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IRPH La banca se encomienda a los tribunales españoles tras el nuevo revés de la UE por las hipotecas

Las patronales del sector financiero propagan que la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre el IRPH apenas tendrá efectos prácticos, aunque amenaza con dejar sin intereses cientos de miles de hipotecas y con obligar a devolver los cobrados, mientras algunas asociaciones de consumidores reclaman tramitar las reclamaciones al margen de los juzgados.

La AEB y la CECA han presentado como una sentencia sin apenas consecuencias prácticas el fallo del TJUE sobre las cláusulas suelo.
La AEB y la CECA han presentado como una sentencia sin apenas consecuencias prácticas el fallo del TJUE sobre las cláusulas suelo.

La banca española se aferra al relato, y al criterio de los tribunales locales, para neutralizar el sonoro revés que este martes le arreó el TJUE (Tribunal de Justicia de la UE) en una histórica sentencia que declara la aplicación del IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) potencialmente abusiva, habilita a los juzgados españolas para revisar uno por uno esos préstamos a partir de varios criterios concretos y establece que la hipoteca se queda sin intereses, y con obligación de devolver los cobrados, si son declarados opacos.

Solo si esa decisión dejara al hipotecado "expuesto a consecuencias especialmente perjudiciales", como la improbable nulidad del crédito con la obligación de devolver el principal del préstamo de manera inmediata, podrían los tribunales sustituir el IRPH por otro índice para calcular esos intereses, un posicionamiento que, en principio, tiene más aspecto de torpedo que de salvavidas para la zozobrante industria bancaria.

Sin embargo, las dos patronales del sector financiero español, Aebanca (bancos) y CECA (cajas), optaron por quitar hierro a la sentencia atribuyendo al tribunal esta interpretación: cualquiera puede comprender leyendo el BOE cómo se calcula el IRPH, que es una cláusula transparente que, en todo caso, sería reemplazada por otra "cuyo valor es prácticamente idéntico" en caso de ser declarada abusiva.

Cuatro caídas y dos subidas en la bolsa

Ese posicionamiento no les dio mal resultado en las primeras horas, en las que, tras comenzar con avances, las cotizaciones de los principales bancos españoles retrocedían menos de un punto (Sabadell, Bankinter, Santander y BBVA) o registraban leves avances como el +0,62% de Bankia mientras solo CaixaBank subía con claridad (+3,74%), aunque ese comportamiento parecía más vinculado a la bajada de tipos de la Reserva Federal (FED) estadounidense, que augura una prolongación del gripado que sufre el negocio tradicional de los intereses.

En el plano del relato, la banca obtuvo la ratificación del apoyo del Gobierno, que ya se había alineado con sus intereses en contra de los que defienden los consumidores durante el pleito.

La sentencia "da por hecho que el IRPH no es abusivo", señalaron fuentes del Ministerio de Asuntos Económicos, que anotaron que, en todo caso, "las entidades financieras españolas tienen la solidez suficiente para hacer frente a las demandas que se puedan presentar".

Los antecedentes del Tribunal Supremo

Esa observación, que llega después de que la Abogacía del Estado pidiera sin éxito al TJUE que limitara la fecha a partir de la que los afectados por el IRPH pueden llevar su hipoteca al juzgado, tiene, en cualquier caso, matices: las estimaciones sobre el coste que la sentencia puede tener para la banca oscila entre los 9.000 millones de euros de los estudios más favorables a los 44.000 más desfavorables, mientras ocho de las principales entidades calculan que el impacto en sus cuentas puede alcanzar los 17.500, y las ganancias de la gran banca en España se sitúan ligeramente por encima de los 6.000 millones anuales.

El hecho de que el TJUE haya dejado flecos abiertos hace que las reclamaciones deban formalizarse una a una en los tribunales españoles

Sin embargo, el hecho de que el TJUE haya dejado flecos abiertos hace que las reclamaciones deban formalizarse una a una en los tribunales españoles, en cuya cúspide se encuentra un Supremo cuyo tratamiento de los asuntos bancarios ha resultado más que polémico, como ha ocurrido en los últimos años con la limitación de la retroactividad de las cláusulas suelo, rectificada por Europa; con el giro en el impuesto de Actos Juridicos Documentados, rectificado por el Gobierno vía decreto, con la tardanza en aclarar quién asume los gastos de tramitación de las hipotecas o con la omisión de determinar determinados aspectos de los planes de pensiones.

"Llegamos a Europa porque aquí negaban la razón a los consumidores, y ahora el TJUE nos devuelve al lugar de donde veníamos, a donde nos decían que el IRPH era válido", explica Sara Benedí, abogada especializada en derecho bancario, que recuerda cómo en este asunto, no obstante, el tribunal comunitario también ha corregido al Supremo al determinar que el índice no puede darse por bueno por el mero hecho de que lo establezca el Banco de España.

"Si el TJUE se hubiera pronunciado de una manera más clara, podría darse el caso de que los bancos se allanaran directamente a las demandas para ahorrarse las costas de una eventual condena aunque inicialmente rechazaran devolver el dinero", añade Benedí.

Con todo, el resquicio que les queda a los tribunales es escueto, sostiene Patricia Suárez, presidenta de Asufín (Asociación de Usuarios Financieros). "Nosotros defendemos que el contrato de hipoteca debe quedar sin remunerar, sin intereses, si la aplicación del IRPH se declara abusiva", indica, aunque el TJUE "abre la puerta sustituirlo".

El efecto disuasorio sobre los bancos

La sentencia se abre a reemplazar el IRPH de las cajas de ahorro, que es el que se aplicaba en la hipoteca a la que se refiere la sentencia, por otro "supletorio" que según el Gobierno español podría ser el IRPH entidades, que se calcula de una manera similar.

Sin embargo, el propio TJUE se muestra reacio a esa eventual sustitución de un índice por otro: hacerlo equivaldría, dice la sentencia, a "modificar el contenido de las cláusulas abusivas que figuran en tal contrato", y eso "contribuiría a eliminar el efecto disuasorio que ejerce sobre los profesionales el hecho de que, pura y simplemente, tales cláusulas abusivas no se apliquen frente a los consumidores" una vez declaradas opacas y arbitrarias.

El posicionamiento del Supremo sobre la aplicación del IRPH tras la sentencia del TJUE no tardará mucho

La sustitución, advierte el TJUE, entraña el riesgo de que "los profesionales", en referencia a las entidades financieras, "podrían verse tentados a utilizar tales cláusulas al saber que, aun cuando llegara a declararse la nulidad de las mismas, el contrato podría ser integrado por el juez nacional en lo que fuera necesario, garantizando de este modo el interés" que cobran.

Por otro lado, nada impide que un crédito siga vigente tras perder la capacidad de generar interesos, tal y como ha comenzado a ocurrir con las emisiones de deuda pública de España. Tanto Asufín como Reclamador.es se inclinan por el euríbor, dos puntos menos gravoso que el IRPH, como índice sustitutivo.

No obstante, el posicionamiento del Supremo sobre la aplicación del IRPH tras la sentencia del TJUE no tardará mucho, ya que tiene suspendida la tramitación de varios recursos en espera, precisamente, de ese pronunciamiento.

"Habría que ser muy tonto"

En este contexto, dos asociaciones de consumidores con la OCU y Adicae coincidieron este martes en reclamar al Gobierno que habilite un cauce extrajudicial para que los afectados recuperen el dinero pagado de más.

La primera apostó por "un mecanismo extrajudicial equilibrado que permita la resolución rápida de las reclamaciones y que se penalicen los recursos judiciales de la banca", que "solo sirven para atascar los juzgados y desincentivar la justa reclamación por parte del usuario", mientras que la segunda abogó por "un sistema de arbitraje efectivo" con el objetivo de "que no se vuelva a repetir el caso de las cláusulas suelo". 

"El tribunal ha dado los criterios de interpretación para valorar la aplicación del IRPH, pero es al banco a quien le corresponde probar que informó correctamente al cliente" sobre las consecuencias de contratar una hipoteca gravada con ese índice, explica Suárez, que considera que eso no ocurrió en la gran mayoría de los casos.

"Habría que ser muy tonto para acordar que te apliquen un índice que te sale más caro, hasta 180 euros al mes", anota, al tiempo que muestra su esperanza para "que el Gobierno no saque otro decreto similar al de Guindos con las cláusulas suelo, que resultó un fiasco para los consumidores". "El banco no va a perder nada, va a dejar de ganar", concluye.

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