Este artículo se publicó hace 8 años.
A juicio un empresario por escamotear 5,2 millones a los trabajadores que dejó sin empleo
Un juez ordena enjuiciar si el industrial Ramón Casajuana cometió un delito de alzamiento de bienes al quedarse sin patrimonio cuando sus 130 exempleados habían interpuesto una demanda millonaria con la que los tribunales les reconocieron el derecho a cobrar 5,2 millones por sus despidos y 4,4 en salarios de tramitación.
-Actualizado a
ZARAGOZA.- Ramón Casajuana Pagés deberá responder ante los tribunales por la insolvencia que ha impedido a los 130 extrabajadores de la empresa zaragozana Vítrex cobrar 5,2 millones en indemnizaciones por haber perdido su empleo, cifra a la que se suman otros 4,4 pendientes de cobro en salarios de tramitación.
El magistrado del Juzgado de Instrucción número 7 de la capital aragonesa, Rafael Lasala, ha dado diez días a la plantilla, la defensa y la Fiscalía para que concreten los cargos y pidan pruebas -o soliciten el archivo- contra Casajuana, en cuya actuación apreció la Audiencia de Zaragoza indicios de “su posible participación en un delito de alzamiento de bienes” o insolvencia punible. Comete este delito quien se deshace de su patrimonio de manera fraudulenta para ponerlo a salvo de sus acreedores.
El juez retoma de esta manera la causa penal que siguió a uno de los pleitos laborales más sonados en la comunidad. Su origen está precisamente en el litigio laboral, zanjado por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en 2012, un año después de que el Juzgado Mercantil número 2 ordenara liquidar por insolvencia la empresa zaragozana, una de las firmas españolas punteras en artículos de menaje, con la que la familia Casajuana se había hecho una década antes.
Los trabajadores sostienen que los nuevos dueños descapitalizaron Vítrex de manera fraudulenta al utilizarla para financiar otras sociedades, además de traspasar a otra filial del grupo su cartera de clientes y cederle la comercialización de sus productos, lo que le reportó unos ingresos de 53 millones en cuatro años. Esa gestión incluyó episodios como la compra, por más de 130.000 euros, de unos cuadros que la juez del Mercantil obligó a devolver y, también, la presentación de cuentas que no coincidían con la realidad.
El juez Lasala llegó a imputar como presuntos autores de varios delitos económicos a cinco ejecutivos y directivos del grupo de los Casajuana, que mantienen que la empresa se fue a pique por la competencia de empresas chinas. Sin embargo, terminó archivando la causa al asumir esa tesis –el concurso fue calificado como fortuito- y considerar que lo que se había llevado por delante la empresa no había sido una serie de “maniobras fraudulentas” de sus gestores sino “un proceso de fusión apalancada” y una crisis de siete años.
Sin embargo, tras ordenar la Audiencia la reapertura del caso, el juez ha emitido un auto en el que recuerda que, entre la fecha en la que los trabajadores presentaron la demanda por los despidos y la sentencia que les reconocía definitivamente el derecho a cobrar las indemnizaciones, Ramón Casajuana había entregado a una empresa de su grupo una casa como pago de una deuda de 212.500 euros. Un mes antes se había desecho de sus participaciones en diez sociedades. Y las dos de las que conserva el 100% están inactivas. Hoy es insolvente, aunque cobra desde octubre de 2005 una pensión de jubilación de 1.967 euros.
Por otro lado, la Audiencia de Zaragoza ha ordenado reabrir otra investigación para dirimir las eventuales responsabilidades penales de otra operación societaria que, en este caso, dejó en la calle a más de medio centenar de trabajadores: la compra, y posterior cierre, de la fábrica de Cacaolat de Utebo por un grupo empresarial liderado por la cervercera catalana Damm, cuyos máximos responsables –Sol Daurella y Demetrio Carceller- recuperan ahora la condición de investigados en el Juzgado de Instrucción número 8 de la capital aragonesa.
El tribunal ordena aclarar si los responsables de esa empresa, de Cobega y de Victory Coroprate pudieron cometer un delito de estafa procesal por la operación.
Cacaolat, propiedad de Nueva Rumasa y que poseía plantas en la localidad zaragozana de Utebo y en Barcelona, fue adjudicada a finales de 2011 a la alianza Damm-Cobega- Victory por el Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona, ante el que presentaron una oferta que incluía una inversión de cuatro millones de euros para potenciar la primera de esas plantas, algo que iba a permitir recolocar a los trabajadores, cuyos empleos habían sido suspendidos en un ERE anterior.
Ganaron la puja frente a otros competidores “dado su mayor precio” y “con la obligación de cumplir las condiciones comprometidas en la oferta”. “La oferta de reactivación de la actividad y de inversión en Utebo fue una condición determinante para la enajenación”, señala la Sección Sexta de la Audiencia, que añade que “es claro que no se produjo la inversión” y que “la plantilla quedó suprimida con los EREs tramitados por la empresa”. El cierre definitivo se produjo en noviembre de 2013.
“La controversia se centra en dilucidar si los adjudicatarios tenían o no la intención de cerrar la planta de Utebo al participar en el proceso de adjudicación, lo que en caso afirmativo sí sería un delito de estafa procesal”, en el que “los terceros perjudicados serían los trabajadores de Utebo”, anota el tribunal. De resultar probado, anota, “se habría engañado al juez de lo Mercantil invocando un plan de recuperación y mantenimiento de sus puestos de trabajo que ya se sabía que no se iba a desarrollar”. “No queda claro –añade- cual fue el motivo por el que solo tuviera problemas de distribución y clientela la [planta] de Utebo y no las demás”
Los trabajadores, defendidos por el abogado y profesor Eladio Mateo Ayala, sostienen que los compradores tenían planeado desde el principio quedarse la marca –valorada en 161 millones en aquella época, aunque la oferta ganadora era de 75-, cerrar la planta zaragozana y centralizar la producción en Catalunya.
El Código Penal asigna condenas de hasta seis años de prisión y multas de hasta 100.000 euros a quien utilice algún tipo de “fraude procesal” con el objetivo de provocar un “error” en el tribunal que perjudique los intereses económicos de terceras personas.
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