber pasado la covid?
No, en ningún caso. Aunque con la llegada del coronavirus sí que han salido a la luz ofertas en las que buscan personas que ya hayan pasado la enfermedad y que sean inmunes a ella lo cierto es que no es legal.
Como se detalla en la pregunta anterior, no se pueden realizar preguntas con carácter personal ajenas al trabajo a desempeñar y por lo tanto no se pueden solicitar datos médicos ni filtrar a los candidatos por si han pasado o no el coronavirus.
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